El hecho ocurrió en la tarde del martes, cuando una comerciante de Salto le pidió a un funcionario penitenciario si no podía entregarle un paquete de galletas a una persona privada de libertad.

El funcionario se negó e informó de la situación a la guardia externa de la cárcel, que junto a otro efectivo fue hasta el comercio para confiscar el paquete. Al abrirlo, encontraron una piedra de 63 gramos de marihuana y 62 gramos de pasta base.

El caso lo tomó la fiscal de 4º turno de Salto, Beatriz Protesoni, quien dispuso la detención de la comerciante. Además, se requisó la celda del destinatario del paquete, donde se encontró un celular que permitió vincular el caso con la operadora penitenciaria, quien tenía contacto directo con el proveedor.

La jueza en lo penal de 8° turno, María Peinado, determinó la condena de la persona privada de libertad a tres años de penitenciaría, como responsable de un delito de negociación de sustancias estupefacientes prohibidas.

La comerciante fue condenada a un año de prisión efectiva y otra de libertad vigilada, por un delito de posesión de sustancias estupefacientes prohibidas, mientras que la operadora penitenciaria fue condenada a 18 meses de prisión efectiva y un año de libertad vigilada por el delito de negociación de sustancias estupefacientes.

El presidente de la Organización de Funcionarios Civiles Penitenciarios (OFUCIPE) Juan Nolasco dijo a la diaria que el sindicato no intercederá en el caso, dado que se trató de “un error” de la trabajadora y aclaró que la organización “repudia todo tipo de hecho de estas características”. “Cualquier persona que trabaje en la cárcel sabe que es algo que está totalmente prohibido”, agregó.

En la tarde del viernes se realizó otra requisa en la Unidad 20 del Instituto Nacional de Rehabilitación, mientras continúa la investigación para conocer si hay más involucrados.