La jueza penal de 45° turno María Noel Odriozzola imputó a dos policías en la causa que investiga el asesinato de Guillermo Marenales, ocurrido en la madrugada del 7 de julio de 2020, según informaron a la diaria fuentes judiciales.

Odriozzola dispuso la formalización del proceso contra dos policías y aceptó las medidas cautelares propuestas por la Fiscalía, que implican cierre de fronteras, obligación de fijar domicilio y prohibición de acercarse a las víctimas por 180 días. A uno de los policías se le imputó el delito de homicidio con dolo eventual y al otro un delito de abuso de funciones en casos no previstos por la ley.

El hecho ocurrió en la Cruz de Carrasco cuando los policías de la Seccional 24ª, ahora imputados, estaban custodiando una vivienda en un auto particular en la calle Antonio De Pena, cuando pasaron cuatro jóvenes y uno de ellos paró cerca del auto, según la versión de las víctimas, para orinar. Los policías dicen que uno de los jóvenes intentó abrir el auto y al ver que había luz y gente adentro siguió camino, el policía lo increpó y cuando el joven regresó sobre sus pasos, le dispararon. Según la versión de los imputados, creyeron que el joven iba a sacar un arma de su campera, pero las pericias determinaron que los jóvenes no estaban armados.

Al sentir los disparos, los jóvenes corrieron, y uno de ellos arrastró a la víctima con quien llegó a avanzar una cuadra, hasta que Marenales les pidió que lo dejara refugiado en unos arbustos de la zona. Unos minutos después llegó un familiar en moto para trasladarlo hasta la policlínica de Paso Carrasco, donde se constató su fallecimiento.

Fuentes allegadas a la investigación dijeron a la diaria que los policías llegaron a recoger al menos cinco vainas que habían quedado en la calle y regresaron al auto para continuar con la custodia sin dar cuenta a ninguna autoridad y ocultando el hecho. Al sentir los disparos los vecinos llamaron al 911, desde donde dieron aviso a los mismos policías que respondieron al llamado, sin advertir que ellos mismos habían protagonizado el hecho.

Para la Fiscalía los imputados incumplieron varios artículos de la ley de procedimiento policial (18.315) que en su artículo 3 establece las fases del accionar policial, y su artículo 39 señala que el uso de la fuerza debe ser racional, progresivo y proporcional. Según la ley, el policía “debe actuar de forma tal que, racionalmente, evite generar un daño mayor al que pretende impedir”.

Las fuentes señalaron que de las siete cámaras que había en la zona sólo pudieron relevarse las imágenes de una que muestra al joven abriendo los brazos y las manos, segundos antes de que los policías le dispararan.