El Tribunal de Apelaciones de 1º turno confirmó la decisión de la jueza Adriana de los Santos de suspender la audiencia preparatoria para la declaración a una de las víctimas de explotación sexual, en la causa Operación Océano, según informó el semanario Búsqueda. La decisión de la jueza se basó en que las pericias de los celulares incautados no estaban disponibles para todas las partes.

Pese a esa decisión, el tribunal coincidió con la fiscal especializada en Delitos Sexuales Darviña Viera y los abogados de las víctimas en considerar los perjuicios que implica para las víctimas la prórroga de sus declaraciones en el juicio, e instó a la jueza De los Santos a establecer un plazo para que la Policía remita los resultados de todas las pericias de los celulares para que la causa pueda continuar.

En esa línea, el tribunal -integrado por Alberto Reyes, Graciela Gatti y Sergio Torres- reconoció la pertinencia de la prueba anticipada como mecanismo para proteger los derechos de las víctimas, en la causa que investiga a 32 personas por delitos de explotación sexual contra menores.

“Está fuera de toda posibilidad de controversia la procedencia de la prueba anticipada admitida como tal y consistente en la declaración de la presunta víctima en modalidad por definir, para que su interrogatorio no vulnere sus derechos y a la vez, no desatienda el derecho de los imputados a confeccionar sus pliegos de preguntas”, sostiene el documento al que accedió la diaria.

Además, plantea que existe responsabilidad, tanto de la Fiscalía como del Juzgado, de que la causa no cuente con la prueba necesaria y señala que esa situación está afectando a las víctimas -que no pueden concretar la prueba anticipada- y a los imputados, en la medida en que sus defensas no acceden a la prueba.

“La pendencia de la materialización de los informes oficiales y otras pericias a poco de la audiencia para debatir sobre quién interrogaría, cómo, etc., a la presunta víctima, no es imputable a ésta, ni a los imputados y sus defensas, sino a la Fiscalía y al Estado en función jurisdiccional, porque el Juzgado tiene a su cargo la dirección del proceso”, señala el fallo.

Sobre este punto, el tribunal señaló que la causa “se viene frustrando o dilatando sin conocimiento de la razón o motivo” de las demoras en los resultados de las pericias, “sin generar protesta ni reserva de la Fiscalía, ni de las víctimas, ni siquiera de la Defensa de aquella de cuyo interrogatorio se trata”.

En ese sentido, el tribunal agrega que la sede “no puede resignarse” a postergar el proceso sin plazo y señala que no existe ningún informe sobre las razones de las demoras de las pericias, entendiendo que el juzgado “debió y deberá impulsar el proceso para su duración razonable, instando a quien corresponda [...] el pronto cumplimiento de tales pericias”.

Si bien el fallo del tribunal responde a la apelación de la suspensión de la audiencia del pasado 8 de noviembre, en la que estaba previsto que se definiera la forma en la que una de las víctimas iba a declarar, la postergación de la prueba anticipada afecta ya a tres víctimas de la causa.

En conversación con la diaria, el abogado Juan Raúl Williman, que defiende a algunas de las 20 víctimas, destacó que desde hace tiempo viene planteando los perjuicios que está ocasionando la postergación de la prueba anticipada y valoró el fallo en la medida en que insta a las partes a actuar en consonancia para que se cumpla con la prueba anticipada.

Wiliman dijo que ante este fallo no queda claro qué va a pasar con las audiencias que están fijadas para los primeros días de diciembre, en tanto no lleguen las pericias de la policía.

En ese sentido, cuestionó cierta contradicción en el planteo del tribunal, debido a que por un lado manifiesta su preocupación por las víctimas, pero al mismo tiempo plantea que no puede realizarse la prueba anticipada, en tanto no esté toda la prueba diligenciada. Williman confió en que el “llamado de atención” del fallo en segunda instancia “apure el procedimiento de la prueba”.