Entre siete y 30 días de prestación de trabajo comunitario se concentran las penas establecidas en la Ley de Faltas y Conservación y Cuidados de los Espacios Públicos (19.120). Los delitos penados son varios y de diversa índole. Provocación o participación en situaciones de desorden en un espectáculo público; agraviar a una autoridad o no prestarle auxilio “en caso de incendio, naufragio, inundación u otra calamidad pública”; venta no autorizada de entradas en espectáculos públicos; abuso de alcohol o estupefacientes en lugares públicos; instigar a niños a mendigar; solicitar dinero o cualquier otro bien mediante actitudes coactivas o de acoso; facilitar el juego de azar tanto en lugares públicos como en círculos privados; arrojar basura en lugares no habilitados; ejercer vandalismo contra los depósitos de basura, ya sea deteriorándolos, rompiéndolos o provocando incendios; participar en carreras vehiculares en carreteras, calles, vías de tránsito en general y en sitios no autorizados; conducir sin haber obtenido el permiso correspondiente, o si éste fue suspendido o cancelado; manejar “en estado grave de embriaguez con niveles de alcohol en la sangre superiores a 1,2 gramos por litro”; conducir un vehículo motorizado al doble de la velocidad máxima permitida; circular en moto sin el casco reglamentario; omisión de “medidas adecuadas en defensa de las personas y de las propiedades” por parte de un director de obra; disparar armas de fuego en espacios públicos; realizar actos de deterioro en bienes en el ámbito público o en sus instalaciones como muebles o inmuebles, monumentos, señalizaciones de tránsito, semáforos, etcétera; defecar u orinar en la vía pública, fuera de las instalaciones destinadas para tal fin.

Muchas de estas acciones, que ocurren diariamente en distintas ciudades de Uruguay, son actos penalizados por la Ley de Faltas. Algunas son sancionadas por considerarse a los espacios públicos “lugares de convivencia, civismo y disfrute”, y donde todos pueden “desarrollar en libertad sus actividades preservando su libre circulación, ocio, encuentro y recreo, con respecto a la dignidad y a los derechos de los individuos”.

La pena que se aplica es trabajo comunitario, y consiste en la prestación de servicios que estén acorde a las posibilidades físicas y mentales de la persona en falta. Además, en la medida de lo posible, el trabajo “deberá estar relacionado con la falta cometida”, cita la norma. El régimen de trabajo será de dos horas por día, y en el caso de que el condenado no lo cumpla le corresponde un día de prisión por cada día de trabajo comunitario no cumplido.

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La doctora Sandra Alonso, directora de la unidad especializada de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA), quien ayer estaba al frente del Primer Encuentro Nacional de Oficiales de Enlace por la Ley de Faltas, detalló la situación hasta ahora. “Ayer [por el lunes] cerramos con 111 personas penadas en todo el país, contando desde el 7 de setiembre, cuando entró en vigencia la ley: 98 son hombres y sólo tres mujeres; una mujer en Maldonado, otra en Canelones y otra en Tacuarembó”, desglosó. El departamento fernandino es el que más acumula personas sancionadas por esta ley, 25 en total. Allí están desarrollando tareas comunitarias en la división de Gestión Ambiental de la comuna.

Luego agregó que del total, 60 personas fueron sancionadas por conducir con alcohol en la sangre. Remarcó que por decreto el mínimo establecido en Uruguay es de 0,3 gramos por litro de sangre, y que la Ley de Faltas sólo sanciona con trabajo comunitario a partir de 1,2. Aclaró que la sanción que se produce a partir de la aplicación de la ley corre por caminos distintos a la administrativa que, por ejemplo, puede determinar que se retire la libreta de conducir por un período de tiempo determinado en forma preventiva. Es decir que la persona puede resultar doblemente sancionada. Esto fue cuestionado por algunos jueces, que llegaron a presentar recursos de inconstitucionalidad contra la normativa, puesto que la persona recibe dos sanciones por un mismo hecho. Además, hay quienes consideran el trabajo comunitario como forzoso.

Intermediarios

Alonso, formada en Criminología y especializada en Derecho Penal, explicó que la OSLA tiene como competencia la instrumentación y coordinación de la ejecución de las sentencias por la Ley de Faltas. Para ello en cada departamento hay un oficial de enlace designado con el fin de que se ejecute la sentencia. Éste posibilita el acceso a la documentación de la oficina y se entrevista con la persona que cometió la infracción. A partir de los datos que obtiene, un grupo de técnicos determina la tarea comunitaria que el involucrado realizará, ya sea en hospitales, escuelas, liceos, intendencias u otros organismos. En la institución designada deberá haber un encargado de controlar la asistencia diaria. Cabe señalar que algunos jueces permiten la acumulación de horas de manera de que la pena se cumpla en menor cantidad de días, mientras que otros no, por lo que deben respetarse las dos horas por día de trabajo.

Ayer los oficiales de enlace pusieron en común sus experiencias hasta el momento, principalmente los que ya han recibido sentencias para ejecutar, y presentaron alternativas de convenios para implementar en los distintos departamentos donde el trabajo comunitario sea requerido. Antes de comenzar el encuentro se les entregó una carpeta con material de apoyo para la discusión. Mientras varios lo ojeaban y comentaban sentirse en su época de estudiantes, uno exclamó: “¡Hay una prueba escrita al final!”. Enseguida le preguntó a su compañero de la derecha: “¿Estás preparado psicológicamente para hacerla?”.

En relación a la cantidad de trabajo esperado, la directora de la unidad especializada indicó que en cada departamento se decidirá si van a tener un oficial o más para la tarea, puesto que existen localidades muy distantes y “es imposible estar en todos los lugares para hacer las entrevistas” de control. En Canelones, por ejemplo, hay representantes en cada una de las localidades donde hay Juzgados de Paz departamentales. “Esto nos permite acelerar los procesos de intervención. En los demás departamentos también puede ser favorable tener representantes en todas las localidades”, puntualizó Alonso.