La Cámara de Diputados de Argentina aprobó por unanimidad en la madrugada de este miércoles la ley que incorpora la violencia digital a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, como otra forma de violencia machista. El proyecto ya había sido aprobado por las dos cámaras del Congreso, pero volvió a Diputados por una cuestión técnica.
Con la votación definitiva de esta iniciativa, conocida como Ley Olimpia, la violencia contra las mujeres quedará definida como “toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.
Al mismo tiempo, prevé una serie de medidas cautelares de protección que puede dictar la Justicia, como ordenar a las plataformas digitales la eliminación de los contenidos que generan violencia. También establece la obligación de promover un programa de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, y de identificación de las violencias digitales en los contenidos educativos y en la formación docente.
El proyecto fue presentado en julio de 2022 por la diputada Mónica Macha, del Frente de Todos, que durante la sesión parlamentaria recordó que la violencia digital se define como “aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real, simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC”.
Además, según consignó la agencia de noticias Télam, la legisladora resaltó que la Ley Olimpia “se complementa” con la Ley Belén, todavía en discusión, que busca tipificar en el Código Penal los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de la “pornografía deepfake” (el montaje digital en videos de pornografía) y de la “sextorsión” (la amenaza a una persona con divulgar imágenes de su intimidad sexual).
“La Ley Olimpia apunta a todas las instancias de prevención, de asistencia y acompañamiento a las víctimas y sobrevivientes de la violencia digital, mientras que la Ley Belén lo que busca es la incorporación de la violencia digital como delito en el Código Penal, de modo que se pueda sancionar a aquellas personas que difunden material íntimo sin consentimiento, aquellos que suben el material y aquellos que lo difunden”, explicó Macha.
Más tarde, en sus redes sociales, la diputada apuntó: “Queremos vivir plenamente nuestra intimidad. Queremos vivir libremente nuestra sexualidad. Vamos a ser respetadas en todos lados. Y vamos a ocupar todos los espacios. Es por nosotras, es por las víctimas y sobrevivientes y es por las pibas del futuro, por las hijas de la patria. La lucha contra la violencia digital y sexual es real. Y ahora es ley”.
La normativa lleva el nombre de la activista mexicana Olimpia Coral Melo, que logró que 32 estados de su país tengan una ley contra el acoso digital, pionera en la región, después de haber sufrido ella misma este tipo de violencia. “Pensar que la violencia digital es algo sin importancia y que no interviene para el desarrollo de los países es un error”, escribió la activista en su cuenta de Twitter mientras se votaba la ley en Argentina, y agregó: “Pues Ley Olimpia en Argentina y en todos los países donde se trate de poner en el centro un cambio jurídico y social para estar seguras también en internet”.