A Mónica Rivero dejaron de verla el 13 de febrero de 2017. La versión de su pareja era que la llevó a una peluquería ubicada en las inmediaciones de Ramón Anador y Luis Alberto de Herrera y desde entonces no la vio más. Presentó la denuncia policial, Rivero fue reportada como “ausente” y su desaparición inundó durante días los medios de comunicación.
La mujer se desempeñaba como jefa de finanzas de la automotora Julio César Lestido. A los tres días de su desaparición, se supo que había robado 200.000 dólares. El hurto fue denunciado y en el marco de la investigación interna de la empresa, la cifra aumentó: Rivero había robado dos millones y medio de dólares en dos años.
Se estima que de 2006 a 2017 Rivero le robó a Lestido 7.623.233 dólares y 1.435.044 pesos mediante maniobras contables fraudulentas. Ese año, la empresa resolvió cambiar la forma de auditar sus cuentas y el riesgo de que Rivero fuera descubierta era inminente. También se estima que lo perdió todo en apuestas, en particular en el casino Enjoy del hotel Conrad de Punta del Este, el que frecuentaba.
El 27 de febrero de 2019 fue capturada en la Barra del Chuy. Se hacía llamar Ana Fernández y había alterado su imagen, cortándose el pelo y tiñéndose de rubio. Tenía otra pareja, vivía en un pequeño conjunto de monoambientes en el que pagaba una parte y limpiaba para completar el alquiler. No permitía que le sacaran fotos.
Fue formalizada inicialmente por un delito continuado de estafa y falsificación de documento privado. Luis Pacheco, fiscal de Crimen Organizado, pidió también la imputación por un delito de lavado de activos. Por eso, la jueza Adriana Chamsarián la procesó además con prisión como autora penalmente responsable de un delito de lavado de activos.
Rivero estuvo dos años y medio en prisión preventiva. Estuvo privada de libertad en la Unidad 5 Femenino, cárcel de mujeres de Montevideo. Martín Frustaci, su abogado defensor, solicitó el cambio de medida por prisión domiciliaria.
Según el documento que presentó la defensa, el argumento que presentaron es que tanto para el delito de estafa como para la falsificación de documento privado “se prevén penas en sus mínimos de seis y 12 meses de prisión, respectivamente”, por eso considera “suficiente” la pena cumplida hasta el momento, en régimen de prisión preventiva efectiva, y por eso solicitan que siga cumpliendo la medida cautelar en su domicilio.
La primariedad y la buena conducta dentro de la cárcel fueron elementos centrales de la solicitud, también “el derecho de toda persona a esperar una sentencia justa en libertad ambulatoria o bajo las medidas que imponga la sede”.
La Justicia hizo lugar al pedido de la defensa. Chamsarián dispuso que pase a un régimen de prisión domiciliaria. La mujer tendrá una tobillera electrónica, monitoreada por la Dirección de Monitoreo Electrónico del Centro de Comando Unificado del Ministerio del Interior. Se tiene que presentar todas las semanas en la comisaría más cercana a donde cumplirá la prisión domiciliaria y tiene prohibido salir del país.
Según la resolución judicial, se sustituye la prisión efectiva por “otra menos gravosa”, como es la domiciliaria. Explica que “no surge que existan medidas probatorias que corran riesgo de ser obstaculizadas, no existe causa razonable que amerite el mantenimiento de la medida cautelar”. Plantea que “atendiendo a que resulta de público conocimiento la conducta evasiva asumida por la procesada antes de ser detenida, se le impondrán estrictas medidas de control, a efectos de asegurar su sujeción al proceso”.