Javier Fiorito tiene 32 años y es de Rivera. Trabajaba como taxista en este departamento hasta que fue a hacer los trámites para renovar la libreta de conducir profesional. Entre los requisitos para la renovación, está la presentación del Certificado de Antecedentes Judiciales. Cuando fue a tramitarlo, se llevó una sorpresa: tenía una condena por hurto especialmente agravado, a la que se llegó mediante un acuerdo abreviado celebrado el 14 de abril de 2022. La pena acordada fue de 24 meses de prisión que fueron suplantados por un régimen de libertad a prueba.

La condena implica fijar un lugar de residencia, el control de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA), presentarse una vez por semana a firmar en la comisaría asignada al domicilio que brindó, trabajo comunitario de cuatro horas por semana durante cinco meses, prohibición de acercamiento a la casa de la víctima y cierre de fronteras.

La Fiscalía de Rivera de 1er turno se hizo cargo del caso. La titularidad de esta fiscalía actualmente está vacante, pero en ese momento estaba a cargo de la fiscal Serrana Corsino. La fiscal adscripta Aitana Ramos fue quien llevó adelante el caso. La jueza Olga Bele, del Juzgado Letrado de Rivera de 7º Turno, fue la responsable del proceso.

Más sorpresa aún fue tomar conocimiento de que había sido su hermano quien había cometido el delito y se había hecho pasar por él durante el proceso penal. En la impresión de formalización del proceso, a la que accedió la diaria, están todos los datos personales de Javier, que fueron brindados por su hermano.

Foto del artículo 'Un hombre pide la nulidad de una condena porque su hermano se hizo pasar por él en un proceso penal'

En el oficio del juzgado se indicó que se comunique al Instituto Técnico Forense y a la Jefatura de Policía de Rivera. En el documento elaborado por la Jefatura de Policía de Rivera, a partir de información de Policía Científica, al que tuvo acceso la diaria, aparecen los datos personales del condenado, con un número de prontuario asignado en el que se plantea que no tiene antecedentes penales. También hay un registro fotográfico del responsable del delito, que es su hermano. En la foto son notorias las diferencias en las características físicas entre ambos. Además, están las huellas dactilares de los dedos de las dos manos del condenado.

El delito y el proceso penal

Según el documento de la Fiscalía, el 14 de abril de 2022, a las cinco de la madrugada, la Policía estaba haciendo tareas de patrullaje en el barrio 33 Orientales cuando vieron a un hombre circulando en una moto sin chapas de matrícula. Fue interceptado en las inmediaciones de Hermanos Spikerman y Manuel Meléndez. El hombre dijo que no tenía documentación personal ni de la moto, porque “se la había prestado un amigo”. La moto era robada. Un hombre la había dejado estacionada la tarde anterior en el interior del complejo donde vivía y, al otro día, cuando iba a trabajar, notó que se la habían robado. Las cámaras de videovigilancia confirmaron que, minutos antes de ser interceptado por la Policía, el condenado había robado la moto.

Como evidencia, se tomó en cuenta la declaración de la víctima y de los policías que actuaron en el procedimiento, y los registros fílmicos. Con base en esto, la Fiscalía pidió la formalización de la investigación mediante un proceso abreviado que fue acordado con el imputado. Como atenuantes, se consideraron que era primario y que confesó los hechos. Como agravante, se tomó en cuenta que era un bien expuesto al público.

El autor de los hechos incumplió el régimen de libertad a prueba. En la dirección que brindó para control de la OSLA había una finca vacía hacía meses, que estaba para alquilar. Según se informa, los policías que estaban a cargo de la supervisión “desconocen el paradero” del hombre. Por eso, desde la OSLA se solicitó a la Jefatura de Policía de Rivera su citación y se resolvió que en un plazo de tres días debía presentarse para regularizar su situación. La no regularización de la situación implica el incumplimiento del régimen de libertad a prueba que deriva en el cambio a otra medida, como es la prisión efectiva.

Pide anular la sentencia y que se juzgue al real responsable

A nueve meses de los hechos, el 17 de enero de 2023, Javier se enteró de lo que pasó porque le notificaron que no estaba cumpliendo con las medidas que habían dispuesto. Por eso, fue conducido a una sede policial en donde se le entregó el documento expedido por la OSLA. “En este acto y en esta fecha tomé conocimiento de mi situación, atento a que nunca asistí a ninguna audiencia penal ni judicial alguna por estos hechos, siendo que aparece mi identidad como el ciudadano sujeto al proceso de referencia”, planteó Javier en la documentación judicial a la que accedió la diaria.

El hombre relató que, “sorprendido por esto”, reportó la situación a su abogado, Jorge Fajardo, quien le indicó que había que constatar “la realidad o no de la situación con mi expediente en mano”. Lo hizo y pudo comprobar que el autor “real que aparentemente cometió los hechos delictivos” era su hermano, quien, cuando fue sometido al proceso penal, “usurpó mi identidad usando mi cédula”, tal como surge en los documentos asociados a la condena.

“Hay un error de persona inducida por el auténtico autor de los hechos”, indicó, y agregó que su hermano “manejó inescrupulosamente mi cédula de identidad”, situación que alertó que “no fue advertida” ni por el Ministerio del Interior, ni por la Fiscalía, ni, “obviamente”, por el juzgado, “que me condenó, sometiéndome a una incómoda situación que me ha perjudicado en la paz y tranquilidad de mi hogar”.

Javier resaltó que es padre de una bebé y que por esto no se le renovó su libreta de conducir, lo que le generó un perjuicio evidente. Además, afirmó que se le intentó hacer cumplir una pena “por un delito que no cometí” lo que, “en suma, trastornó mi vida”.

Por eso, en abril de este año, a un año de la condena, interpuso un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contra la sentencia condenatoria. “No cometí ningún delito”, justificó. El abogado de Javier pidió la nulidad en el proceso de ejecución y que se advierta de este error. Fajardo enfatizó en que debe existir la “nulidad absoluta” ante la situación “insubsanable que estaba padeciendo en su proceso” el hombre condenado por error, lo cual indicó que le “estaba alterando mi situación de vida y restringiendo mi libertad de manera errónea, violando totalmente mis derechos humanos”.

Foto del artículo 'Un hombre pide la nulidad de una condena porque su hermano se hizo pasar por él en un proceso penal'

Javier aportó sus documentos personales para demostrar su identidad y también solicitó que se le practique una pericia de sus huellas digitales para comparar en las bases de datos existentes en la Dirección General de Identificación Civil, donde están las huellas de todas las personas que tenemos cédula de identidad, y en los registros de Policía Científica tomados por el ITF a su hermano en el marco del proceso penal, que están disponibles en el prontuario a su nombre por error. También pidió que se soliciten sus antecedentes para demostrar que no tiene registro de actividades delictivas. Por otra parte, pidió que se cite a su hermano a declarar.

En el recurso que presentó ante la SCJ reclamó que se declare la nulidad de la sentencia impugnada, que se disponga su liberación y que se ejecute el proceso penal sobre su hermano, el “auténtico causante” de los hechos delictivos que fueron juzgados.

Daños y perjuicios

En diálogo con la diaria, Javier planteó que esta situación lo afectó mucho y en diversos ámbitos. “Estaba trabajando en un taxi y perdí el trabajo por no poder sacar la libreta profesional porque en el Certificado de Antecedentes Judiciales aparecía que estaba condenado”, señaló. “Me quedé sin trabajo”, lamentó, y agregó que además “no pude presentarme a dos llamados públicos para trabajar como chofer por no poder hacer el curso para manejar ambulancias”.

Javier indicó que, “en ese momento, con mi bebé de seis meses, a mi esposa le descubrieron una patología genética por la que debe ser tratada semanalmente en el Hospital de Clínicas, lo que implica que viaje enferma todas las semanas de Rivera a Montevideo”. “Y también comencé con una depresión importante” a raíz de este episodio y de que “al día de la fecha no he logrado presentarme en ningún trabajo público, por lo que actualmente estoy sin trabajo”.

Decidió hacerlo público, porque “pasaron ya muchos meses y no me han dado una resolución de nada, por lo que mi nombre sigue sucio y lo que espero es limpiar mi nombre”. “De alguna manera, que se me pague o devuelva por todos los daños y perjuicios que tuve. Y si esto no se hace público, quedará todo tapado en Rivera, que es un mundo aparte. Todo queda por nada. Hoy soy yo, ¿cuántos más podrán pasar por esto?”, concluyó.

SCJ revocó varios acuerdos abreviados por realizarse con identidades falsas

El caso de Javier no es un hecho aislado. La SCJ revocó varios acuerdos abreviados por realizarse con identidades falsas. El problema se genera al no corroborar la identidad de las personas condenadas.

El 14 de abril de 2022, casualmente el mismo día que Javier fue condenado en lugar de su hermano, la SCJ accedió a un recurso de revisión presentado por la Fiscalía y por varios casos en los que se concretaron acuerdos abreviados en los que se condenó a personas que no estaban involucradas en los hechos, a raíz de que los imputados dieron identidades falsas.

Ese mes se conocieron al menos tres casos en los que se realizó esta maniobra, sin contar el de Javier, que nadie lo notó hasta que el perjudicado tomó conocimiento de los hechos y accionó para corregir la situación. En los otros tres casos se pidió la absolución de los condenados con los que se realizaron estos acuerdos.

En uno de estos, fue la Fiscalía, con base en los informes de Policía Científica, que advirtió que la persona condenada no era quien decía ser. El segundo caso fue el de una mujer cuya maniobra fue descubierta también al cotejar el prontuario y al ver que las huellas dactilares no coincidían con la identidad que había aportado. El tercer caso fue el de otro hombre, cuya identidad tampoco coincidía con la que aportó. Los tres hechos estuvieron a cargo de distintas fiscalías de flagrancia y participaron distintos juzgados penales.

En todos los casos, se citó como jurisprudencia una sentencia de la SCJ de octubre de 2020, en la que se revocó una condena de mayo de 2019, que había sido alcanzada mediante un acuerdo abreviado con la Fiscalía de Flagrancia de 2° Turno, entonces a cargo del fiscal Carlos Negro, que actualmente está al frente de la Fiscalía de Homicidios de 1º Turno.

Según informaron en 2022, la Fiscalía busca soluciones para corroborar la identidad de las personas a quienes se condena, dado que hay decenas de casos de este tipo. Son situaciones que se repiten, en particular en ciertos ámbitos delictivos en que son varios los integrantes de familias que cometen delitos, o entre personas acostumbradas a transitar y habitar la cárcel. Estas situaciones, que suelen ocurrir entre hermanos, se dan de dos maneras: hay quienes “abrazan la causa” y se hacen cargo de delitos que cometieron otros; y hay quienes son “embagayados” y pagan la condena de los delitos de otras personas.

En paralelo, hay un debate pendiente que tiene que ver con definir si aportar la identidad de otra persona a la hora de ser juzgado es un delito en sí mismo o es un acto amparado por lo dispuesto en el artículo 64 del Código de Proceso Penal, que establece que el imputado tiene derecho a “negarse a prestar juramento o promesa de decir la verdad”.