El juez en lo Contencioso Administrativo de 1º turno, Gabriel Ohanián, condenó a la Fiscalía General de la Nación a pagar 1.500.000 pesos a la fiscal de Rosario, Sandra Fleitas, tras considerar que fue sancionada injustamente por la Fiscalía, según informó El País y confirmó la diaria¨.
La decisión de Ohanián se basa en que las sanciones contra Fleitas impuestas por la Fiscalía fueron anuladas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) y advierte que no corresponde a un Estado de Derecho ignorar esa anulación.
El juez no se expidió sobre el tema de fondo, en cuanto a si existían razones o no para sancionar a la fiscal, pero señala que la anulación realizada por el TCA, que se debió a un tema de formas, es suficiente para su dictamen.
En la anulación, el TCA señaló que debía corregirse el plazo de la pena porque estaba mal computada la reincidencia. Para el juez Ohanián, la Fiscalía es responsable del descuido de las formas jurídicas que derivaron en la anulación de dos sanciones contra Fleitas.
La fiscalía sancionó a Fleitas con separación del cargo por cuatro meses y 20 días por irregularidades en su desempeño como fiscal de Treinta y Tres, entre 2013 y 2015. El Tribunal de Cuentas coincidió con la investigación administrativa de la Fiscalía en cuanto a que la conducta de Fleitas “enrarece la transparencia con la que debió actuar” y “empañó su función y la reputación de la Fiscalía”, pero advirtió que se la estaba sancionando como reincidente por irregularidades cometidas cuando no tenía ninguna sanción anterior, por lo que pidió a la Fiscalía “recomponer el procedimiento a los efectos de aplicar los correctivos disciplinarios de rigor”.
Ante eso, la Fiscal Fleitas presentó una demanda civil reclamando 1.500.000 pesos por lucro cesante y 46.000 dólares por daños y perjuicios, que culminó con el fallo de Ohanián. A todo esto, la Fiscalía corrigió el error cometido en el sumario y el caso está siendo revisado por el TCA, que aún no se ha expedido.
Uno de los puntos cuestionados por la parte denunciada es la participación de fiscales a cargo de los sumarios de sus pares. Si bien en los últimos años la mayoría de las investigaciones administrativas de la Fiscalía General de la Nación las lleva adelante el área de jurídica, aún hay vigentes investigaciones internas para las que se designa a un fiscal como sumariante, algo que está siendo revisado por la Fiscalía.
Las denuncias contra Fleitas
La Fiscalía atribuyó varias irregularidades a Fleitas en procedimientos judiciales cuando estaba al frente de la fiscalía departamental de Treinta y Tres de 2° turno. Una de ellas fue la de archivar un caso en el que, según la investigación administrativa, había indicios para continuar la investigación. Se trata de una mujer que denunció haber sido estafada por 10.000 dólares y no se procedió a indagar al denunciado, incluso teniendo como evidencia que había recibido un depósito por ese monto. Además, Fleitas conocía al denunciado por ser pareja de una funcionaria judicial.
“Las omisiones en que incurrió la accionante en su proceder, sumadas al contexto de conocimiento que esta tenía del denunciado, la colocan en una situación de obrar negligente, poniendo en duda la transparencia de su participación en la causa”, señala la sentencia del TCA.
Otro de los casos por los que fue sancionada está relacionado con el haber pedido el procesamiento con prisión, en noviembre de 2014, a una persona procesada por el delito de amenaza, algo que tiene como pena una sanción económica.
El tercer caso que provocó la sanción de la Fiscalía fue una condena por desacato contra un empresario que la había denunciado por retener una importación de coco, haciéndole perder la mercadería, en una causa que luego fue archivada. En ese caso, una funcionaria de la Fiscalía declaró haber sido testigo de una conversación en la que Fleitas realizaba comentarios jocosos sobre la situación del empresario.
Según informaron a la diaria fuentes allegadas al caso, la Fiscalía está trabajando en la apelación de la sentencia de primera instancia para lo que tiene unos 15 días del plazo. El caso será tratado por un Tribunal de Apelaciones en lo civil.