El gobierno argentino definió destinar un cupo de al menos 1% de los cargos del sector público para “personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad” para el puesto. Ese porcentaje “deberá ser asignado a las mencionadas personas en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes”. Así lo establece el decreto 721/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial y que lleva las firmas del presidente argentino, Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
El decreto define que toda persona “tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos”. Incluye a las personas travestis, transexuales y transgénero “hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen” en los documentos de identidad.
El Ministerio de las Mujeres, en articulación con el Instituto Nacional de la Administración Pública, estará a cargo de la capacitación dirigida a las autoridades y al personal del Poder Ejecutivo para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo se realizará “en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas”, según establece el documento.
Al igual que sucede en Uruguay y en el resto de América Latina, la población trans y travesti es uno de los colectivos que ve sus derechos más vulnerados en Argentina. La discriminación estructural que sufren hace que, entre otras cosas, no puedan terminar sus estudios o, directamente, no tengan acceso a la educación. El decreto contempla esta situación y por eso establece que “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo”. Propone entonces que en los casos en los que se presenten a los llamados personas que no completaron su educación, “se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos”. El Estado, a través de la Unidad de Coordinación Interministerial que también crea el decreto, deberá gestionar los medios “para garantizar la formación educativa obligatoria y la capacitación” con el fin de “adecuar su situación a los requisitos formales para el puesto de trabajo en cuestión”.
Otra de las novedades es que se establece la creación de un registro de inscripción voluntaria de aspirantes a ocupar puestos de trabajo en las dependencias públicas. Este registro funcionará en el ámbito del Ministerio de las Mujeres y deberá incluir los perfiles laborales de las personas inscriptas. Este documento deberá quedar a disposición de las entidades del Estado, “que deberán informar al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad los puestos de trabajo vacantes y las ofertas de contratación de personal disponibles”.
El texto publicado en el Boletín Oficial reconoce que las trayectorias de vida de las personas trans y travestis “están atravesadas por la estigmatización, criminalización y patologización sistemática por una gran parte de la sociedad y de las instituciones” y recuerda que en Argentina tienen una expectativa de vida de entre 35 y 40 años. En ese sentido, también señala que el objetivo del decreto es establecer “medidas de acción positiva con el objetivo de comenzar a reparar las vulneraciones que se han cometido históricamente” contra esta población.
Los colectivos trans, la comunidad LGBTI y las organizaciones de derechos humanos de Argentina calificaron la decisión de “histórica”. En los medios y en las redes sociales, recordaron además a activistas pioneras en la defensa de los derechos de las personas trans y travestis en el país como Diana Sacayán, asesinada en octubre de 2015 a los 39 años, y Lohana Berkins, quien falleció en febrero de 2016, a los 50.