El contenido y la forma se relacionan entre sí, de manera que, si bien el contenido es determinante, la segunda puede contribuir a desplegar al primero o actuar como un freno a su pleno desarrollo. En ese caso es probable que la forma cambie para adaptarse al contenido. Esa “unidad y lucha de contrarios” determina el cambio, que puede ser para avanzar o para retroceder.

La llamada “transformación educativa” tiene un contenido esencialmente distinto a las tradiciones pedagógicas de Uruguay, signadas por la autonomía (artículo 202 de la Constitución) y la participación docente en la elaboración de planes y programas, que se realiza a través de las asambleas técnico docentes (ATD) según el artículo 70 de la Ley 18.437, con la redacción dada por el artículo 164 de la Ley 19.889.

El contenido de la “transformación”, con su definición por las competencias en detrimento de las asignaturas, así como las modificaciones en formación docente con una clara injerencia del Ministerio de Educación y Cultura, requería una forma diferente a la que le daba a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) la Ley 18.437. Por eso, una parte importante de los casi 500 artículos de la ley de urgente consideración (LUC) estaban dedicados a la educación.

Se trata de centralizar en torno al Codicen las decisiones de política educativa, eliminando los consejos y, por lo tanto, la representación docente en ellos. Se sustituyen por direcciones generales –excepto en Formación en Educación– y se “verticaliza” el sistema, generando una metodología de “ordeno y mando” que no se condice con la forma en la que los cuerpos inspectivos y las direcciones han trabajado históricamente en nuestro país, tanto en Primaria como en Secundaria y UTU. Evidentemente, eso genera un gran malestar entre docentes.

Las autoridades designadas por el gobierno critican lo que llaman “asambleísmo” para justificar los cambios introducidos por la LUC y vaticinan que así se puede trabajar de manera más ejecutiva.

Pretenden que, de esa manera, la forma se vincula mejor con el contenido, aunque la modificación legal no fue todo lo profunda que algunos de los impulsores de los cambios quisieran. Sobrevivieron las ATD, los consejeros electos por docentes y estudiantes en el Consejo de Formación en Educación, así como dos integrantes del Consejo Directivo Central electos por los y las docentes. El número de miembros del Consejo de Formación en Educación (CFE) y del Codicen es de cinco. El órgano rector tiene tres consejeros designados por el Ejecutivo, que luego designan a tres de los integrantes del CFE. Así, los y las representantes del gobierno hacen mayoría en los organismos que dirigen la ANEP.

De cualquier manera, el resultado de las elecciones previstas para docentes y estudiantes marcan una clara supremacía de las corrientes que se oponen a la transformación. Las listas sindicales para consejeros del Codicen obtuvieron 24.541 votos, mientras que en las “oficialistas” llegaron a 8.648. En la elección para el orden estudiantil la lista apoyada por las gremiales obtuvo 11.820 votos sobre 16.083 votos a listas. En tanto, en 2018 en el CFE, para consejero electo por docentes, las listas provenientes de los colectivos docentes obtuvieron 1.100 votos contra 605 de la lista 4 (actualmente oficialista).

La llamada “transformación educativa” tiene un contenido esencialmente distinto a las tradiciones pedagógicas de Uruguay, signadas por la autonomía y la participación docente.

Por otra parte, los resultados electorales de delegados para las ATD marcan una clara supremacía de las corrientes críticas respecto de la reforma en curso. Agreguemos a ello el resultado de las recientes elecciones de los Consejos Asesores y Consultivos (CAC) de los centros de Formación Docente, donde votan estudiantes, docentes y egresados; allí también los resultados han sido contundentes a favor de los candidatos que se oponen a la llamada “transformación educativa”.

Cada vez que se pudo pronunciar electoralmente, el conjunto de actores de la educación vinculada a la ANEP lo ha hecho en contra del proceso que lleva adelante la mayoría del Codicen. Eso desarma el “relato” de que quienes nos oponemos somos unos pocos que no estamos dispuestos al diálogo. Entre docentes y estudiantes no hay apoyo para los cambios que llevan adelante quienes representan al gobierno.

Como decíamos, el artículo 70 de la Ley 18.437 establece que “las ATD serán preceptivamente consultadas antes de la aprobación de planes y programas del nivel correspondiente”. Quienes impulsan la “transformación” no han tenido más remedio que convocar las asambleas, para cumplir con la formalidad de la ley. No así con el espíritu de la norma; han hecho caso omiso a las múltiples expresiones de rechazo al contenido y a la forma de la reforma, que las ATD han expresado cada vez que han sido convocadas. Como indicaremos más abajo, ni siquiera esa formalidad ha sido respetada en el caso del CFE.

Hay otro elemento de forma que considerar en este asunto: la aplicación de la Ley 18.508 “De negociación colectiva en el marco de las relaciones laborales en el sector público”. Muchas de las resoluciones que toma la mayoría del Codicen modifican las condiciones de trabajo de los y las docentes, lo que obliga a “negociar de buena fe”, facilitando los datos necesarios para que las y los delegados sindicales puedan tomar las decisiones correspondientes. No se ha producido ese proceso, lo que ha generado conflictividad. La Coordinadora de Sindicatos de la Enseñanza del Uruguay (CSEU) ha tenido que retirarse de los ámbitos bipartitos y ha convocado a reuniones tripartitas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, donde además de dicha cartera, participan la ANEP (representada por el Codicen) y la propia CSEU. En ese ámbito tampoco se han obtenido avances. En este caso no se ha cumplido con el espíritu de la ley.

Así, las formas entran en contradicción con los contenidos. Para hacer prevalecer estos últimos, los consejeros designados por el gobierno han dejado de lado el cumplimiento de las normas. Se ha avanzado para imponer la llamada transformación educativa en el CFE aprobando, contra todo criterio de seguridad normativa, las nuevas mallas curriculares, algunas de las cuales no fueron consideradas por la ATD de Formación Docente y sin tener aún los programas que corresponden a las nuevas asignaturas, lo que contradice el artículo 70 de la Ley 18.437. También sin negociar, de acuerdo a la Ley 18.508, las modificaciones laborales que implican los cambios aprobados por la mayoría del Codicen, a propuesta de la mayoría del CFE. Todos los consejeros electos hemos votado en contra de esas transformaciones, por lo que señalamos más arriba.

Si se negociara tal como plantea la ley y se respetaran los pronunciamientos de las ATD, como creo que es el espíritu de las normas, otro sería el resultado de los cambios en la educación pública no universitaria. No se respetan las formas, aun cuando se pretendió adaptarlas a las necesidades del gobierno. Es un camino muy peligroso.

Julián Mazzoni es consejero del Codicen de la ANEP, electo por el colectivo docente.