La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación por el eventual archivo de la causa que investiga las amenazas de muerte realizadas por el Comando Barneix, ocurridas en febrero de 2017 contra 13 personas vinculadas al sistema de justicia y la defensa de los derechos humanos.
En su cuenta de Twitter, el organismo llamó al Estado uruguayo a “desarrollar investigaciones prontas, exhaustivas y diligentes de los hechos, estableciendo las responsabilidades materiales e intelectuales y sancionando a los responsables”.
“Los actos de intimidación a las personas actuantes en la defensa de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos de la dictadura, así como a las que imparten la Justicia en tales causas, pueden aumentar el riesgo de que estas queden en la impunidad”, expresó la CIDH.
La comisión recordó un comunicado emitido sobre este tema, en el que señaló “la especial gravedad de estas amenazas” y el hecho de que la “falta de las investigaciones diligentes vulnera a los derechos a la verdad, justicia y reparación”.
Entre los últimos días de enero y los primeros días de febrero de 2017, las víctimas recibieron un correo electrónico que hacía referencia al suicidio del general Pedro Barneix y amenazaba de muerte a los destinatarios.
“No se aceptará ningún suicidio más por injustos procesamientos. Por cada suicidio, de ahora en más mataremos a tres elegidos azarosamente”, señalaba la misiva. Las víctimas de la amenaza fueron el fiscal de Corte, Jorge Díaz; el entonces ministro de Defensa Nacional, Jorge Menéndez; la exdirectora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo Mirtha Guianze; la exsubsecretaria de Relaciones Exteriores Belela Herrera; los abogados vinculados a causas sobre crímenes de lesa humanidad Hebe Martínez Burlé, Óscar López Goldaracena, Federico Álvarez Petraglia, Juan Fagúndez, Juan Errandonea y Pablo Chargoñia; el activista brasileño Jair Krischke; el magistrado francés Louis Joinet, y la investigadora italiana Francesca Lessa.
En los cuatro años de investigación se llevaron a cabo apenas tres audiencias, una de las cuales se debió a un error administrativo, por lo que las víctimas que fueron convocadas regresaron sin novedades. El caso comenzó en la Fiscalía Penal de 4º Turno, y en ella se pudo avanzar únicamente en un perfil de los redactores de la amenaza y en el rastreo del correo electrónico que fue enviado con un explorador que evita la identificación del lugar desde donde fue enviado.
El artículo 117 del Código Penal establece los tiempos de prescripción de los delitos en función de su pena, mientras que el artículo 100 del Código del Proceso Penal habilita al fiscal a no iniciar o archivar una causa “si hubieren transcurrido cuatro años de la comisión del hecho y se presuma que no haya de resultar pena de penitenciaría”, como es el caso del delito de amenaza.