La Corte Electoral publicó un espacio vinculado a las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) que se celebran el próximo domingo 28 de noviembre. Allí se puede consultar con la credencial o la cédula quiénes están habilitados, en qué orden y en qué circuito deben votar.
En estas elecciones se eligen representantes sociales para integrar el directorio del BPS en representación de los trabajadores, de las empresas y de los jubilados y pensionistas. El directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y tres directores sociales electos por cada uno de los órdenes.
El voto es secreto y obligatorio para las personas incluidas en los padrones electorales, que se pueden consultar también en la página web. Deberán votar los jubilados y pensionistas y los trabajadores públicos y privados mayores de 18 años que estén en esa categoría al 28 de febrero de este año. Además, la página web del BPS afirma que “están incluidos quienes sin reunir los requisitos al 28/2/2021, sí lo hicieran al 31/7/2020, siempre que no estuvieren comprendidos en ninguno de los otros órdenes al 28/2/2021”.
También deberán votar las empresas contribuyentes que estén inscriptas ante el BPS al 28 de febrero y al día con el pago de sus obligaciones, sean pluripersonales o unipersonales.
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Las sanciones a los jubilados y pensionistas y a los trabajadores que no voten serán de una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales, que es de una unidad reajustable (UR), que actualmente tiene un valor de 1.362,06 pesos. En el caso de las empresas, se les aplicará una sanción de 6, 12 o 20 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes.
Consultá acá el plan circuital y el padrón electoral.