En estos 20 años recorridos por la diaria, fueron varios los cambios ocurridos en el mundo del trabajo y los impactos que tuvieron en el empleo, el salario, las categorías, las condiciones y las relaciones laborales.

De esas transformaciones, la diaria habló con Hugo Barretto, subsecretario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Por su dilatada trayectoria, es una de las voces con mayor experiencia en materia laboral, habiéndose desempeñado como abogado y asesor. Es profesor titular grado 5 de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Universidad de la República (Udelar) y tiene una destacada trayectoria como consultor externo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En el primer gobierno del Frente Amplio, en 2005, Barretto estaba desarrollando tareas de docencia y asesoramiento en organizaciones sindicales. Recordó que durante el primer año de gobierno de Tabaré Vázquez fue además asesor parlamentario. Acerca de esa etapa, destacó que “fue muy intenso el trabajo, porque había un programa de desarrollo de lo que fue el tercer impulso y reforma laboral en Uruguay, y por lo tanto, un conjunto importante de modificaciones y transformaciones que se hicieron en ese gobierno, pero que todas ellas tuvieron diversas instancias parlamentarias”.

De los avances y cambios concretados desde esa época, expresó que en Uruguay hubo previamente tres instancias de la historia social del trabajo, desde lo normativo. Señaló que la primera tiene que ver con que Uruguay “fue pionero en materia de derecho social, por el impulso del llamado primer batllismo”, y que como segunda etapa, “hubo un periodo prolongado de crisis, conocido como la segunda reforma laboral. Fue el intento de aplicación del modelo neoliberal, en los años 90, que significaba el retiro del Estado de la gestión laboral, en particular a través de la falta de convocatoria a los Consejos de Salarios, la facilitación de la flexibilización laboral y de las tercerizaciones sin ninguna regulación”.

“No convocar a los Consejos de Salarios debilitó muchísimo la negociación colectiva y las organizaciones sindicales se vieron sustantivamente debilitadas”, recordó Barreto, una decisión que se extendió desde la década de los años 90 hasta 2005, siendo modificada por el Frente Amplio. Dijo que desde ese 2005, “lo que revestía mayor urgencia era reconstituir ese espacio de diálogo social, de democracia y negociación colectiva, a nivel de los Consejos de Salarios”, y destacó que, según una ley de 1943, el Poder Ejecutivo era el que convocaba los Consejos de Salarios, pero dependiendo de la orientación del mismo, si se convocaba o no. Incluso eso motivó una queja por parte del PIT-CNT ante la OIT.

En el 2006 se aprobó la ley de protección y promoción de la libertad sindical, indicó Barreto, y que antes de esa ley los trabajadores que participaban sindicalmente de paros y manifestaciones podían ser despedidos. Sobre esta normativa, recalcó que “con esa ley existió un cambio, y se impuso que si el despido del empleador era motivado por interpretar una actitud antisindical, el trabajador pudiera ser reintegrado”. “Con leyes como esa, se sentaron las bases de un sistema de relaciones colectivas en clave más participativa, y con fundamento en la libertad sindical y en la negociación colectiva”, manifestó.

Reconocimiento de las diversidades en el mundo del trabajo

En 2009, el subsecretario consideró que otro punto clave sobre la negociación, el diálogo social y el fortalecimiento de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores fue la ley de negociación colectiva y reforma de los Consejos de Salarios, y que esto tuvo dos ejes centrales.

Explicó que primero se abrió la convocatoria a los Consejos de Salarios, “no solamente a la potestad única del Poder Ejecutivo que convocaba o no, sino que se decidió que el Poder Ejecutivo puede convocar de oficio, pero también debería hacerlo si lo solicitan los actores sociales”.

El otro elemento agregado fue la consideración de ciertos contenidos de la negociación colectiva en Consejos de Salarios, ya que se tuvo en cuenta no solamente la fijación de salario mínimo por categoría y rama de actividad, sino que se comenzó a negociar condiciones de trabajo (licencias especiales, horarios, turnos y demás) y la negociación de incrementos salariales porcentuales de trabajadores que tienen retribuciones superiores a los mínimos.

Otra normativa que destaca Barreto, en ese 2009, es la Ley 18.572, que dio creación a un proceso judicial autónomo para el reclamo de créditos laborales (antes se aplicaba el proceso civil común). En este tema, resaltó que “la reforma fue importante, ya que el proceso común que se aplicaba no reconocía las particularidades que tienen los juicios laborales, en los cuales se requiere contemplar las desigualdades fácticas del trabajador, por mecanismos de ‘desigualdad compensatoria’, que diera cuenta de que el empleado que enfrenta un proceso no se encuentra en paridad con el empleador”.

Acerca de los cambios en el mundo laboral, desde 2010 en adelante, sostuvo que “en el periodo de la presidencia de José Mujica, no es que se haya dejado de lado ese impulso transformador de los cinco primeros años de Tabaré Vázquez, pero tuvo otras características” y que “se enfocó hacia cuestiones vinculadas a la igualdad de género, al enfoque no discriminatorio, al reconocimiento de las diversidades en el mundo del trabajo y la defensa del trabajador frente a situaciones de acoso y violencia en el empleo. Entre 2015 y 2020, en el segundo periodo de Tabaré Vázquez, Barretto sostuvo que “se intentó transitar un camino que no finalizó del todo en su aplicación, como es la política de cuidados y el derecho al cuidado”.

El decreto de ocupaciones de 2020

Para el periodo entre 2020 y 2025, con el gobierno de la coalición conformada por el Partido Nacional, el Partido Colorado, Cabildo Abierto y el Partido Independiente, señaló que “hay que reconocer con total claridad que tuvo distintas características a lo conocido en los años 90. La diferencia clave fue que mantuvo la convocatoria a los Consejos de Salarios”. Sobre esto, acotó que “es la llave en Uruguay. La de un modelo reconocedor de la negociación colectiva y la libertad sindical, o la de un modelo neoliberal. La clave es cuál es el papel del Estado. Si es retirarse y dejar al albur del mercado lo que ocurra en materia laboral, o si es promover la negociación colectiva a través de los Consejos de Salarios, dejando espacio a la autonomía de las organizaciones sindicales y las cámaras empresariales”.

En los pasados cinco años, recordó que el gobierno de coalición legisló en materia de huelga, y eso lo hizo a través de la ley de urgente consideración (LUC), lo cual tuvo observaciones y críticas del Frente Amplio, que realizó intentos para dejar sin efecto la norma. Luego, dijo que ese gobierno “profundizó la regulación de la huelga a partir de un decreto sobre ocupaciones del año 2020”.

Con relación a este punto, sostuvo que “eso fue de manera contradictoria, incluso a la propia LUC. Es decir, lo que hace el decreto es provocar que, si existe una ocupación, se produzca la desocupación por la fuerza pública, aun cuando los trabajadores ocupantes pudieran estar permitiendo el acceso a los no huelguistas. Eso era parte de la crítica que se le hacía al ejercicio de la ocupación antes de la LUC. El decreto, desde ese punto de vista, para mí es ilegal aún respecto de la LUC”.

Afirmó que, en síntesis, en el periodo 2020–2025, hubo un gobierno “con un mayor control del conflicto a través del decreto 281 del año 2020, continuidad al mantener los Consejos de Salarios y una marca, con una carga ideológica, de que las normas sobre la ley sobre trabajo en plataformas y la ley de teletrabajo consagran espacios amplios de regulación laboral”.

En ese recorrido de los últimos 20 años, la tecnología ha jugado un papel tan central como vertiginoso. Sobre esto, el subsecretario consideró que “es una transformación importante que fue atravesando un proceso paulatino, y que depende de los sectores, y que es no uniforme”. Al respecto, expresó que la OIT optó en 2023 por adoptar un convenio internacional sobre el trabajo en plataformas.

Explicó que ese proceso está aún en trámite, que tuvo una primera discusión en 2025, pero que se resolverá en la próxima conferencia internacional del trabajo, en junio. Hay un proyecto de convenio y recomendación internacional del trabajo, y la señal que se da desde el mundo de las políticas laborales es que esos fenómenos de trabajo en empresas que utilizan plataformas tienen una necesidad, no de revisar y hacer una legislación especial, pero sí de adaptar dispositivos, tal cual se presta el trabajo en plataformas. Esto no significa, desde mi punto de vista, una absoluta sustitución ni la creación de una normativa abarcadora de los aspectos del trabajo realizado bajo esas condiciones”.

Con relación a la conflictividad y a su progresión desde 2005 hasta la actualidad, sostuvo que “hay que desdramatizar la conflictividad. Todas las relaciones personales individuales y colectivas son conflictivas. El conflicto hace parte de reconocer que somos distintos. Del conflicto surgen muchos progresos. El conflicto es natural, y es bueno reconocerlo, porque la ausencia de conflicto es cuando muy probablemente se está silenciando a alguien, y cuidado cuando alguien es silenciado”.

En línea con eso, aclaro que “no estoy haciendo una apología de que las relaciones laborales deban ser una aquelarde. No debe ser de esa manera. El conflicto debe encontrar instancias de diálogo y composición, que es lo que debe hacer el Ministerio de Trabajo. En el Parlamento nos imputan, en diversas ocasiones, que el ministerio no da solución a los conflictos. El ministerio no puede imponer soluciones. Debe mediar y conciliar, una y otra vez”.

En cuanto a la evolución de otros temas, tales como la siniestralidad, expresó que “es ciertamente un problema, y es inadmisible que hoy una persona vaya a trabajar y no regrese a su casa, ya sea por un siniestro muy grave o hasta por un accidente mortal. Es un problema que preocupa, pero que también ocupa al Ministerio de Trabajo como parte de sus políticas laborales. Por eso en 2025 se presentó el “Compromiso por la vida, la salud y la seguridad en el trabajo”.