El martes, la Comisión de Población y Desarrollo de la Cámara de Diputados recibió a la subsecretaria del Ministerio del Interior (MI), Gabriela Valverde, para obtener información sobre la actuación de la cartera en el caso de Jonathan Correa, el adolescente de 15 años que fue asesinado por su padre a principios de marzo de este año.

Según informaron el diputado Felipe Schipani (Partido Colorado) y la diputada Tatiana Antúnez (Frente Amplio), el MI reconoció que hubo fallas en la cartera con respecto a las actuaciones del caso para prevenir la situación. Además, la subsecretaria dio cuenta de que, además de la denuncia radicada por la UTU en 2025, hubo otra en 2023 contra el padre de Jonathan por violencia doméstica.

De acuerdo con un informe interno del MI, al que tuvo acceso la diaria, dirigido a Valverde, en ambas denuncias “no se brindaron las garantías necesarias a las víctimas, no se contemplaron los antecedentes policiales que registraba el indagado (incluyendo denuncias anteriores de violencia doméstica), no se realizó una constatación médica de las lesiones, no se registró un cambio en la titulación de la novedad de fecha 27/11/2025 [la denuncia de UTU], y el procedimiento de la unidad especializada en cuanto a la actuación y el control no fue suficiente”.

El informe detalla que la denuncia radicada en 2023, titulada como violencia doméstica y de género, tuvo como víctima a la madre de Jonathan y al padre como indagado. Los elementos que se desprenden de esa denuncia es que el padre consumía drogas “todos los días”, lo que causaba que se pusiera “agresivo”. A su vez, además de la violencia ejercida contra la madre, la denuncia también da cuenta de agresiones a Jonathan, quien en ese momento tenía 12 años.

De estas manifestaciones, el informe apunta que se pueden observar los siguientes puntos: “descripción del indagado como agresivo, violento, consumidor de drogas; reiteración de los hechos de violencia y agresiones físicas; lesiones visibles de la víctima; surge como víctima Jonathan Correa; se desconoce ubicación del indagado; indagado con antecedentes; solicitud de medidas cautelares”.

Además de la denuncia, también surge “una ampliación que genera el informe de actuación” por parte de la comisaría especializada de violencia de género, en la que “luce la comunicación a la justicia competente y la resolución dictada por la misma”. El proceso que se siguió en este caso fue el informe de actuación, se pasó al ámbito judicial, cuya resolución fue “citar, indagar y volver a enterar”. “A posterior del informe de actuación se puede observar en la novedad que no se realizaron otras actuaciones acorde a la resolución judicial dispuesta”, señalan.

Por otro lado, en cuanto a la denuncia de 2025 que se tituló como “averiguación situación de menor y/o personas mayores o con discapacidad”, radicada el 27 de noviembre por la UTU de Flor de Maroñas, se desprende que, “si bien se registró un error” en la seccional en cuanto a la titulación, y en la resolución judicial se dispuso que el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay “aguarde” situación, “se evidencia que, una vez derivada la novedad” a la comisaría, se hizo un informe de actuación en el que se ingresó una ficha por violencia doméstica con el nombre de Jonathan “sin registros de mayores datos”. Al igual que la otra denuncia, tampoco “se observaron otras actuaciones”.

Desde el Poder Judicial habían informado a la diaria que consta en un acta del juzgado que en noviembre de 2025 la jueza de Familia a cargo del caso, Rossana Re Fraschini, dispuso que el INAU “aborde” la situación –no que “aguarde”–, se dé cuenta a Fiscalía y se eleven antecedentes.

El informe del MI indica que “se define la falta de acciones policiales acordes a la normativa vigente y los protocolos de actuaciones en materia de violencia doméstica y género, para abordar los casos denunciados en ambas novedades registradas”.

Desde el MI, apuntaron que en el análisis de la denuncia de 2023 se detectó “la omisión de cumplimiento de una orden judicial: ‘citar, indagar y volver a enterar’, dejando entrever una supervisión insuficiente por parte del oficial de Policía” a cargo de la comisaría especializada, responsable de supervisar las novedades que allí se ingresan y del personal bajo su mando”. En ese sentido, en la denuncia de 2025 “se detecta nuevamente una supervisión insuficiente por parte del oficial de Policía” a cargo de la misma comisaría especializada.

La cartera informó que “se podría haber subsanado el error del título” de la denuncia de 2025, ya que “al encontrarse de esta forma titulada se trataría de un hecho policial que no tiene impacto en el Sistema de Información del Proceso Penal Acusatorio de Uruguay de Fiscalía”. De todas formas, aclara el informe, “se hace la salvedad de que se realizó la comunicación a la órbita judicial del caso”.