La Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de quinto turno, a cargo de Jorge Vaz González, archivó la denuncia por difamación contra el periodista Sebastián Cabrera, que fue presentada por Richard Tesore, fundador de la ONG SOS Rescate Fauna Marina.
“El fundamento del archivo se basó en que no existieron elementos que indicaran la configuración de delito de difamación, al no surgir de los hechos la real malicia requerida. La Fiscalía entendió que se trata de un hecho de escasa entidad que no ataca gravemente el orden público, indicando que se deberá recurrir a la vía judicial correspondiente a efectos de hacer valer el derecho de respuesta solicitado”, argumentó el fiscal, según informó la Fiscalía.
Cabrera fue citado por la Policía, sin una orden fiscal, en dos oportunidades. El 17 de diciembre, se comunicaron con él para notificarle que debía presentarse a declarar en la seccional 11ª de Piriápolis. Luego, el 29 de diciembre, dos agentes de la seccional 2ª de Montevideo concurrieron –en dos oportunidades– a la redacción de El País, medio en el que trabaja, para citarlo a declarar, en el marco del artículo 61 del Código del Proceso Penal.
El accionar policial generó preocupación entre distintas organizaciones vinculadas a la libertad de expresión. Además del pronunciamiento del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo) y la actuación de oficio de la Institución Nacional de Derechos Humanos, este martes la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) publicó un comunicado en el que manifestó su “preocupación ante la citación y toma de declaración a un periodista en una dependencia policial, en el marco de una denuncia por difamación vinculada a contenidos periodísticos de interés público”.
La asociación remarcó que “la libertad de expresión y el derecho a informar y recibir información son pilares de una sociedad democrática y se encuentran protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”. También se remarcó que los estándares interamericanos sobre libertad de expresión “establecen que las intervenciones estatales coercitivas frente a expresiones periodísticas deben ser estrictamente excepcionales y aplicadas con garantías reforzadas, especialmente cuando se trata de asuntos de interés público, incluyendo el estándar de ‘real malicia’”.
Asimismo, APU advirtió que “la citación policial de periodistas por el contenido de publicaciones puede generar un efecto inhibidor, favorecer la autocensura y afectar el ejercicio libre del periodismo”.