Ante los reiterados posteos en redes sociales de parte de legisladores con información falsa, el exfiscal de Corte Jorge Díaz planteó la necesidad de una “interpretación auténtica del artículo 112 de la Constitución”, que legisla sobre los fueros parlamentarios. Este artículo consigna que los senadores y representantes “jamás serán responsables [penalmente] por los votos y opiniones que emitan durante el desempeño de sus funciones”. Para Díaz, se debe establecer “que los legisladores no están ejerciendo su función cuando utilizan las redes sociales”, ya que “esto permitirá que sean responsables civil y penalmente por sus dichos en las redes sociales, al igual que todos los demás ciudadanos”.

Esta consideración, hecha en la red social Twitter, generó la respuesta del abogado y exrelator para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos Edison Lanza sobre las posibles alternativas legales de intervención en estas situaciones. “La inmunidad tiene fundamento en evitar [la] persecución penal de legisladores en funciones, en especial de oposición. Y Uruguay despenalizó delitos de comunicación para privilegiar el debate robusto y la circulación de información de interés público. La sociedad civil y el legislador privilegiaron la libertad de expresión, aun en el error o exceso”, argumentó.

Aunque coincidió en que “hay legisladores que abusan en redes” de esa inmunidad, para Lanza “someter a reproche penal a legisladores” es “un camino que luego no se desandará fácilmente y proliferarán los juicios contra periodistas y otros actores”. En contacto con la diaria, Lanza dijo que ese “grupito minoritario” de legisladores que abusan de sus prerrogativas no debe llevar a cambiar la normativa que protege la libertad de expresión.

Edison Lanza (archivo, junio de 2022).

Edison Lanza (archivo, junio de 2022).

Foto: Federico Gutiérrez

“Todo lo que pase sobre expresiones de difusión de interés público y debates públicos no debe ser penalizado porque tiene un efecto silenciador desproporcionado en la democracia”, enfatizó Lanza. Además, advirtió que “si un país como Uruguay, que ha tomado medidas que son vistas como un ejemplo”, que implican “no utilizar el derecho penal para sancionar expresiones vinculadas al debate político”, las restringe, “luego va a ser utilizado por países donde hay menos garantías”.

Por su parte, el abogado constitucionalista Martín Risso planteó a El País que con la legislación actual “perfectamente puede ser denunciado penalmente un legislador, no por lo que diga en la cámara [del Parlamento], pero sí por lo que publique en redes sociales”. Según Risso, “la responsabilidad de un legislador por sus opiniones en redes es igual a la de cualquier persona, no tiene ningún tipo de inmunidad”. En caso de someter a un juicio penal a un legislador, hay que pedir el desafuero: “El proceso de los fueros no se puede evitar, el pedido de desafuero está en la Constitución”, explicó, y rechazó que pueda evitarse mediante una ley interpretativa de la Constitución.

La legislación vigente

Frente a las acusaciones falsas, Lanza especificó que se puede tomar, en principio, tres medidas: la primera se basa en el derecho de rectificación y respuesta, del artículo 7 en adelante de la ley 16.099 de prensa y libertad en los medios de comunicación. En este caso, quien se haya visto perjudicado tiene “el derecho de responder a una publicación o cualesquiera otros medios de comunicación pública que le haya afectado por informaciones inexactas o agraviantes”.

En segundo lugar, “siempre en temas de interés público y no entre ciudadanos particulares, se puede realizar un juicio de responsabilidad civil”, apuntó el abogado.

En tercer lugar, “la Ley 16.099 dice que están excluidas las expresiones de la difusión de opinión e información referida a temas de interés público”, excepto que se compruebe que se actuó con malicia temeraria y recién en ese caso “podría llevarse a la esfera penal”, explicó Lanza. Para el abogado hay otras vías alternativas en los casos de abuso de la libertad de expresión, y “en un extremo donde se manifieste, identifique o pruebe una malicia temeraria” se puede hacer un juicio civil de daños y perjuicios.

“Me parece que hay muchas cosas antes para buscar una solución a este problema que ir directo al uso del derecho penal”, sentenció Lanza.

Antecedentes

En distintas oportunidades se intentó impulsar proyectos de ley que modificaran parcial o totalmente los fueros parlamentarios. En octubre de 2020 ingresó al Parlamento una iniciativa del senador del Partido Nacional Sebastián da Silva, que redactó el día que se trató el desafuero del cabildante Guido Manini Ríos y que él mismo definió como “un calco” del proyecto que el presidente Luis Lacalle Pou impulsó en 2011 y 2016, cuando era senador, y que no prosperó.

La propuesta del presidente implicaba modificar la Constitución para limitar los fueros parlamentarios de los legisladores en los casos en que “exista la presunción sumaria” de que cometieron delitos comunes, bajo el fundamento de que no se puede justificar la “existencia de inmunidades legislativas que impidan un procesamiento penal” de los parlamentarios.

En el marco de un evento que se realizó el 16 de abril de 2018 en la Intendencia de Canelones, en el que Lacalle Pou promovió el proyecto de modificación de los fueros, Díaz -por entonces fiscal de Corte- manifestó: “¿Qué razón tienen en el siglo XXI los fueros parlamentarios? Hay que eliminarlos o limitarlos, porque si no, una decisión que debe ser jurídica termina siendo política”.

Otro antecedente similar es el proyecto de ley presentado en octubre de 2018 por el senador del Frente Amplio Marcos Otheguy, en el que propuso incorporar las fake news como delito electoral. Su argumento residió en la evidencia de la “manipulación de procesos políticos a través de los medios digitales y de las redes sociales para causar desinformación, sea mediante la generación de confusión, o de fragmentar y dividir las sociedades, o de fracturar el tejido social y crear un ambiente favorable a la consecución de políticas xenófobas y racistas”.

El caso Bianchi

Lanza se refirió a los posteos de la senadora nacionalista Graciela Bianchi -por ejemplo, uno con declaraciones falsas de la periodista de la diaria Denisse Legrand- que impulsaron la discusión actual, y sostuvo que “en una democracia cada poder tiene la necesidad de revisar e identificar los abusos”. En particular, expresó que “hay una obligación y una omisión del Poder Legislativo al no llamar al orden a los legisladores que en forma permanente y contumaz hostigan en redes sociales o estigmatizan”.

Para el abogado, los legisladores tienen deberes especiales designados en materia de expresión: “Creo que hay que exigirles un deber de cuidado en cuanto a las expresiones que usan, de chequear la información que brindan, porque son líderes que tienen impacto en una cantidad de seguidores que incitan el debate público”.

Si hay un legislador que está haciendo un mal uso de su función, el Poder Legislativo “debería llamar a responsabilidad política e incluso puede terminar en un voto de censura de los legisladores”, consideró. De todas formas, destacó que “muchas veces estos legisladores quedan descalificados en el propio debate público porque atacan de forma infundada”.

Lanza cree que los organismos internacionales son “un foro importante para denunciar a altos funcionarios públicos que violentan la libertad de expresión o que hacen hostigamiento”.