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Maldonado Sociedad
(Archivo, enero de 2024). Foto: Virginia Martínez Díaz

(Archivo, enero de 2024). Foto: Virginia Martínez Díaz

Partido Colorado presentó proyecto de decreto para evitar que grandes superficies comerciales usen veredas para carga y descarga

La iniciativa indica que las nuevas construcciones y las ampliaciones o reformas “significativas”, deben contemplar un espacio dentro de su predio para esta tarea.

La bancada de ediles del Partido Colorado presentó proyecto de decreto a la Junta de Maldonado para exigir que las grandes superficies comerciales realicen sus operaciones de carga y descarga de mercadería dentro de sus propios predios, con el objetivo de evitar que continúen utilizando la vía pública. El coordinador de la bancada, Eduardo Elinger, solicitó el pase del proyecto a las comisiones de Nomenclatura, Tránsito y Transporte y de Legislación, en una nota a la que accedió la diaria, cursada por el edil colorado al presidente del órgano legislativo departamental, Osvaldo Matteu, el viernes pasado.

En la exposición de motivos, la bancada indica que el crecimiento urbano y comercial que ha experimentado el departamento en los últimos años “hace necesario acompañar ese desarrollo de la normativa departamental que permita ordenar adecuadamente las distintas actividades que se generan en torno a los establecimientos comerciales de gran superficie”. La idea es “garantizar que las veredas y calles puedan cumplir con la función para la cual fueron concebidas: permitir una circulación segura, ordenada y accesible para todos”.

Si bien reconoce que la carga y descarga de mercaderías es una actividad “indispensable” para el normal funcionamiento, advierte que “cuando no existen espacios adecuados dentro de los propios predios, estas tareas terminan realizándose muchas veces sobre la vía pública, ocupando calles, veredas o espacios destinados a la circulación de personas”.

Esta práctica “reduce la visibilidad de conductores y peatones, provoca maniobras riesgosas de vehículos de gran porte, afecta la circulación de personas, ocasiona deterioro en veredas y otros espacios públicos” como árboles, columnas y soportes de infraestructura urbana destinados al alumbrado público, telecomunicaciones, televisión por cable y otros servicios.

No obstante, remarca que la idea “no es dificultar ni limitar la actividad comercial, sino establecer reglas claras para compatibilizar el desarrollo económico con el ordenamiento urbano, la seguridad vial, la movilidad peatonal y la protección del espacio público”.

Evitar operaciones de abastecimiento en la vía pública

En su primer artículo establece la obligatoriedad de que los establecimientos considerados grandes superficies comerciales dispongan, dentro de su predio, de un área exclusiva y adecuada para las tareas de carga y descarga. Las disposiciones se aplicarán a las nuevas construcciones y a las ampliaciones o reformas que “impliquen un incremento significativo de la superficie comercial o de la actividad de abastecimiento”, según el artículo quinto.

Además, en el artículo segundo se prohíbe de manera expresa que estas maniobras se realicen ocupando veredas, sendas peatonales, áreas verdes o zonas destinadas a la circulación vehicular, “salvo situaciones excepcionales expresamente autorizadas por la autoridad competente”. Según el artículo séptimo, esto aplica cuando “resulte materialmente imposible disponer de un área interna para carga y descarga, procurando en todos los casos minimizar la afectación del tránsito y la circulación peatonal”.

Por otra parte, la bancada entiende que el crecimiento comercial “debe desarrollarse de manera armónica con el departamento y la calidad de vida de quienes viven y transitan en él”. Motivo por el cual “resulta razonable” que los proyectos de construcción, ampliación o modificación “significativa” de grandes superficies, contemplen desde la etapa de planificación “un espacio propio, suficiente y seguro para realizar sus operaciones de abastecimiento”, lo cual está establecido en el artículo tercero del proyecto.

El artículo cuarto encomienda a la autoridad departamental competente determinar las dimensiones, condiciones de accesos, maniobra y otros requisitos que deberá reunir el espacio destinado a carga y descarga, de acuerdo con las características de cada emprendimiento, “procurando garantizar la seguridad vial y peatonal”.

Finalmente, el artículo sexto prevé la adecuación de los establecimientos existentes que, por sus características y posibilidades físicas, “puedan incorporar soluciones destinadas a evitar la utilización permanente de los espacios públicos”. Los procedimientos y las condiciones para implementar estas medidas se definirán mediante reglamentación.