La Suprema Corte de Justicia rechazó el último recurso presentado por el exasesor del expresidente argentino Mauricio Macri, Pepin Rodríguez Simón, defendido por el exfiscal de corte Jorge Díaz, y ahora la Justicia deberá proceder a su extradición a Argentina.
La sentencia de la SCJ rechaza un recurso de inconstitucionalidad sobre el artículo artículo 41 de la Ley 18.076, que regula el proceso refugio. El artículo impugnado plantea que “cuando los pedidos de extradición recaigan sobre solicitantes de refugio, será el juez de la causa quien en forma excepcional, previo informe de la Comisión de Refugiados, adoptará resolución sobre la solicitud de refugio, antes de resolver sobre la extradición”, y prevé el mismo mecanismo para “cuando la solicitud de refugio sea posterior al pedido de extradición”.
Para la defensa de Rodríguez Simón, ese artículo implica que no exista un debido proceso en virtud de que restringe su derecho de proponer pruebas.
Los ministros de la SCJ rechazaron el argumento señalando. Entre los diferentes fundamentos, indicaron que “la disposición normativa no establece en parte alguna de la misma que al sujeto se le encuentra vedado el eventual derecho de producir prueba en forma previa a la resolución judicial sobre el refugio, ya se trate su naturaleza de proceso o procedimiento judicial”, y que la defensa de Rodríguez Simón va contra lo que la jurisprudencia ha interpretado en algunos casos.
“Sin necesidad de emitir opinión sobre si procede o no la promoción de proceso de inconstitucionalidad en virtud de cierta interpretación que se efectúe de la norma, lo real y concreto es que el recurrente plantea que, para determinados intérpretes o aplicadores de la norma, esta no permite el derecho a probar y tal extremo determina la inconstitucionalidad de la misma. Sin embargo, cualquiera sea la interpretación que se haga, en ningún caso se veda al excepcionante de poder producir prueba”, señalaron.
“De manera alguna –por más que se quiera hacer ver algo distinto- se está coartando derecho alguno del requerido Sr. Rodríguez Simón, simplemente existen dos interpretaciones sobre la cuestión relativa a cuándo se debe producir prueba. Pero el momento de su producción no implica en lo más mínimo su denegatoria”, agregaron.
El 26 de mayo de 2021 Pepín se presentó ante la Justicia uruguaya aludiendo a su condición de solicitante de refugio. Al amparo de los dispuesto por la Ley de Derecho al Refugio y a los Refugiados (18.076), la jueza Chamsarian dispuso la suspensión del proceso de extradición a la espera de que la Comisión de Refugiados se expida sobre el pedido del ciudadano argentino.
Finalmente, el 5 de agosto de 2021 la Corte negó el refugio por considerar que no estaban vulneradas las garantías del debido proceso en Argentina -donde Pepín es investigado por “extorsión y amenaza”-, y la jueza Chamsarian, que utiliza como insumo el informe de la Corte, se pronunció en el mismo sentido el 23 de diciembre de 2021.
La sentencia de Chamsarian fue apelada por la defensa de Pepín y confirmada por mayoría por el Tribunal de Apelaciones en lo penal de primer turno el 17 de junio de 2022.