Desde hace años, organizaciones de la sociedad civil, activistas en defensa de los derechos sexuales y reproductivos, profesionales de la salud y referentes de la academia vienen advirtiendo sobre la necesidad de actualizar la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), aprobada en 2012. Al mismo tiempo han alertado sobre los riesgos que podía correr la reapertura del debate en un Parlamento con mayorías conservadoras como el de la legislatura pasada. Por eso, la llegada del Frente Amplio (FA) al gobierno, en 2025, significó para muchos de estos actores una oportunidad de volver a abordar el tema, no solo por el cambio en la correlación de fuerzas a nivel del Poder Legislativo, sino porque también desde el Ejecutivo –en concreto, desde las autoridades del propio Ministerio de Salud Pública (MSP)– se manifestaron a favor de introducir modificaciones a la ley.

De hecho, es una de las recomendaciones que incluyó la Comisión Nacional Asesora de Derechos Sexuales y Reproductivos en un documento que presentó ante el MSP a fines de marzo para que se utilice como insumo de cara a la elaboración de la estrategia nacional de derechos sexuales y reproductivos 2026-2030.

La organización Iniciativas Sanitarias (IS) presentó esta semana Justicia reproductiva en agenda: hacia una ampliación del derecho a la IVE en Uruguay, un informe que constituye un nuevo aporte a la discusión pública, social y política “en torno a la revisión y ampliación del marco normativo sobre la IVE mediante la presentación de evidencia y argumentos técnicos”, dice el documento, al que accedió la diaria. El grupo de autoras y autores realiza un diagnóstico de la realidad de nuestro país, identifica los principales “nudos críticos” de la actual legislación y propone “medidas prioritarias” a tener en cuenta en una eventual modificación de la ley.

El informe fue realizado por un equipo multidisciplinario integrado por los politólogos Verónica Pérez Bentancur, Lucía van Velthoven y Agustín Daguerre, las ginecólogas Verónica Fiol y Lucía Castelgrande, los abogados Fernando Rovira y Paula Bertinat, y la psicóloga Cecilia Stapff, quien además es directora de IS.

Los nudos críticos de la ley

El documento reconoce que la aprobación de la ley de IVE, hace 14 años, “representó un avance histórico para Uruguay, que en ese momento se convirtió en la primera democracia de América Latina en adoptar una reforma legal de este tipo”.

A la vez, destaca que, a más de una década de su implementación, el país cuenta con “evidencia sistemática” sobre los impactos positivos que ha tenido en la salud de las mujeres. En esa línea, menciona la “reducción sostenida de la mortalidad materna” –la razón de mortalidad pasó de 202,7 cada 100.000 nacidos vivos en 1990 a 10,3 en 2024, según datos citados del MSP–; la “consolidación de equipos interdisciplinarios en el sistema nacional de salud”, y “una tasa de abortos por cada 1.000 mujeres en edad reproductiva relativamente baja en comparación con otros países donde el aborto legal”.

Pese a esto, el equipo de investigación asegura que “la evaluación de la implementación de la ley de IVE muestra que persisten barreras estructurales y normativas que limitan el acceso pleno y equitativo a este derecho”.

Uno de los primeros problemas que se plantean tiene que ver con las mujeres que no están amparadas por la ley. En particular, las autoras y autores hacen referencia a la exclusión de las mujeres migrantes que no cumplen con el año de residencia en el país, que, según afirman, “contradice principios de equidad en salud así como normativas de protección de migrantes”. En particular, aseguran que los derechos de la salud de las personas migrantes están protegidos por varios instrumentos del derecho internacional, vinculados a la protección de los derechos humanos, que tienen “jerarquía constitucional en Uruguay” y, en este caso, más jerarquía que la ley de IVE. Además, afirman que la disposición en cuestión está “en franca contradicción” con la Ley de Migraciones (2008), que en el artículo 9 plantea que “la irregularidad migratoria en ningún caso impedirá que la persona extranjera tenga libre acceso a la Justicia y a los establecimientos de salud”.

El segundo aspecto problemático tiene que ver con las restricciones basadas en el plazo gestacional para poder abortar, que es de 12 semanas y 14 en casos de violación. El informe recomienda ampliar el plazo a las 14 semanas en todos los casos, para “poder compatibilizar la realidad biológica y social de cómo se detecta y vive un embarazo”. La extensión sugerida, dicen, permitiría “contar con tiempo realista para detectar y procesar un embarazo”; “reducir desigualdades de acceso, sea por barreras logísticas como costos, distancia a centros médicos, trámites o situaciones de violencia”; “permitir el completo acceso a información médica adecuada para tomar decisiones”; “armonizar con prácticas comparables en términos de evidencia médica”, como el diagnóstico prenatal, y “adecuarse a legislación internacional”.

Un tercer obstáculo que destaca el informe es la intervención obligatoria de un equipo multidisciplinario. En este punto, se detalla que si bien “el aporte de las distintas disciplinas ha sido bien valorado por las mujeres y fundamentalmente por los equipos”, en la práctica “constituye muchas veces una barrera”, en tanto, en algunas localidades, en particular en el interior del país, “la conformación de los equipos es compleja dada la falta de disponibilidad de recursos humanos para las especializaciones requeridas por la ley”.

El cuarto y último nudo crítico que se plantea es la obligatoriedad de los cinco días de reflexión que establece la ley antes de que la persona ratifique su decisión de interrumpir el embarazo. El cuestionamiento es en base a tres argumentos: por un lado, que existe evidencia –según un documento de la Organización Mundial de la Salud de 2022– de que los períodos de espera obligatorios “retrasan el acceso al aborto”; por otro, una investigación sobre las vivencias de las mujeres que transitan una IVE en Uruguay, publicado en 2014, que demostró que “el proceso es largo y lento, y lleva a algunas a tener que interrumpir el embarazo en edades gestacionales cercanas al límite, lo cual aumenta el riesgo clínico y emocional”, y, tercero, que los datos del MSP muestran que el porcentaje de aquellas que rectifican la decisión después de esos días de reflexión obligatorios se mantuvo estable entre el 5% y 6%. Es decir: la enorme mayoría de las mujeres que inician un proceso de IVE, en esa etapa, ya están seguras de su decisión.

“Frente a estas limitaciones, y considerando el acumulado técnico, político y social que existe en Uruguay, entendemos que están dadas las condiciones para avanzar hacia una ampliación del derecho a IVE, como ya lo han hecho otros países de la región y del mundo”, concluye el informe. “No se trata de perfeccionar una ley”, agrega, sino “de adecuarla a un paradigma que priorice la autonomía, la inclusión y la libertad reproductiva en todas sus dimensiones”.

Las recomendaciones específicas

El estudio señala que las recomendaciones “tienen el objetivo de mejorar el acceso efectivo” al aborto, “reducir desigualdades territoriales” y “fortalecer la calidad de la atención”. Destaca, además, que “se alinean con la evidencia comparada y las recomendaciones internacionales”, y aclara que, “mientras algunas requieren modificar la ley de IVE, otras solo implican cambios procedimentales y reglamentarios en la órbita del MSP”.

Son cuatro las propuestas presentadas que requieren modificación de la normativa. Por un lado, eliminar las restricciones para el acceso de las migrantes, lo que “contribuiría a fortalecer la equidad en salud y a prevenir situaciones de mayor riesgo sanitario en poblaciones ya expuestas a múltiples vulneraciones”, y ampliar el plazo legal a las 14 semanas para todos los casos.

A su vez, se propone adecuar el carácter obligatorio del equipo interdisciplinario, en tanto entienden que esto “preservaría su aporte integral sin que su exigencia formal se constituya en una barrera para el acceso oportuno a la IVE”. Respecto de este punto, el informe puntualiza que la “experiencia acumulada” en la implementación de la ley muestra que, en determinados contextos, “particularmente en localidades con menor disponibilidad de recursos humanos”, la “conformación simultánea y presencial del equipo interdisciplinario puede generar demoras que afectan el acceso efectivo a la prestación”. Por eso, aboga por “esquemas más flexibles de intervención” que “permitan adaptar la integración del equipo a las realidades territoriales y organizativas del sistema de salud”.

La cuarta recomendación es eliminar la obligatoriedad del período de reflexión, al entender que este requisito “no aporta beneficios adicionales en términos de seguridad ni de toma de decisiones informadas” y que, “en determinados contextos, puede generar demoras innecesarias y profundizar desigualdades de acceso”.

En cuanto a las propuestas de modificación de la reglamentación de la ley, el documento sugiere la incorporación de la telemedicina –sobre todo durante la consulta interdisciplinaria y la etapa posterior, en la que la mujer ratifica su decisión luego de los días de reflexión– y la actualización del manual de procedimientos para IVE vigente (de 2016), incorporando “los avances tecnológicos, las prácticas clínicas actuales y las recomendaciones internacionales más recientes”.