Durante la audiencia en la que fue formalizado el proceso contra los socios de Conexión Ganadera, Pablo Carrasco, Ana Iewdiukow y Daniela Cabral, en el marco de la investigación por presunta estafa contra 4.300 inversores del fondo ganadero, las defensas de los imputados no apelaron ninguna de las decisiones de la jueza de Crimen Organizado Diovanet Olivera. Sin embargo, plantearon sus discrepancias con lo planteado por el fiscal de Lavado de Activos, Enrique Rodríguez, quien pidió la imputación de Carrasco por un delito de estafa y lavado de activos y de Iewdiukow y Cabral por un delito de estafa.

El abogado Jorge Barrera hizo hincapié en dos aspectos fundamentales en la audiencia, que cuestionan la aplicación del nuevo código de proceso penal, la disposición de la prisión preventiva, debido a que no se aplica como último recurso entre las diferentes medidas cautelares que puede imponer el juez y la inconducencia de oponerse a la formalización, dado el bajo estándar de evidencia que se requiere para la imputación, recordando que se trata del comienzo para terminar en una acusación o un sobreseimiento.

“La formalización no permite concluir ni siquiera suponer que a consecuencia de este proceso penal [...] fueran a surgir sentencias de condena para los justiciables”, señaló, y recalcó que como defensa están dispuestos a ir a un juicio en el que se dirima la responsabilidad penal de Iewdiukow y Cabral. “Queremos ir a un juicio en el cual este relato de hechos y esta evidencia –que corresponde exclusivamente a la fiscalía– puedan ser debatidos con las garantías constitucionales y que todas estas evidencias puedan ser pasadas por el tamiz necesario para ver si se constituyen en prueba o quedan en especulaciones”, señaló Barrera.

En ese sentido, Barrera recordó que el 99,4% de las solicitudes de formalización realizadas por la fiscalía son aceptadas por los jueces: “¿Seremos tan poco eficaces en nuestra tarea de defensores que solamente un 0,6% tiene éxito o es que el estándar, lo que se requiere para una formalización, es tan bajo que difiere notoriamente de lo que quien tiene 57 años como yo aprendió en el llamado código penal del 80?”.

Sobre el caso concreto, señaló que la relación entre el activo y el pasivo aún se desconoce: “Acá se solicita la formalización y no sabemos cuánto es el pasivo, y es con total honestidad intelectual manifestado por la sede. Se dice extraoficialmente que son 450 millones de dólares; los números según la evaluación que ha tenido el equipo que trabaja en materia concursal establecen que no llegarán a 250 millones de dólares. No es lo mismo estar frente a un caso de 450 millones de pasivos que frente a uno de 250; no es lo mismo, que no significa que aun cuando haya un damnificado y un dólar que esté faltando no tenga que actuar nuestro sistema de Justicia”.

Barrera dijo que la cifra de 450 millones surgió de un error del contador Ricardo Giovio, al que le atribuyó haber contado por duplicado el monto de los contratos y su renovación: “Dentro de unos días, cuando la cifra oficial esté y no se llegue a 250 millones de dólares, veremos que ese 40% de más va a hacer también que la relación entre lo perdido entre el activo y el pasivo sea muy distinta a la gran estafa del siglo y toda la situación estigmatizante que sobre este tema se ha dicho públicamente”, apuntó Barrera.

Otro elemento señalado por el abogado, para fundamentar que Carrasco y Iewdiukow no sabían de la situación financiera de Conexión Ganadera, es el traspaso del 5% al 25% de las acciones a Iewdiukow en mayo de 2024: “¿Es racional que mi patrocinado le diga a su señora que aumente su cuota de participación accionaria a sabiendas de que eso podía causar una consecuencia penal distinta?”.

Por su parte, el abogado de Cabral, Eduardo Sasson, señaló que en el caso de su cliente se encuentran en una situación de “atipicidad manifiesta”, por entender que la conducta de Cabral “no tiene nada que ver” con un acto de presunta estafa, y planteó que la Justicia debe rechazar la formalización del proceso cuando los hechos que describe el fiscal “no constituyen delito”. “Del propio relato de la fiscalía, sin que nosotros tengamos que controvertir, las conductas relacionadas a la señora Cabral son totalmente atípicas”.

Sasson dijo que la fiscalía planteó que la inducción a error –requerida para concretar la estafa– consistía en no informar a los clientes de la situación financiera y seguir captando inversores con altas tasas de interés y, que conociendo esa situación, los indagados “desplegaron publicidades y discursos alentando a la inversión”. “¿Cuáles son los comportamientos que específicamente la fiscalía relató con respecto a Daniela Cabral?”, cuestionó Sasson, y relató que la fiscalía le atribuye las tareas de verificar que quedaran realizados los pagos, pero no menciona nada respecto de inducción a error o captación de clientes. “En ningún momento la fiscalía en su relato de hechos realiza una descripción donde mi clienta pueda haber realizado los actos consumativos del delito”, afirmó, y agregó que Cabral “no trataba con los clientes” ni tampoco tenía participación en la compra y venta de ganado.

“Esa atipicidad manifiesta nos lleva a preguntarnos si en realidad la señora Cabral está aquí por hechos propios o por portación de partida de matrimonio. Acá no tenemos a [Gustavo] Basso para imputarlo de nada, Basso murió, no está, no puede defenderse; la responsabilidad penal se extingue con la muerte, todas las alusiones que ha hecho la fiscalía sobre las decisiones que adoptaban en Conexión Ganadera son atribuibles exclusiva y excluyentemente al señor Gustavo Basso, no a su esposa”, expresó el abogado Pablo Donnángelo.