La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Terrorismo (Senaclaft) archivó la investigación sobre el estudio Posadas, Posadas & Vecino, informó El Observador. La secretaría no detectó “incumplimientos de la normativa de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo en los cinco años anteriores a la presente actuación que sean pasibles de una sanción”, determinó la resolución citada por el matutino. Sin embargo, se aclara que las “operaciones analizadas que pudieron estar sujetas a contralor en materia de combate al lavado de activos y financiamiento al terrorismo en su momento han sido realizadas con anterioridad al plazo de cinco años estipulado por la normativa”.

La Justicia brasileña tenía en la mira al estudio e investigaba su presunta participación en la operación de lavado de millones de dólares en el caso Lava Jato. Las operaciones se habrían realizado por intermedio de la empresa Hayley, en Montevideo, cuyo administrador era el estudio del ex ministro de Economía y Finanzas Ignacio de Posadas, informó en agosto del año pasado Sudestada.

“De los antecedentes administrativos no se desprenden incumplimientos a la normativa de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo por parte del sujeto obligado [...] que lo hagan pasible de una sanción”, determinó la resolución de la Senaclaft.

Este era uno de los casos pendientes de resolución. “No tengo ninguna duda de que no existía mérito para sancionar, y era lo que recomendaba nuestra Jurídica”, había dicho el secretario antilavado, Jorge Chediak, el lunes, en entrevista con El Observador.

Otro estudio que estaba siendo investigado era el de Juan Pedro Damiani. En marzo, la secretaría evaluó que incumplió con las normas de prevención de lavado de activos, y le comunicó al estudio que debía pagar una multa de cinco millones de pesos. Chediak dijo que ese proceso “todavía está en trámite. Son procesos largos, el debido proceso es complejo y largo, hay que dar más de una vista, para garantizar el derecho a defensa, no sólo antes de una eventual sanción sino que una vez que se decide sancionar hay que volver a dar vista para que se pueda defender”.