El juez letrado de Ciudad de la Costa de tercer turno, Bernardo Bueno, condenó a Romina Papasso por un delito de asociación para delinquir, un delito de divulgación de imágenes o grabación de contenido íntimo en reiteración real, un delito de violencia privada, tres delitos de difamación, tres delitos de simulación de delito en la modalidad de calumnia, un delito de falsificación ideológica y un delito de instigación pública a cometer delitos, previstos en los artículos 1, 18, 54, 56, 60, 147, 150, 179, 237, 288 y 333 del Código Penal, además del artículo 92 de la Ley 19.582.
Tras la condena, la abogada de Papasso, Elizabeth Frogge, pidió que el juez oficie al Instituto Nacional de Rehabilitación la intención de Papaso de cumplir la pena en la Unidad 10 Juan Soler, debido a que “se ha adaptado muy bien” al centro penitenciario.
El acuerdo abarca todas las causas en las que Papasso estaba siendo investigada: la denuncia falsa contra Yamandú Orsi, sobre la que la condenada aceptó que perseguía fines económicos; la denuncia falsa contra el fiscal Rodrigo Morosoli, luego de que Papasso denunciara haber sido forzada a aceptar un acuerdo abreviado y por falsificar documentos en el proceso por el que fue condenada por los incidentes ocurridos en la Intendencia de Montevideo; la divulgación de contenido íntimo del periodista Ignacio Álvarez, la falsificación de un chat entre Sebastián Mauvezin y una supuesta víctima de delitos sexuales, y la instigación a delinquir, por un mensaje a Javier Milei contra manifestantes por Verdad y Justicia en Plaza de Mayo.
Durante la audiencia la fiscal Sandra Fleitas relató los diferentes hechos que fueron admitidos por Papasso para aceptar el acuerdo abreviado, que le permite alcanzar una reducción de hasta un tercio de la pena que tendría en un juicio oral.
La condena incluye la causa iniciada por el periodista Ignacio Álvarez el 25 de octubre de 2023, por la divulgación de un video de contenido sexual que tenía en su celular y ser insultado en redes sociales. El 14 de noviembre de ese año, la unidad de cibercrimen logró constatar que el video fue subido por Papasso, algo que finalmente fue admitido por la condenada.
La segunda causa refiere a la falsificación del chat de Instagram entre Sebastián Mauvezin y un menor de 14 años llamado “Benja” que Papasso intentó incorporar como evidencia en la causa por la que el ex senador del Partido Nacional Gustavo Penadés fue imputado y en la que Papasso es denunciante. En el chat inventado por Papasso, Mauvezin le ofrece 4.000 pesos al menor y le da indicaciones para el encuentro con Penadés en un hotel. Ese hecho fue denunciado por Penadés, por Mauvezin y por la propia fiscal de la causa Penadés, Alicia Ghione, quien el 29 de setiembre de 2023 informó a la Fiscalía que Papasso le confesó haber creado el chat.
En esa causa, el primer indicio de la falsificación fue un informe policial que constató, a través de una consulta a Meta, que la cuenta atribuida a Mauvezin no le pertenecía a él. Además, se pudo detectar que el mail utilizado para crear la cuenta falsa de Mauvezin pertenecía a una persona privada de libertad con la que Papasso había tenido una relación sentimental y, en su momento, le había facilitado datos personales para que le creara una cuenta de Instagram a su nombre, información que Papasso utilizó para crear la cuenta de Instagram desde su mail.
La tercera causa refiere a una denuncia anónima contra Papasso, presentada el 25 de marzo de 2024, luego de que la ahora condenada publicara en su cuenta de X la foto de una movilización por Memoria Verdad y Justicia, realizada el 24 de marzo en Buenos Aires, en Plaza de Mayo, y arrobara al presidente argentino Javier Miilei. “@jmilei ¿qué te parece una bomba?”, decía el mensaje publicado por Papasso. La fiscal Fleitas detalló que se entendió que correspondía la intervención de la Justicia uruguaya en la medida en que la publicación de X fue realizada desde Uruguay.
La cuarta causa añadida fue la iniciada por el fiscal especializado en Estupefacientes, Rodrigo Morosoli, quien denunció a Papasso por calumnia. El caso comenzó en enero de 2023, cuando Morosoli, siendo fiscal de Flagrancia, concretó un acuerdo abreviado con Papasso, acusada por un delito de atentado especialmente agravado por el incidente ocurrido frente a la Intendencia de Montevideo, cuando decidió manifestarse en contra de la visita del presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, y mantuvo un altercado con la jefa de inspectores del Servicio de Convivencia Municipal, a quien escupió.
Meses después de haber firmado el acuerdo y reconocer en la audiencia de juicio abreviado el buen trato recibido del fiscal Morosoli, Papasso hizo una denuncia penal contra el fiscal, señalando que no fue asesorada debidamente, que no fue respetada en su identidad de género y que el fiscal había falsificado documentación pública. La denuncia fue investigada por la fiscal Bettina Ramos, quien archivó la causa. Luego del archivo, los antecedentes fueron remitidos al departamento de Depuración, Priorización y Asignación y el 10 de mayo se abrió una investigación contra Papasso por simulación de delito, en la que Papasso admitió que ninguna de las denuncias contra Morosoli eran ciertas. Esa causa continúa en la fiscalía de Montevideo contra el asesor legal de Papasso, Pablo López Gamio.
En cuanto a la ampliación de la formalización sobre la causa principal, la denuncia falsa realizada el 13 de marzo de 2024 por Paula Díaz, acompañada por Romina Papasso, contra Yamandú Orsi, la fiscal Fleitas señaló que se pudo verificar la falsedad de la denuncia que remitía a supuestas lesiones infligidas en junio de 2014 en el parque Roosevelt. Fleitas señaló que para verificar la falsedad de esa denuncia se pidió documentación al hospital Pasteur y a la clínica Wolf, donde Díaz dijo haber sido atendida, y se logró constatar que no existía ningún registro de lo relatado por la denunciante. La investigación penal también consiguió evidencia de que Díaz y Papasso se conocían desde al menos tres años, a partir del registro de un control policial de rutina realizado al auto de Papasso en 2021, siendo Díaz una de las acompañantes. Esa evidencia, sumada a registros de viajes a Argentina que hicieron juntas en octubre de 2021 y noviembre de 2023, desmiente lo dicho por las denunciantes en cuanto a que se conocieron días antes de hacer juntas la denuncia.
Fleitas detalló que del relevamiento de los celulares incautados a Díaz y Papasso surge que concertaron y planificaron la denuncia falsa contra Orsi, y mencionó en particular chats de principios de marzo en los que Papasso le daba instrucciones a Díaz para concretar la denuncia buscando que fuera enmarcada en la Ley de Violencia Basada en Género. “En dichos diálogos mantenidas por ambas, Papasso le ilustra respecto de qué debe decir para dar fuerza a la denuncia falsa contra el ciudadano Yamandú Orsi e incluso le envía fotos del mismo cuando era más joven y de la zona de su cuello donde presenta arrugas y lunares pequeños como una forma de que pueda reconocerlo cuando sea interrogada durante el transcurso de la investigación de la denuncia”, señaló Fleitas.
En esas conversaciones Papasso le insistía a Díaz para que buscara un cambio de carátula en la denuncia, para ingresar en el amparo de la Ley de Violencia Basada en Género, a lo que Díaz respondía que era “capaz de llorar si era necesario”. “En sus diálogos ambas estaban motivadas porque a partir de esa denuncia ellas se harían personas conocidas públicamente, lo cual les traería dos ventajas: por un lado, aumentar la cantidad de clientes, ya que ambas tienen por profesión la prostitución, y además, en caso de que se diera lugar a la aplicación de la ley de género, tener acceso a la sanción pecuniaria establecida en el artículo 80, que establece la posibilidad que la víctima reciba 12 sueldos del condenado”, expresó Fleitas, quien dijo tener “absoluta certeza” de que la falsa denuncia tenía “un movil económico”. Además destacó que la denuncia falsa intentó atentar contra el honor y el patrimonio de Orsi, la paz pública, por tratarse de un precandidato a la presidencia de la República, y la administración de Justicia.