No caben dudas de que gobierno y oposición están en una batalla de medición de fuerzas.
El gobierno seguramente sabía que tal cosa podía suceder cuando tomó la arriesgada e inédita estrategia de remitir a consideración del Parlamento una ley que, más que un conjunto normativo armónico referido a un tema específico, se trataba de un rejunte de normas –muchas de ellas muy atinadas, por cierto– cuyo único denominador común era la catalogación como de “urgente consideración”.
Creo que está saldado favorablemente el debate jurídico sobre si se puede o no, en esta orbe, usar el recurso constitucional de tal forma. Sin embargo, políticamente, estamos los ciudadanos llamados a definirlo.
Ahí radica, en mi humilde opinión, casi lo único –y pavada de tema– que debe resolverse el 27 de marzo.
Pensar que la ciudadanía está dedicando el descanso estival a leer cada uno de los 135 artículos sujetos a consideración está tan alejado de la realidad como creer que los 135 artículos son todos malos, o todos buenos.
La decisión popular se basará, entonces, mayoritariamente en los siguientes grupos: los que se definen pro o antigobierno; los que luchan por un conjunto de artículos que los favorecen o perjudican puntualmente; y finalmente unos pocos que, sin integrar uno u otro grupo (o aun integrándolo), queremos tomar posición sobre si políticamente es válida la estrategia jurídico-legislativa de catalogar como de “urgente consideración” un popurrí normativo, más allá de que la Constitución, queriéndolo o sin quererlo, lo permita (sobrarán al respecto análisis apoyados en la siempre tan célebre como incierta “voluntad del constituyente”).
Lo cierto es que ontológicamente el tema no es del todo nuevo.
Sobrada experiencia tiene el país en leyes de presupuesto y de rendición de cuentas que traspasan las fronteras de su especificidad, para ser una suerte de “oportunidad única” que permite empalmar entre gallos y medianoches cualquier cosa que el Ejecutivo necesite y que el sueño legislativo se trague en un bostezo, aunque la materia en sí nada tenga que ver con lo presupuestal, e incluso quiebren el límite temporal “que sabiamente el constituyente introdujo” respecto del período de gobierno.
Si lo que está en cuestión es validar políticamente una herramienta jurídico-legislativa, podríamos llegar a una paradoja inimaginable hasta para el profesor corneta.
Es que, increíblemente, a quien más le sirve que un mecanismo de este tipo quede validado es al Frente Amplio. ¿Por qué? Porque el Frente ya demostró que una vez validadas las herramientas las hace suyas, como lo antes mencionado de las leyes presupuestales, que después de años de prédica denunciando la inclusión de normas ajenas a la materia, le bastó llegar al gobierno para ser maestro en idéntico uso.
No resulta conveniente convalidar en términos políticos el uso abusivo de la excepcionalidad del proceso conocido como de urgente consideración.
Siendo el Frente Amplio la principal fuerza política del país, su posibilidad de ser gobierno nuevamente es muy concreta. Lo no tan certero son las mayorías parlamentarias, de las que se sirvió a piacere en sus tres gobiernos. En la encrucijada de un eventual futuro gobierno sin mayorías y con una capacidad de negociación en desuso, apelar a este mecanismo le vendría al pelo, puesto que siempre es más fácil negociar una mayoría puntual que una con aspiraciones longevas, lo que le permitiría asegurar un esquema básico de gobierno, más allá del presupuesto.
Sabido es que la actual coalición carece de experiencia en alianzas sociales y movilización popular para encarar una campaña que les permita habilitar un referéndum en el escenario recién esbozado.
Así las cosas, la validación desde el punto de vista político que el cuerpo electoral pudiera hacer del uso extensivo del mecanismo de urgente consideración, lejos de significar un golpe para la coalición de izquierda, podría significar un trampolín de incalculables dimensiones, como sucedió en 1996 con el fracaso de Tabaré Vázquez de frenar la reforma constitucional, que con el diario del lunes le significó a la izquierda un triunfo en mejor momento y con mejores condiciones.
Por el contrario, si la LUC tuviera un revés, los coaligados tendrían el amargo sabor de un revolcón a mitad de período, pero tanto ellos como todos los ciudadanos sabríamos que, a futuro, su único rival no podría legítimamente usar una de las pocas herramientas de gobernabilidad, ante la ausencia de mayorías y su notoria dificultad de construir puentes para una alianza parlamentaria durante todo un período de gobierno, o al menos buena parte de él.
Más allá de los paradojales párrafos que anteceden, en lo que a nosotros respecta, creemos que por el bien de la República y su calidad institucional democrática no resulta conveniente convalidar en términos políticos el uso abusivo de la excepcionalidad del proceso conocido como de urgente consideración.
Por eso voy a votar por el Sí, más allá de los artículos en cuestión, más allá de estar a favor o en contra del gobierno, de ser de un rebaño o del otro. Lo haré para decir políticamente que el procedimiento no es válido, ni en este ni en futuros casos, gobierne quien gobierne.
Alejandro Domostoj es abogado.