La fiscal especializada en Delitos Económicos de tercer turno, Silvia Porteiro, archivó la investigación contra el subdirector nacional de Policía, Alfredo Clavijo, el exdirector de la Policía Nacional Mario Layera y el policía Fabián Monzón, luego de casi cuatro años de investigación. Porteiro concluyó que no existió delito en la actuación de los policías.

En el documento de archivo, al que accedió la diaria, Porteiro explica que la investigación sobre los traslados del narcotraficante mexicano desde la sede de la Guardia Republicana hasta Cárcel Central para realizar visitas conyugales comenzó en mayo de 2021. González Valencia inicialmente fue privado de libertad en el Comcar, pero luego, por razones de seguridad, fue trasladado a un contenedor bajo techo en la sede de la Guardia Republicana, donde esperaba su extradición a Estados Unidos, que se concretó en mayo de 2020.

Los traslados ocurrieron entre noviembre de 2016 y diciembre de 2018 y saltaron a la luz pública luego de que trascendiera que González Valencia se había reunido con Rocco Morabito en Cárcel Central. La investigación determinó que los traslados, que comenzaron un año antes de que Morabito fuera recluido en Cárcel Central, se efectuaron bajo las órdenes de las autoridades ministeriales.

“La conclusión que se impone es que cada una de las salidas para visita conyugal se encontraba minuciosamente regulada y documentada con conocimiento de las jerarquías del gabinete ministerial del Interior, INR [Instituto Nacional de Rehabilitación] y Guardia Republicana”, concluye la fiscal, quien reconstruyó el recorrido de la información vinculada a las visitas de González Valencia por toda la cadena de mando.

Para fundar el archivo, Porteiro cita declaraciones ante la Fiscalía del entonces director del INR, Crisoldo Caraballo, quien explicó por qué González Valencia, el líder de la organización criminal Los Cuinis, no podía tener visitas conyugales donde estaba recluido, en el mencionado contenedor ubicado en la Guardia Republicana.

“Nosotros teníamos que cuidarlo no sólo a él, sino al entorno, por eso se plantea que no era conveniente que estuviera en el Comcar. Cuando él pide la [visita] conyugal nosotros no podíamos mantener la conyugal en el contenedor, primero, porque él estaba con el suegro, había que entrar a pensar dónde era conveniente hacerla. En la Guardia Republicana no, porque él iba a estar visualizando situaciones y lugares de la Guardia que para nosotros era información sensible en materia de seguridad y podía bajar un helicóptero en el fondo”, expresó Caraballo ante el fiscal Ricardo Lackner, quien estuvo encargado de la investigación del caso en sus comienzos.

Porteiro señala que fue el Ministerio del Interior (MI), mediante una comunicación verbal, el organismo que resolvió que las visitas conyugales se hicieran en Cárcel Central, ya que Caraballo y Layera entendían que era el mejor lugar. Transcribe, en este sentido, declaraciones del sucesor de Caraballo, Gonzalo Larrosa, quien declaró que todos los traslados fueron ordenados por el gabinete del MI. Según la declaración de Layera, era riesgoso concretar visitas conyugales porque tenía la convicción de que González Valencia intentaría fugarse, pero señaló que el entonces ministro Eduardo Bonomi adujo razones humanitarias para concederlas.

La investigación penal realiza la reconstrucción de las diez salidas conyugales que se realizaron, a partir del testimonio de todos los policías que participaron en ellas, además de las declaraciones ante la investigación administrativa del caso, interceptaciones telefónicas de los investigados, la documentación existente sobre los traslados en las diferentes dependencias involucradas y una filmación de uno de los procedimientos.

“Surge probado que los traslados se realizaban siguiendo un protocolo de seguridad prácticamente invariable por funcionarios de la Guardia Republicana identificados y que en los hechos la pareja ingresaba a la habitación dispuesta para las conyugales en el séptimo piso de la ex Cárcel Central”, señala el archivo de Porteiro, quien agrega que “claramente se trata de un traslado excepcional que no fue materializado en una resolución escrita en la que se estableciera el motivo del movimiento, pero fue ordenada por el Ministerio del Interior de la época”.

Además, planteó que si bien no hubo una comunicación escrita a la jueza Beatriz Larrieu, quien determinó la prisión administrativa de González Valencia, surge de las declaraciones y de las interceptaciones telefónicas la convicción de que existió una comunicación verbal a la jueza.