Si bien el momento en el que la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) definió poner a consideración una propuesta de nueva regulación de la enseñanza privada coincidió con el cierre de varios colegios, se trata de un proceso independiente que ya estaba en agenda. Más allá de que no es la única normativa de la educación de gestión privada, la Ordenanza 14 de la ANEP es la que regula el proceso de habilitación, la marcha y la revocación de los permisos, y también distintas disposiciones con las que los colegios deben cumplir.

La normativa fue aprobada por el Consejo Directivo Central (Codicen) hace 30 años, un período de tiempo suficiente para que autoridades, el sindicato de trabajadores y las asociaciones de colegios estén de acuerdo en la necesidad de actualizar sus disposiciones, aunque surjan diferencias entre ellos.

La propuesta del organismo vincula la ordenanza con el marco regulatorio más general y, por ejemplo, hace mención de los principios establecidos en la Ley General de Educación, que no existía cuando el documento fue elaborado. Por su parte, se realizan cambios al mecanismo de habilitación de colegios. Mientras la ordenanza actual establece que la solicitud ante la ANEP debe realizarse como máximo el 30 de setiembre del año anterior al que comenzará a funcionar, el documento del Codicen plantea que la solicitud deba ser realizada un año antes de ese momento. Además, se fijan más requisitos para lograr la habilitación, como la presentación de distintos certificados cuando los administradores son empresas con fines de lucro o asociaciones civiles.

Además de esta documentación, otra innovación es que los colegios deberán presentar su “propuesta educativa”, en línea con “los planes y programas oficiales de estudio” y con el Reglamento de Evaluación de los Estudiantes. La ANEP también se propone cambiar el proceso por el que la solicitud de habilitación es evaluada. En primer lugar, la gestión dejaría de estar a cargo del Codicen y pasaría al subsistema del que se trate: las direcciones generales de Educación Inicial y Primaria, Secundaria, UTU o el Consejo de Formación en Educación (CFE). Una vez presentada la solicitud, la ANEP tiene un plazo de 60 días para responder, cuando la ordenanza vigente plantea que el tope es el 15 de febrero del siguiente año.

Por su parte, las autoridades de la educación proponen que lo que ahora son habilitaciones cuyos plazos se definen caso a caso, se transformen en permisos con diez años de duración. Además, la primera vez se daría una autorización con carácter provisorio por un año, período en el que la ANEP controlaría el cumplimiento de la propuesta presentada por el colegio.

El borrador de nueva ordenanza, que fue sometido a consulta de las asociaciones de colegios, también plantea un mecanismo más detallado para la revocación de las habilitaciones. Según el documento, se establece un procedimiento para llegar a ese extremo, por el que el colegio debe haber sido advertido en dos oportunidades previas a la revocación.

Otros cambios

El Codicen también quiere generar cambios en otros aspectos del funcionamiento del sector. Por ejemplo, la ordenanza regula quiénes son los docentes que pueden impartir clases en los colegios y las autoridades plantean modificaciones para el caso de Primaria. Actualmente y a diferencia de lo que ocurre en el sector público, donde sólo pueden dar clases quienes están recibidos de maestros, en la educación privada se pueden hacer cargo de un grupo estudiantes de magisterio que estén en el último año de la carrera. Sin embargo, el documento elaborado por la ANEP plantea que sólo los maestros titulados puedan dar clases en colegios y se establece una disposición por la que los estudiantes de magisterio del último año y sin previaturas puedan hacer prácticas en la enseñanza privada, para lo que deben contar con autorización expresa de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria.

Otro cambio que las autoridades de la educación buscan aplicar es la incorporación de disposiciones presentes en distintas leyes, como la Ley de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, respecto de la inhabilitación como docentes de quienes tienen antecedentes por esos delitos. También quedan inhabilitados quienes estén en el registro de agresores sexuales creado por la ley de urgente consideración (LUC), por lo que la ordenanza propuesta dispone que los docentes de centros privados deban presentar un certificado de no pertenencia a dicho registro.

No obstante, en diálogo con la diaria, Sergio Sommaruga, dirigente del Sindicato de Trabajadores y Trabajadores de la Enseñanza Privada (Sintep), llamó la atención sobre que dicho requisito rija sólo para los docentes y no para los directivos de los centros, algo que “solapadamente” pone la culpa sólo en los trabajadores, lamentó.

Por este y otros argumentos en los que el sindicato ha trabajado en los últimos años, el Sintep busca tener incidencia en el cambio de normativa. Para ello, a través de los consejeros docentes en el Codicen solicitaron ser recibidos por las autoridades de la ANEP, pero la mayoría oficialista en el organismo consideró que la Ordenanza 14 no modifica las condiciones laborales y, por lo tanto, no corresponde negociar con el sindicato.

Al respecto, Sommaruga planteó que la ordenanza sí modifica condiciones de trabajo, por ejemplo, en los cambios previstos sobre los maestros habilitados a dar clases. En concreto, se preguntó qué pasará con los maestros que no son egresados y trabajan hace años en el sector privado. Además, señaló que, si se habilita a estudiantes avanzados a hacer prácticas en los colegios, debe preverse quiénes serán los docentes titulados que oficien de adscriptores.

No obstante, aseguró que el movimiento sindical uruguayo no tiene un accionar “corporativo” por el que únicamente discuten sobre sus intereses, sino que tienen una “perspectiva de clase” más amplia, por la que no sólo se encargan de sus condiciones de trabajo. De hecho, Sommaruga recordó que una de las causas que el sindicato encuentra para el cierre de colegios es el “anacronismo normativo” del sector, que “va más allá” de la ordenanza de la ANEP.

Buscan aportar

En busca de revertir lo que consideran que es un “bloqueo” contra sus aportes, Sintep mantuvo una reunión con Daysi Iglesias y Julián Mazzoni, representantes de los trabajadores en el Codicen, para trasladar sus posturas. Además, a partir del apoyo de la Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza del Uruguay se mantendrá una reunión bipartita con las autoridades de la ANEP sobre este tema, que seguramente se concretará la semana próxima.

El integrante del Sintep aseguró que, luego de analizar el texto de la nueva ordenanza, el sindicato tiene tres tipos de posicionamientos: apoyar cambios que mejoran las condiciones actuales, otros aspectos “críticos” del documento y un tercer grupo de propuestas que tienen los trabajadores y no fueron contempladas por las autoridades.

En el primer grupo Sommaruga colocó a las nuevas disposiciones para la autorización de colegios, en especial porque la presentación de información pasa a tener valor de declaración jurada y, por tanto, consecuencias legales en caso de mentir. En la misma línea, mencionó a las modificaciones propuestas para el tamaño de grupos, aunque adelantó que seguramente los colegios se opongan. La actual ordenanza pone un máximo de 40 estudiantes por grupo solamente para los liceos y la propuesta actual plantea bajarlo a 30 para todos los niveles. De todas formas, Sommaruga señaló que la redacción dada por la ANEP tiene “algunas fallas”, ya que, por ejemplo, en el caso de la educación inicial el tope propuesto supera la ratio de adultos por niño que debe haber en el colegio.

Entre los aspectos que el Sintep encuentra problemáticos está el pasaje de potestades del Codicen a las direcciones generales, principalmente porque a partir de la LUC pasaron de ser consejos con participación docente a gerencias unipersonales con “superpoderes”. A propósito, Sommaruga consideró “más garantista” que lo relativo a la habilitación y el cese de colegios sea considerado por organismos colegiados.

En suma, desde el Sintep advierten por “un eventual uso antisindical” de la disposición que establece como causal de cierre de los colegios la suspensión de clases. Sommaruga señaló que ello podría lesionar un derecho “fundamental” de los trabajadores, por ejemplo, el de hacer huelga. Al respecto, piden que dicha situación sea mencionada explícitamente y que un colegio no pueda ser cerrado porque sus trabajadores hacen paro. De la misma forma, piden que, ante un incumplimiento grave exista la posibilidad de una clausura inmediata.

Por su parte, el sindicato expresó su preocupación con la distinción que el documento hace sobre las obligaciones con las que deben cumplir los institutos habilitados –aquellos que cumplen con los programas de la ANEP– y los autorizados –tienen propuestas alternativas y luego sus estudiantes deben acreditar la culminación de cada ciclo–. En ese sentido, Sommaruga dijo que estos últimos tienen menos requerimientos y, en muchos casos, pertenecen a sectores “muy poderosos”, como es el caso del British o el Monte VI, que pertenece al Opus Dei.

En tanto, entre las propuestas del sindicato que no están contempladas aún en el cambio de ordenanza y que consideran clave para “darle orden y previsibilidad al funcionamiento institucional de la enseñanza privada”, Sommaruga dijo que los colegios deberían tener “un contador público que se haga legalmente responsable de los estados contables de la institución”. El sindicalista propone que dichos informes deban ser enviados a algún organismo estatal que haga el contralor correspondiente. Según afirmó, esa es la única forma de tener “datos concretos para saber qué institución puede cerrar o no”.

Con aviso

Precisamente, la medida que las autoridades plantean para regular el cierre de los colegios es que estos tengan que avisar 90 días antes de que ocurra, cuando la actual ordenanza estipula que el cierre debe ser comunicado a la ANEP al término del año lectivo. Sommaruga aseguró que el cambio “no sirve para nada” y en la misma línea se han pronunciado integrantes de asociaciones de colegios. Monserrat Escobar, de la Asociación Uruguaya de Educación Católica, planteó esta semana que, si bien están de acuerdo con el aviso previo, debe discutirse mejor con cuántos días de antelación se debe comunicar la situación. Entrevistada en el programa Desayunos Informales, consideró que el aviso 90 días antes es de “muy difícil” aplicación en la práctica. De todas formas, valoró la intención de la ANEP de “acompañar” los cierres de los colegios y brindar un margen de tiempo para preparar el cese.

Pablo Cayota, directivo del Colegio Santa Elena, dijo a la diaria que, ante una situación de cierre “lo peor” que se puede hacer es anunciarlo 90 días antes, porque, al contrario de lo que se busca, se terminará generando un cierre precipitado y “desordenado”. Cayota planteó que quienes trabajan en la educación privada saben que, ante el anuncio de cierre de un colegio, los padres inmediatamente salen a buscar otra institución que reciba a sus hijos, por lo que se puede terminar generando una situación similar a la de una corrida bancaria. En ese sentido, dijo que si la ANEP quiere acompañar los cierres, el anuncio 90 días antes debería realizarse en forma reservada y únicamente ante dicho organismo, para ir pensando acciones a ejecutar al momento en que sea anunciado públicamente.

Otro de los puntos de la nueva ordenanza que generó más polémica es el que sostiene que, con el objetivo de proteger el derecho a la educación de los estudiantes, los colegios no podrán expulsar estudiantes en la mitad de un año lectivo, incluso si sus familias no cumplen con el compromiso de pago hacia la institución. Consultado al respecto, Cayota dijo que le da “gracia” que la ANEP, encargada de la gestión educativa de cerca de 700.000 estudiantes, “salga públicamente a establecer una conducta que la absoluta mayoría de los colegios privados aplican desde hace muchísimos años”.

Según completó, “la actividad de los colegios es la más solidaria que existe de todas las actividades privadas que hay” en el país y que la pandemia fue un ejemplo de cómo las instituciones privadas contemplaron diversas situaciones de las familias que tuvieron problemas para pagar. En suma, dijo que la solución que se encontró posiblemente “viole alguna norma de rango mayor”, ya que hay leyes que se encargan de regular lo que ocurre con las respectivas prestaciones y obligaciones de las partes cuando hay un contrato en el campo privado. Desde su punto de vista, la ordenanza se mete en esa relación sin necesidad y puede “generar reclamos legales”, porque no se trata de un derecho sino del ejercicio de solidaridad de parte de los colegios.

Cayota cuestionó que si esa disposición se concreta, “puede habilitarse un derecho nuevo: puedo mandar a mi hijo a un colegio, dejo de pagar en abril y, sin embargo, mi hijo va a tener educación privada hasta final de año”. Según consideró, “eso genera confusiones” y “especulaciones” que pueden atentar contra la sustentabilidad de muchos colegios. Sobre este tema, Escobar coincidió en que la expulsión de estudiantes por no pagar es una práctica que está en desuso y, por su parte, Sommaruga aseguró que “la mayoría” de las instituciones no la aplican. No obstante, el sindicalista dijo estar de acuerdo con generar una disposición de ese tipo, ya que los colegios cuentan con mecanismos para cobrar las deudas que se generen, como la firma de un compromiso de pago por parte de las familias.

Fuera de foco

Tanto Sommaruga como Cayota coincidieron en que los temas que concitaron mayormente la atención en el debate sobre la nueva ordenanza no son los más importantes de la regulación del sector. En esa línea, a Cayota le llamó la atención el lugar en la agenda pública que tomó el tema de la enseñanza privada en las últimas semanas.

El directivo dijo estar de acuerdo con que se regule la educación privada, pero las propuestas deberían apuntar a aspectos “pertinentes” y “necesarios”. A propósito, valoró que tanto la ordenanza vigente como la que proponen las autoridades del Codicen tienen el mismo “tono”, que es “producto de una cultura centralista”, algo que lleva a generar disposiciones “torpes” y “burocráticas”. Según reclamó, deberían generarse cambios en el sentido de apuntar a “que las comunidades educativas se fortalezcan y se empoderen”. En cambio, lamentó que en la normativa propuesta “no hay ni un viso de autonomía con responsabilidad o de autonomía regulada de los centros educativos”, lo que se contradice con los discursos de las autoridades y los documentos de la propia ANEP.

Por ejemplo, consideró que la regulación estatal debería determinar la cantidad de días y horas que un niño o adolescente uruguayo debe tener a lo largo de un año lectivo, pero “no tiene sentido” establecer en qué plazo temporal debe hacerse. De la misma manera, dijo que los colegios tampoco deberían tener que solicitar permisos a la ANEP para realizar salidas didácticas, campamentos y otras actividades extracurriculares, algo que plantea la actual ordenanza y mantiene la que está a discusión. También se mostró en desacuerdo con la generación de un tope de estudiantes por grupo y dijo que no hay ninguna evidencia de cuál es el número de alumnos por grupo que favorece mejores aprendizajes.