La Dirección Nacional de Migración rechazó 416 solicitudes de ingreso desde el 21 de diciembre, cuando comenzó a regir la Ley 19.932, que prohíbe la entrada al país, en el marco del combate a la pandemia de coronavirus. La ley, que modificó el artículo 37 de la Constitución, habilita el ingreso para aquellos uruguayos o residentes que al día del anuncio de las medidas, el 16 de diciembre, tuvieran el pasaje comprado o la autorización para el ingreso tramitada.

En esas condiciones, Migraciones habilitó el ingreso de 912 uruguayos o extranjeros con residencia. La medida regirá hasta el 10 de enero y la ley habilita una prórroga de 60 días por una única vez. Además, se prohibieron los vuelos particulares y el ingreso de embarcaciones provenientes del exterior. Habitualmente, unos 80.000 uruguayos regresan al país para pasar las fiestas de fin de año.

En diálogo con la diaria, el director nacional de Migraciones, el comisario mayor Eduardo Mata, señaló que las fronteras se mantienen cerradas, con los puentes vallados, y las únicas excepciones que se contemplan son el tránsito de mercadería, solicitantes de refugio, causas extremas de salud o razones humanitarias justificadas.

Mata informó que por la empresa Buquebus no se registró ninguna devolución de pasajeros, porque la empresa no embarca si el pasaje fue comprado después del 16 de diciembre, mientras que en el Aeropuerto de Carrasco se dieron seis casos de pasajeros que fueron mal embarcados.

“Cuando llega al aeropuerto una persona que no justifica su ingreso, se le devuelve al lugar de donde vino y se le aplican las multas correspondientes a la compañía aérea. Son pocos los casos porque hay aviso previo a las compañías aéreas y a los consulados”, señaló Mata.

En el caso de las ciudades binacionales, sólo se impide el desplazamiento fuera de la ciudad. “Si una persona vive en San Pablo y no tiene residencia en la ciudad binacional no va a poder ingresar”, explicó Mata.

El director destacó el trabajo conjunto con las jefaturas de Policía, las direcciones de salud departamentales, la Dirección Nacional de Aduanas, Prefectura y el Ejército, con quienes coordinan e intercambian información.

Para el control de ingreso en las ciudades binacionales, el Ejército estableció puestos de control en las rutas y se pide documentación tanto a vehículos particulares como al transporte colectivo. A las empresas que tienen líneas en zonas fronterizas se les pidió que previo a la emisión del pasaje solicitaran documentos para posteriormente realizar el chequeo de residencia.

“El Ministerio de Defensa maneja otra cifra porque hacen controles previos, no son sólo los controles de Migración, que lleva el registro de las personas, los pedidos de captura o de impedimento de salida o de entrada”, señaló Mata. Cuando el Ejército realiza los controles pasa el documento a Migraciones, que revisa los movimientos migratorios y verifica si la persona reside o no en la ciudad binacional. “Ellos piden certificado, un recibo o constancia de domicilio; si no se establece residencia, toman la determinación de no dejarlo ingresar”.

Mata valoró que a partir de la ley promulgada el 21 de diciembre “quedó más claro cómo se establecen los mecanismos para certificar la residencia en las ciudades binacionales”. Consultado sobre los casos de expulsión, señaló que ocurren cuando la persona evadió los controles migratorios y se da cuenta a Fiscalía, que puede imputar un delito de desacato. Salvo que la Justicia disponga algo distinto, la persona expulsada queda habilitada para regresar al país cuando se vuelvan a abrir las fronteras. “No es nada lindo rechazar a una persona, pero estamos en una emergencia sanitaria y estamos para hacer cumplir la ley vigente”, comentó Mata.

Entre el 23 y el 27 de diciembre fueron expulsadas seis personas, procedentes de Cuba, Ecuador, Brasil y Canadá. Algunos fueron detenidos mientras intentaban cruzar por el campo y otros en las inspecciones realizadas en las rutas nacionales. En todos los casos se dio cuenta a Migración y las personas fueron expulsadas sin incurrir en el delito de desacato, por no contar con una notificación previa sobre el impedimento de ingresar al país.

La fiscal de Rivera, Alejandra Domínguez, que actuó en el caso del ciudadano canadiense, señaló a la diaria que lo que se suele hacer es intentar que la persona salga del país y que no permanezca detenida en territorio uruguayo.

Entre el 24 y el 28 de diciembre, el Ejército evitó 146 ingresos irregulares. Prefectura rechazó el ingreso de 219 personas e impidió el de 231 vehículos y 19 embarcaciones entre el 21 y el 31 de diciembre.

Para el cumplimiento del cierre de fronteras el Ministerio de Defensa dispuso la participación de 800 efectivos, 500 del Ejército, 150 de la Armada y otros 150 de las Fuerzas Armadas, desplegados en 25 puestos de control, 15 en la frontera con Brasil y diez en la frontera con Argentina.