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Salud Políticas de salud
Archivo, 2024 · Foto: Ernesto Ryan

Archivo, 2024

Foto: Ernesto Ryan

Casmu: el Senado aprobó el acceso al Fondo de Garantía

El artículo aprobado por unanimidad dispone el acceso al fondo para la reestructuración de pasivos, por la suma de hasta unos 120 millones de dólares.

Este martes, tras una discusión que duró varias horas de la tarde y puntos del proyecto que serán remitidos a la Cámara de Diputados sin haber encontrado consensos, la Cámara de Senadores aprobó el acceso al Fondo de Garantía para el Casmu, a dos semanas de haber aprobado la extensión de la intervención por dos años más.

En la jornada de la cámara alta, al igual que el lunes en la Comisión de Hacienda integrada con Salud Pública, la discusión se centró en requisitos que el Poder Ejecutivo planteó a futuro para las elecciones de las próximas autoridades de la mutualista.

En principio, el artículo aprobado por unanimidad dispone el acceso al fondo para la reestructuración de pasivos, por la suma de hasta 742.543.719 unidades indexadas (unos 120 millones de dólares).

El segundo artículo, que establece que “los planes deberán incorporar programas de reestructuración de la situación económico-financiera, de los aspectos administrativos y funcionales y de la gobernanza de las instituciones, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación”, se aprobó con la amplia mayoría de los votos, pero ya no por unanimidad.

El tercer artículo establece que, “a efectos de lograr una adecuada protección del interés público comprometido mediante las garantías otorgadas al amparo de la presente ley”, las mutualistas que accedan a una garantía “deberán asegurar que quienes integren sus órganos de dirección, administración y conducción ejecutiva deben poseer idoneidad y experiencia adecuadas para el ejercicio de sus funciones, reunir condiciones de honorabilidad e integridad, no mantener conflictos de interés que resulten incompatibles con el adecuado ejercicio de sus funciones, no encontrarse comprendidos en inhabilitaciones legales para el ejercicio del cargo, asumir el compromiso de conducir la institución conforme al plan de reestructura aprobado para el otorgamiento de la garantía y las modificaciones posteriormente aprobadas por el Poder Ejecutivo, de forma de contribuir a la sostenibilidad económico-financiera de la institución y a la capacidad de repago de las obligaciones garantizadas”.

Durante todo el período de vigencia de la garantía, la designación de los integrantes de los consejos directivos u órganos de dirección, de la gerencia general, del director técnico, del gerente administrativo y financiero y de quienes ejerzan funciones ejecutivas equivalentes estará sujeta a la “no objeción previa del Ministerio de Salud Pública [MSP] y del Ministerio de Economía y Finanzas [MEF]”. El texto aclara que toda objeción deberá ser fundada y referirse exclusivamente al incumplimiento de las condiciones previstas en el artículo.

Por otra parte, el artículo plantea que cuando la integración de los consejos directivos u órganos de dirección se realice mediante procedimientos electorales, “la no objeción prevista en el inciso anterior será sustituida por la obligación de quienes se postulen como candidatos a dichos cargos de presentar, con carácter previo a la oficialización de sus candidaturas, una declaración jurada en la que manifiesten cumplir las condiciones establecidas para asumir el cargo”.

El MSP y el MEF deberán expedirse respecto de la no objeción prevista en el inciso segundo dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la presentación completa de la solicitud. La falta de pronunciamiento expreso dentro de dicho plazo determinará la no objeción. Además, ambas carteras podrán verificar, en cualquier momento durante el período de vigencia de la garantía, el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo.

Sobre este último artículo, en diálogo con la diaria, el senador oficialista Daniel Borbonet dijo que “era el más importante” porque cuando solicitan acceder al fondo, “se trata de plata, que en 2024 fueron 56 millones de dólares dados sin exigencia; en 2025 se les exigió una reestructura financiera que mostrara las cuentas”, y en 2026, “entendemos que esto es un paso más, con la experiencia de los años anteriores y ante la existencia del mismo problema, entendíamos que había que poner exigencias”, dijo, en referencia a los requisitos que plantea el artículo sobre la no objeción de los ministerios y la declaración jurada.

“Por distintos motivos no pudimos llegar a un consenso, buscamos asesoramiento en más de un equipo de abogados que nos plantearon que iba en línea con la Constitución y que estaba correctamente planteado”, explicó. “Esperamos que en Diputados se apruebe”, dijo el senador.

La propuesta generó reacciones en la oposición. Un caso fue el senador nacionalista Sergio Botana, que expresó durante la discusión del proyecto: “Nunca pensé que el Frente Amplio nos iba a proponer algo como esto”.

Además, propuso un aditivo que establece que, “en el caso de liquidaciones de instituciones con distribución de socios, que cada una que reciba socios asuma la proporción de la deuda que corresponda con el fondo de garantía en proporción, lo mismo para los trabajadores. Esos contratos deben estar firmados antes de que empiecen a recibir las cuotas de los nuevos asociados”.