Los miembros de la Corte Electoral definieron por mayoría desestimar la denuncia presentada por el Partido Colorado contra el director en representación de los trabajadores del Banco de Previsión Social (BPS), Ramón Ruiz. El dirigente sindical había sido denunciado el 4 de abril, días después del referéndum contra 135 artículos de la ley de urgente consideración, argumentando que violó la disposición constitucional que prohíbe a directores de los entes autónomos ejecutar actos de carácter político.

Según confirmó a la diaria el ministro de la Corte Electoral Pablo Klappenbach, la decisión salió por siete votos contra dos; sólo los dos representantes del Partido Colorado votaron a favor de sancionar a Ruiz.

Los colorados, a impulso del diputado Felipe Schipani, habían planteado que Ruiz incurrió en una violación del artículo 77 de la Constitución, que prohíbe a los directores de entes autónomos “ejecutar cualquier acto público o privado de carácter político, salvo el voto”. Esto porque “participó activamente de la campaña electoral de cara al referéndum promoviendo la opción del Sí”.

Conocida la denuncia, Ruiz recibió el respaldo del PIT-CNT, así como también de otras organizaciones sociales y sindicales. No parece lógico interpretar que la Constitución “le prohíbe a un director de un ente participar en un referéndum, pero no al presidente de la República, que representa a todos los ciudadanos”, dijo la central sindical.