Un año y tres meses después de presentado, la Suprema Corte de Justicia sentenció que un recurso de casación interpuesto por el fiscal especializado en crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, para reabrir el “caso Gomensoro”, es admisible y ahora estudiará su pertinencia.
La sentencia de la SCJ, fechada el 10 de noviembre, no se expide sobre el fondo de la cuestión, sino que apenas declara “admisible” el recurso presentado por Perciballe.
En el lapso que se tomó la SCJ para determinar si el recurso de Perciballe era admisible, falleció José Gavazzo, el confeso implicado en la desaparición de Roberto Gomensoro Josman. El represor, figura emblemática de la dictadura militar, murió el 26 de junio de 2021 en el Hospital Militar, mientras cumplía pena de prisión domiciliaria, condenado por múltiples asesinatos durante la dictadura.
El 2 de abril de 2019 Perciballe solicitó el desarchivo del caso Gomensoro ya que existía un “hecho nuevo” que la Justicia necesariamente debía analizar. Unos días antes, el 30 de marzo de ese año, un informe periodístico había revelado que Gavazzo había confesado en un tribunal de honor del Ejército haber arrojado en 1973 el cuerpo de Gomensoro al río Negro para hacerlo desaparecer.
La jueza de Paso de los Toros Naama Cóccaro desarchivó el caso y declaró sin efecto el sobreseimiento que Gavazzo había conseguido en una anterior sentencia de 2013.
La defensa de Gavazzo interpuso varios recursos de reposición y apelación, sosteniendo que ya existía cosa juzgada.
Elevada la causa al Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno, el 19 de agosto de 2020 esa sala dio la razón a la defensa del militar y desestimó la reapertura del juicio solicitada por Perciballe.
Fue entonces que el fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad interpuso un recurso de casación que ahora fue declarado “admisible”.
La sentencia fue redactada por la ministra Elena Martínez y lleva las firmas de los ministros Tabaré Sosa (presidente de la SCJ), John Pérez y Juan Pablo Novella. La ministra Bernadette Minvielle se declaró inhibida de oficio para entender en el presente recurso.
La sentencia de la SCJ se fundamentó en el hecho de que el Tribunal de Apelaciones, al declarar que el caso no podía ser reabierto, impedía averiguar si existen otros responsables además de Gavazzo.
“Efectuado el examen de las actuaciones, este Colegiado estima que el recurso de casación interpuesto resulta admisible, pues la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal pone fin a la acción penal. En otras palabras, al 'desestimarse la reapertura solicitada', no se puede continuar con la instrucción”, dice la sentencia.
“Si bien Gavazzo falleció, no puede perderse de vista que el Tribunal de Apelaciones resolvió dos cuestiones diferentes, lo que determina que el recurso no se encuentre carente de objeto. En efecto, además de revocar la sentencia de la a quo, por la cual se dejó sin efecto el sobreseimiento, la Sala dio un paso más y remarcó que no se puede reabrir el juicio. En otras palabras, respecto de la muerte de Gomensoro, la fiscalía no puede continuar investigando qué responsabilidad cabe y a quiénes corresponde imputarla”, se agrega.
Según la SCJ, la sentencia que había absuelto a Gavazzo en 2013 no impide “continuar respecto de terceras personas”.
“Lo tiré del bote”
En un primer juicio celebrado en Paso de los Toros, Gavazzo y el coronel Juan Carlos Gómez fueron imputados y enviados a prisión en 2012 por el asesinato de Gomensoro, que según esa primera instrucción habría ocurrido en una unidad militar de esa ciudad.
Sin embargo, nuevos testigos y pruebas demostraron que Gomensoro había muerto en el cuartel de Artillería 1, en Montevideo.
Las nuevas pruebas exculpaban a Gómez pero reforzaban la evidencia en contra de Gavazzo. Sin embargo, el fiscal Fernando Pérez D'Auria solicitó el sobreseimiento de ambos, que fue decretado por la Justicia el 20 de diciembre de 2013.
Roberto Gomensoro integraba el MLN-Tupamaros y fue detenido el 12 de marzo de 1973 por efectivos de Artillería 1. Seis días después su cadáver apareció flotando en el río Negro, en el lago del Rincón del Bonete. Estaba envuelto en una malla de alambre y tenía atadas tres grandes piedras.
El Ejército nunca admitió que aquel cuerpo que había aparecido flotando era el de Gomensoro. La versión oficial repetida durante toda la dictadura era que se había fugado y estaba prófugo de la justicia militar.
Gavazzo confesó en el tribunal de honor que Gomensoro murió en Artillería 1 y dijo que el general Esteban Cristi, por entonces jefe de la Región Militar 1, le habría ordenado desaparecer el cuerpo.
“Por temas de desprestigio del Ejército no podía darse a conocer que había fallecido alguien en un cuartel”, declaró. “Yo lo cargué al vehículo, yo manejé al vehículo, lo llevé al lugar, lo bajé, lo puse en un bote y lo tiré del bote. Yo solo”.
Ante el mismo tribunal de honor, el también militar preso por crímenes de la dictadura Jorge Silveira declaró: “Nosotros sabemos que [Gomensoro] se le muere a Gavazzo”. Y agregó: “Gavazzo se lo lleva a Paso de los Toros”.
En sus declaraciones, Gavazzo también se implicó en la muerte de Eduardo Pérez Silveira, algo que ya había hecho en declaraciones realizadas en el libro Gavazzo. Sin piedad (2016). También Silveira lo acusó de ese crimen. Sin embargo, el caso nunca avanzó en la Justicia.