La Suprema Corte de Justicia (SCJ) decidió por unanimidad iniciarle un sumario a la jueza de Mercedes de cuarto turno, Beatriz Giordano, por su actuación en el caso que analizó la denuncia de violencia basada en género contra Andrés Morosini, quien secuestró y mató a sus dos hijos, Francisco y Alfonsina, y se suicidó al sumergir el auto que conducía en el arroyo Don Esteban.

Los ministros de la SCJ analizaron el informe enviado por la jueza sobre su actuación en el caso y decidieron comenzar un proceso disciplinario sin separación del cargo, según informó El País y confirmó la diaria con fuentes judiciales.

Fuentes de la Corte dijeron a la diaria que la decisión se tomó para analizar con detenimiento todo lo actuado, luego de constatar que no se hizo el llamado a audiencia a las partes luego de la definición de las medidas cautelares, algo que está previsto en el artículo 11 de la Ley 17.514.

La madre de los niños asesinados, Micaela Ramos, había denunciado a Morosini por violencia basada en género el 1º de setiembre, tres días antes del asesinato de sus hijos. La mujer pidió como medida cautelar que se fuera de la casa donde vivían y no quiso restricciones de acercamiento para sus hijos ni custodia policial. Uno de los puntos mencionados en la denuncia es que Morosini había intentado suicidarse en febrero y que lo que motivó la presentación de la denuncia fue que le había mandado un video por Whatsapp en el que les decía a los niños que se despidieran de su madre.

Morosini había declarado ante la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género y quitó relevancia a las discusiones de la pareja mencionadas en la denuncia de Ramos. Dijo que Ramos le había pedido que se fuera de la casa, pero que le pidió que lo hiciera de a poco para no afectar a los niños.

La jueza Giordano dispuso una medida cautelar de restricción respecto de ella de 50 metros, sin custodia policial, y, según señalaron las fuentes, no convocó a audiencia. El 30 de setiembre de 2016, la SCJ emitió una acordada en la que califica como falta grave la no convocatoria a audiencia tras definir medidas cautelares.