“No tengo ninguna duda de que hay que hacer una denuncia penal”, afirmó a la diaria Juan Gabito, uno de los consejeros designados por el gobierno en la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). El abogado e integrante del Consejo Directivo Central (Codicen) se refería a las ocupaciones de estudiantes y docentes que desde el lunes de la semana pasada han abarcado casi la mitad de los Centros de Formación en Educación (CFE) de todo el país y este miércoles también alcanzaron a la sede central de UTU y a los liceos 26 y nuevamente al Miranda.
Luego de cada ocupación, en todos los casos vinieron los desalojos por parte del Ministerio del Interior (MI), ya que desde la ANEP se entiende que hay una vulneración del derecho al trabajo y al estudio para aquellos que no acuerdan con los reclamos, que como principal foco tienen el rechazo de la reforma educativa hasta que no haya una negociación con docentes y estudiantes. En el caso del CFE, si bien la semana pasada todas las ocupaciones fueron realizadas por centros de estudiantes, tanto en el Instituto de Profesores de Artigas (IPA) como en el Centro Regional de Profesores (CERP) del Norte, ubicado en Rivera, y del Sur, en Atlántida, las ocupaciones estudiantiles se extendieron a los docentes.
“Como funcionarios públicos, a partir del artículo 177 del Código Penal, tenemos la obligación de denunciar cualquier hecho que tenga apariencia delictiva”, esgrimió Gabito, y consideró que tanto en las ocupaciones de docentes como de estudiantes “hay varios hechos que tienen apariencias de delitos o faltas”.
En ese marco, para el consejero de la ANEP, si los “daños” tras las ocupaciones se reiteran y no se efectúa una denuncia penal, “incurriríamos en una omisión”. Ejemplificó con que el presidente del Codicen, Robert Silva, realizó una denuncia penal “a título personal” por las pintadas que aparecieron en su casa. Si bien se trata de una propiedad privada, según Gabito, “hay tipos delictivos que describen claramente las conductas que se han estado cometiendo en los edificios públicos”, continuó.
Es entonces que, para Gabito, la denuncia penal se hace necesaria con base en tres artículos del Código Penal: el 358, que plantea que quien “destruyere, deteriorare o de cualquier manera inutilizare en todo o en parte alguna cosa mueble o inmueble ajena, será castigado, a denuncia de parte” con una multa, si es que “el hecho no constituya delito más grave”; y el 359, que, con agravantes de tres a seis meses de privación de libertad, para el consejero cobra sentido por “la participación de tres o más personas” en las ocupaciones.
Según Gabito, si esto “no fuera delito sería una falta tipificada en el artículo 367”, que remite a las faltas “por la afectación y el deterioro de los espacios públicos” y propone una pena de siete a 30 días de trabajo comunitario.
“Si la gente acepta la democracia, la República y vivir en un Estado de derecho, tiene que someterse a todas las normas del Estado. No vale invocar los derechos humanos, la Constitución y la ley sólo en aquellas cosas que a cada uno le parecen bien. Por eso creo que hay que terminar con los dobles discursos y nos entenderíamos todos mucho mejor”, resumió el consejero.
Aún así, contó que planteó la necesidad de la denuncia penal a modo de “comentario” en el Codicen y “no como una iniciativa”, ya que “tiene que ser adoptado por el colectivo”. Consultado sobre si piensa plantearlo como una iniciativa, Gabito señaló que está “esperando un poquito la reacción de los compañeros”.
Días atrás, Silva dijo a El País que “nadie mocionó hacer una denuncia penal”, pero que el consejero planteó que “el vergonzoso estado en que se entrega la fachada -sobre todo la del IPA- está tipificado dentro del Código Penal”.
Otra mirada legal
Para el abogado de la Federación Nacional de Profesores de Educación Secundaria (Fenapes), Daniel Parrilla, la denuncia penal que propone Gabito “es un disparate” y trata de “buscar una forma de criminalizar la protesta social”.
Las afirmaciones de Parrilla abarcan la posible demanda a estudiantes como a docentes, aunque el abogado separó los argumentos para cada situación. En el caso de los docentes, dijo que las ocupaciones en los lugares de trabajo “están admitidas” por la ley de urgente consideración (LUC), a través de la “reglamentación de la huelga”.
Asimismo, refirió al Decreto 281/020, que regula las ocupaciones por parte de trabajadores, y especificó que con base en ello el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debe proceder “a intentar una conciliación y eventualmente solicitar el desalojo”. De esta forma, para Parrilla se admite “el ejercicio de la ocupación como extensión del derecho de huelga”.
Con respecto a los estudiantes, el abogado delineó que el mismo decreto determina “el desalojo de personas que no son trabajadores y admite implícitamente la ocupación como una de las formas de protesta y de expresión del pensamiento”. Por otro lado, recordó que las ocupaciones son parte de los estándares internacionales y que “han sido consideradas por el sistema universal de derechos humanos como una forma de protesta social, indispensable para la calidad política de la democracia”.
En otro orden, Parrilla explicó que cuando un docente comete un delito es causante de destitución, al ser “incompatible con el desempeño o el ejercicio del cargo”. Sin embargo, especificó que para que esto suceda “tiene que haber una sentencia de condena y esa sentencia tiene que ser incompatible con el cargo”. “Llegar al extremo de pensar en dejar a una persona sin trabajo como consecuencia de una denuncia por el ejercicio de un derecho es propio de la época del fascismo italiano; es un desastre”, concluyó.
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Aclaración: El titular de esta nota fue modificado en relación a su versión original, ya que el consejero de ANEP no se refirió a hacer una denuncia por el hecho de ocupar, sino por “daños” edilicios que se generen en el marco de las ocupaciones. Disculpas a los involucrados y a los lectores.