Desde mayo de 2016, la Comisión de Legislación del Trabajo estudia un proyecto de ley que busca prohibir los procesos de tercerización y revertir el vínculo de los que actualmente trabajan bajo este mecanismo, que reproduce la inestabilidad laboral, salarios de menores niveles, variabilidad en los ingresos, mayor propensión a riesgos para la salud y el no reconocimiento de sus pares. El lunes 11, en la sala Acuña de Figueroa del Palacio Legislativo, la Comisión de Trabajadores Tercerizados del PIT-CNT convocó a “atender de forma inmediata los problemas que tienen que vivir los trabajadores del sector” y a sumar el proyecto mencionado a los que se prevé aprobar “antes de fin de año”.

La actividad del lunes buscó “generar conciencia sobre las condiciones de trabajo de los trabajadores que realizan tareas en forma precarizada tanto en el Estado como en el ámbito privado”, dijo el diputado Luis Puig, quien presentó el proyecto de destercerización ante la Comisión de Legislación del Trabajo y además, al abrir el evento, hizo hincapié en las “permanentes violaciones de las empresas tercerizadas en cuanto a condiciones de trabajo, remuneraciones salariales y la forma en que desarrollan la actividad”.

Fernanda Aguirre, responsable de la Secretaría de Derechos Humanos e integrante del Secretariado Ejecutivo del PIT-CNT, dijo que la tercerización es “uno de los muchos mecanismos perversos para recortar los derechos que hemos conquistado en los últimos tiempos”. Puso como ejemplo el hecho de que bajo este tipo de contratación son más frecuentes los accidentes laborales, las evasiones de las responsabilidades de la patronal en el vínculo laboral y la precarización en la condición laboral, tanto en lo remunerativo como en las condiciones de trabajo, en particular las relacionadas con la salud y la seguridad.

Por su parte, un integrante de la Comisión de Trabajadores Tercerizados de la central, Ricardo Álvarez, sostuvo que el objetivo de este tipo de contratos es la reducción de costos y “obviarle a la organización empresarial la adquisición de una correcta infraestructura propia”. En línea con Aguirre, hizo referencia a la “naturaleza regresiva del proceso”: “inestabilidad laboral, salarios de hambre, variabilidad en los ingresos, persecución a la organización sindical, violación a los derechos laborales, inequidad, riesgo sanitario, violación de las normas de seguridad laboral, indefensión total de los trabajadores frente a los intereses, caprichos y directrices de los contratantes y el no reconocimiento de sus pares como trabajadores de pleno derecho”, enumeró. También puso sobre la mesa el efecto sobre la autoestima de estos asalariados, que, fruto de lo anterior y de ser considerados “trabajadores de segunda categoría tanto por el contratante como por los compañeros”, tienden a verse como “material de descarte”.

En tanto, el diputado emepepista Daniel Placeres Daniel Placeres, integrante de la comisión que estudia el tema, dijo que se trata de “un disparador como proyecto de cambio cultural” y que hoy la tercerización “no tiene razón de ser”. No obstante, Puig resaltó que “las leyes de protección que se han logrado son producto de la movilización de los propios trabajadores”, por lo que, al igual que sucedió con la Ley de Responsabilidad Penal del Empleador y con “otras conquistas de los trabajadores”, es probable que se necesite un debate social producto de la manifestación sindical, previa aprobación del proyecto.

Incontables

La tercerización laboral corta de forma transversal a toda la clase trabajadora, pero según dijo a la diaria Marcelo Recalde, que también integra la Comisión de Trabajo Tercerizado del PIT-CNT, resulta “difícil” identificar cuántos trabajadores desempeñan tareas bajo este tipo de vínculo.

En el ámbito público, un relevamiento que la comisión y el Instituto Cuesta Duarte, por intermedio de la Ley de Acceso a la Información Pública, hicieron entre la administración, los entes autónomos y servicios descentralizados acerca de su gestión a nivel de la tercerización laboral, mostró que “el Estado terceriza prácticamente toda su estructura, pero no tiene ni una evaluación, ni un seguimiento sobre eso”, dijo Recalde, quien consideró que se trata de “un tema grave”. “No se sabe cuánto se gasta ni con cuántos trabajadores se cuenta; es algo realmente escandaloso”, señaló. Estimó que los funcionarios tercerizados en la órbita estatal son aproximadamente 100.000 de los 280.000 contratados en todas las ramas de la actividad.

En el ámbito privado resulta más complejo hacer estimaciones. Recalde sostuvo que “es casi nulo el acceso a la información, salvo la que tenemos como trabajadores dentro de las empresas”. Dijo que “al día de hoy no hay ninguna empresa que tenga 100% de trabajadores ‘propios’ [dentro de su plantilla]”, y que en función de los estados contables públicos de algunas de las de mayor tamaño, “debería haber al menos unos 90.000 trabajadores [tercerizados]”, calculó, al tiempo que advirtió de la variabilidad en virtud de las zafras y de otras dinámicas del mercado de trabajo.

El proyecto

El proyecto de ley fue presentado oficialmente el lunes, pero ingresó al Poder Legislativo a instancias de Puig el 28 de abril de 2016, después de tres intentos de regulación que “no obtuvieron el resultado esperado”. Este explica que la “naturaleza” del mecanismo tiende a provocar situaciones de precarización en el empleo, que “afectan el principio de estabilidad laboral y el pago de retribuciones justas”, y que dan paso a la “fragmentación” y el “debilitamiento” de las organizaciones sindicales. En su primer artículo define como tercerización “todo proceso que implique la separación para su ejecución, de tareas que tengan la calidad de permanentes en una empresa o entidad productiva tanto pública como privada”.

El segundo artículo prohíbe los procesos de tercerización y, como consecuencia, la realización de subcontrataciones de “obras, servicios o actividades” con “calidad de permanentes” dentro del proceso productivo de la empresa o entidad productiva, ya sean estos “inherentes o complementarios” al giro principal del emprendimiento. Tampoco podrán utilizarse las modalidades contractuales de suministro de mano de obra ni de servicios, así como “cualquier forma de intermediación laboral”.

Así, el cuarto artículo declara nula toda tercerización según los términos de la legislación y establece que los trabajadores reincorporados por medio de esta declaración sean integrados a la estructura de la organización de manera inmediata, con un plazo de dos años.

Otros artículos se adelantan a posibles excepciones y advierten que la distribución estará comprendida dentro de la ley. Por otra parte, se veda la utilización de cualquier forma jurídica que “tienda a encubrir la existencia de una relación de dependencia bajo apariencia empresarial”.

En la exposición de motivos, se reconoce que se pueden crear “brechas” que será necesario cubrir, “so pena de impedir la renovación y evolución que se hace necesario acompañen a las actualizaciones requeridas por las unidades de producción”. En relación con este punto –y especialmente dentro del Estado–, establece que “se deberán adecuar estructuras de capacitación y contratación de recursos humanos de manera rápida y a distinta velocidad que el resto del cuerpo funcionarial”.

Crear el registro

Otro proyecto en la línea del mencionado y en estudio desde octubre de 2016 por la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, impulsado por los legisladores oficialistas Placeres, Puig y Gerardo Núñez, se propone crear un registro de aquellas empresas que han violado los derechos y libertades sindicales de los trabajadores, previa constatación ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos de que la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado les aplique sanciones.

En la misma dirección apunta el proyecto de ley que crea un Fondo de Garantías Laborales ante insolvencia patronal, que cubra con aportes no significativos y mensuales de las empresas los créditos de los trabajadores eventualmente afectados.