Este domingo 27 de setiembre se celebran las elecciones para elegir las autoridades del segundo nivel de gobierno: los 19 intendentes departamentales y los 31 ediles de cada Junta Departamental, y los representantes del tercer nivel de gobierno: los alcaldes y concejales de cada municipio. Los gobiernos municipales están integrados por cinco concejales, y el más votado del lema más votado dentro del municipio es denominado alcalde o alcaldesa, y preside ese nivel de gobierno.

Será proclamado intendente departamental el candidato más votado del lema más votado para ese cargo. El lema más votado de cada departamento se asegurará 16 ediles de los 31, es decir, la mayoría simple de su respectiva junta departamental.

Estas elecciones, que cierran el ciclo electoral que comenzó con las elecciones internas de los partidos políticos a mediados del año pasado, estaba previsto que se realizaran el 10 de mayo, pero la emergencia sanitaria por covid-19 hizo que se postergaran para este domingo.

Los candidatos del segundo nivel de gobierno, el intendente y sus cuatro suplentes, y los ediles titulares y suplentes, se presentan en una lista única, identificada por el lema del partido y un número. Por su parte, los concejales y sus suplentes se presentan en una lista más pequeña, que también está identificada por el lema del partido, y el número de lista va acompañado por la letra que identifica al municipio. Todos durarán cinco años en sus cargos.

¿Cómo se vota?

Los electores pueden votar por las dos opciones, siempre y cuando las dos listas pertenezcan al mismo lema, al mismo departamento, y la lista con los candidatos al municipio contenga la serie de la credencial del elector. Esto último es importante para que el voto en la elección municipal tenga validez. Todas las listas para este nivel de gobierno tienen detalladas las series de las credenciales válidas para ese municipio. Por ejemplo, en el Municipio A de Montevideo sólo se computarán los votos que se emitan por los inscriptos en las series BXA, BXC, BXB, BVC, BTA, BTC, BVB, BVA, BUB, BUA, BSA, BYB, BTD y BSD. Hay que chequear al ir a votar que en la lista para la elección municipal figure la serie de nuestra credencial.

Según el reglamento de la Corte Electoral para estas elecciones, el voto se anula cuando dentro del sobre hay hojas de votación de distintos lemas, si se encuentran hojas acompañadas de “objetos extraños”, si hay listas “rayadas o testadas”, si se encuentran “tres o más hojas idénticas (ya sean de la elección departamental o de la elección municipal)”, y si las listas tienen “roturas o dobleces que denoten intencionalidad por parte del elector de identificar su voto”.

No se anulará el voto si dentro del sobre se encuentran hasta dos hojas idénticas (ya sean de la elección departamental o de la municipal), pero se computará sólo un voto. Si en el sobre “aparecieran hojas de votación de la elección departamental acompañadas por hojas de votación de la elección municipal del departamento, pero pertenecientes a otra circunscripción, haya o no municipio”, en ese caso se anularán las hojas de votación de la elección municipal y se validará la departamental. Las hojas de votación con errores de imprenta tampoco serán anuladas.

Las mesas receptoras considerarán el voto como en blanco cuando no encuentren nada adentro del sobre, o cuando el sobre sólo contenga un objeto extraño sin hojas de votación.

Cabe la posibilidad de que se dé el voto en blanco parcial, cuando un sobre contenga sólo una hoja de votación de la elección departamental, sin la hoja correspondiente a la votación de la elección municipal, y al revés.

Recomendaciones sanitarias por el coronavirus

La Corte Electoral exhorta a: uso de tapabocas y alcohol en gel, mantenimiento de la distancia de dos metros entre las personas, exhibición de la Credencial Cívica sin entregarla a los miembros de la mesa receptora, y no cerrar el sobre de votación utilizando saliva.

Habrá funcionarios “facilitadores” colaborando con el cumplimento del protocolo sanitario en los locales de votación.

Elecciones obligatorias y documentos para votar

El único documento válido para votar es la credencial cívica, pero si una persona carece del documento, puede concurrir ante el circuito correspondiente y, si está registrada en el padrón, podrá votar igual. El voto es de carácter secreto y obligatorio. El horario de votación se extiende desde las 8.00 a las 19.30.

Los ciudadanos que no concurran a votar deberán justificar el motivo entre el 29 de setiembre y el 28 de octubre de 2020 o pagar la multa correspondiente, que ronda entre 1.300 y 2.500 pesos. Las personas en situación de discapacidad motriz que no tengan accesibilidad en el circuito correspondiente podrán votar en carácter de observado simple en el primer circuito de su serie electoral que sea de carácter accesible. En este caso deberán presentar la credencial cívica.