El presidente de la República ha reiterado que la ley de urgente consideración (LUC) fue parte del compromiso firmado por todos los partidos de la coalición, que es el plan de gobierno que la gente votó y que es una buena ley. En una curiosa forma de defenderla también suele decir que no ha perjudicado a nadie. Los artículos de la mal llamada “libertad financiera” son un claro ejemplo de que eso no es así. No es lo que se prometió ni lo que la gente votó. Y no sólo no solucionan ninguno de los problemas de la gente, sino que, por el contrario, generan una serie de perjuicios y riesgos que vuelven necesaria +y urgente+ su derogación.
La LUC facilita los delitos precedentes del lavado de dinero
La LUC aumentó el tope máximo para hacer pagos en efectivo de 5.000 a 120.000 dólares. Este es un claro ejemplo de algo que nunca se planteó antes de la elección. No estaba en el programa del Partido Nacional ni en el Compromiso por el País firmado por los socios de la coalición. Apareció de golpe en la LUC, de “urgencia” y sin aviso.
Parece claro que habilitar pagos en efectivo por hasta 120.000 dólares no resuelve ningún problema real de los uruguayos. Se podría sostener que 5.000 dólares era poco. Como no hay cifras mágicas, el Frente Amplio planteó durante la discusión parlamentaria aumentar el viejo tope hasta 10.000 o 15.000 dólares. Pero 120.000 dólares es algo realmente disparatado.
No lo decimos sólo nosotros. El diputado Iván Posada, del Partido Independiente, socio de la coalición de gobierno, lo advirtió cuando se votó la LUC: “Al permitir que se realicen transacciones en efectivo por 100.000 dólares, claramente se facilitan, por ejemplo, todos los delitos precedentes del lavado de activos. Sin duda esto va a significar que Uruguay asuma riesgos en esta materia [...] Por un lado, se establecen nuevas penas para el tráfico de estupefacientes y, por otro, quienes cometen delitos vinculados con dicho tráfico tienen más posibilidades de lavar los activos obtenidos de esas actividades ilícitas. Realmente, no entendemos las razones que pueden justificar [...] este nuevo límite”.
Imposible ser más claro y contundente: con la LUC se facilitan todos los delitos precedentes del lavado de dinero. No se puede decir que el gobierno no fue advertido, incluso desde su propia coalición. Pero no escuchó.
Las consecuencias negativas ya se están observando. El número de reportes de operaciones sospechosas (ROS) de entidades no financieras cayó significativamente: pasó de 149 en 2019 a 39 en 2021. El propio BCU lo advirtió el año pasado, vinculándolo con la LUC: “Dentro de las posibles causas de esa reducción significativa en la cantidad de ROS [...] pueden identificarse una eventual reducción en la percepción de riesgo como consecuencia de las disposiciones que introdujo la LUC”.
Estamos yendo a contramano del mundo. Está claro que los pagos de montos elevados en efectivo facilitan las actividades de lavado. Por eso, la tendencia global es a imponer mayores controles sobre este tipo de operaciones. El caso más reciente es el de España, que redujo el tope máximo para pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros. Acá, con la LUC, lo aumentamos de 5.000 a 120.000 dólares. ¡Insólito! ¿A quién se beneficia con esta medida?
La prometida libertad para el trabajador brilla por su ausencia
La LUC también eliminó la disposición que establecía el pago electrónico de salarios. En el discurso se hizo para dar mayor libertad. Pero también, en este caso, cabe preguntarse: ¿libertad para quién?, ¿a quién se está beneficiando?
El gobierno había prometido durante la campaña electoral “devolver a los trabajadores la libertad de elegir cómo cobrar el sueldo”. Sin embargo, lo que establece la LUC no tiene nada que ver con lo prometido: el trabajador tiene que acordar con el empleador la forma de pago del salario, y lo tiene que hacer al momento de empezar a trabajar. ¿Alguien cree que en ese momento el trabajador tiene chances de negociar algo con el empleador? No hay dudas de que será el empleador quien decidirá.
Al igual que en el caso anterior, esto no lo decimos sólo nosotros. Nuevamente, el diputado Iván Posada lo planteó claramente cuando votó en contra de este artículo de la LUC: “No se respeta lo acordado en cuanto a que la decisión del pago de nómina sea a opción del trabajador, tal como se había establecido en el Compromiso por el País”.
Está claro que la LUC no da libertad al trabajador de elegir; sin embargo, hasta el propio presidente ha repetido este argumento falso en su intento de defender la LUC.
Sin libertad de elegir, pero con mayor riesgo de informalidad laboral
La LUC deja en manos del empleador decidir cómo pagar el sueldo, con lo que también le da libertad a un mal empleador de decidir pagarles a sus trabajadores en efectivo y no ponerlos “en caja”, haciéndoles perder los beneficios de la seguridad social. Y vaya si esta pandemia dejó en claro la importancia de la cobertura del BPS, por medio del seguro de desempleo, el seguro de enfermedad y la atención de salud del Fonasa. No hay duda que un trabajador formal es un trabajador con más derechos.
La conferencia de prensa que el presidente dará en el día de hoy será una buena oportunidad para conocer por qué se insiste con todos estos argumentos falsos en el intento por defender los 135 artículos de la LUC.
¿Por qué el pago en efectivo facilita el trabajo informal? Por un lado, porque los pagos electrónicos aportan información transparente respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales: cuándo y cuánto se pagó. Si el pago es en efectivo, resulta mucho más difícil demostrar eventuales incumplimientos.
Por otro lado, el pago electrónico previsto en la Ley de Inclusión Financiera, que la LUC derogó, aumentaba significativamente el riesgo y el costo potencial que asumía un mal empleador por tener trabajadores informales, porque no se reconocía que los pagos en efectivo cancelaran las obligaciones laborales. Por tanto, de ser detectado, además de tener que pagar los aportes al BPS no efectuados, y las multas correspondientes, debía pagar nuevamente el salario abonado en efectivo.
Los efectos de estas medidas ya se están observando. Existen denuncias realizadas ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) por parte del sindicato de la construcción (SUNCA). Si esto pasa donde existen sindicatos fuertes, ¿qué podrá estar pasando donde no existe organización sindical? Además, aun en el caso en que todavía no se hubiera concretado este riesgo, su sola existencia resulta altamente negativa. Podemos imaginar la situación del trapecista al que le sacan la red de seguridad del circo, pero intentan darle confianza para que siga haciendo sus acrobacias diciéndole que todavía no se cayó ninguno de sus compañeros. ¡No es necesario esperar a ver las consecuencias, el solo riesgo es más que suficiente!
La LUC no cambia nada para los trabajadores rurales
En el intento de defensa de la LUC, también se han reiterado planteos incorrectos respecto de la situación de los trabajadores rurales y de pequeñas localidades. Se ha señalado que la LUC resolvió el problema que tenían estos trabajadores, que supuestamente debían trasladarse kilómetros para sacar la plata del sueldo del cajero. El propio presidente lo ha dicho: “Yo los invito a que vayan a Sarandí de Navarro y pregunten cuál es el cajero más cercano. Si no van, yo se los digo: en Paso de los Toros, a 60 kilómetros. ¿Saben cómo hacían? Un vecino agarraba la tarjeta de siete u ocho vecinos e iba a cobrar a Paso de los Toros. Y por eso la libertad financiera que nosotros establecimos, y de la que hablamos en todo el país, también está en la LUC”.
En este caso, fue el ministro de Trabajo que, en un intercambio en Twitter, salió recientemente al cruce de estas afirmaciones incorrectas, desmintiendo así hasta al propio presidente. Y no era para menos. Fue a iniciativa del entonces senador Mieres que, en 2016, antes de que se implementara el pago electrónico de salarios, se estableció que los trabajadores rurales y de pequeñas localidades podían seguir cobrando en efectivo. O sea, nunca estuvieron obligados a cobrar por medios electrónicos, por lo que la LUC no les cambió absolutamente nada. Si algún trabajador de Sarandí de Navarro tenía que desplazarse 60 kilómetros era porque su empleador así lo había resuelto, dado que no estaba obligado a hacerlo. Y la LUC no cambia nada al respecto. Al contrario, reafirma la libertad del empleador.
La conferencia de prensa que el presidente dará en el día de hoy será una buena oportunidad para conocer por qué se insiste con todos estos argumentos falsos en el intento por defender los 135 artículos de la LUC.
Martín Vallcorba es economista.