El número de víctimas que investiga la causa de explotación sexual denominada Operación Océano ascendió a 19, luego de que una institución denunciara un nuevo caso ante la Justicia, según informó El Observador y confirmó la diaria con fuentes de Fiscalía.
La víctima, que ahora es mayor de edad, declaró el lunes ante la fiscal especializada en Delitos Sexuales Darviña Viera, y habría involucrado a tres de los imputados en la causa.
En tanto, la jueza penal de 33º Turno, Adriana de los Santos, deberá resolver sobre un escrito presentado por los abogados de 11 imputados en el que reclaman haber tenido un acceso fragmentado a la carpeta de investigación, cuando la reserva de la causa fue levantada a mediados de agosto.
Las defensas que suscribieron el escrito sostienen que no tuvieron acceso a evidencia clave en la argumentación de la Fiscalía para proceder a la formalización de sus clientes, entre ellas los resultados de las pericias de los celulares y los contenidos vertidos en las plataformas utilizadas, por lo que entienden que no están dadas las condiciones para preparar adecuadamente la defensa.
Además, reclaman que pidieron la información sobre la forma en la que accedieron las víctimas a las plataformas y el envío de un oficio al Banco Central del Uruguay para que informe los movimientos de las cuentas bancarias de la víctima que sería interrogada en la audiencia del 8 de octubre, que no fue respondido.
Fuentes judiciales señalaron a la diaria que De los Santos definirá este miércoles si suspende o no la audiencia del 8 de octubre, considerando, entre otros argumentos, que el imputado que se encuentra con prisión preventiva no podría ser conducido a la sede debido al foco de coronavirus que afectó al sistema de traslados desde el establecimiento carcelario.
Según señalaron, otro de los aspectos que fue planteado a la jueza por uno de los abogados es la imposibilidad de cumplir con los protocolos planteados por el Ministerio de Salud Pública, dado que la audiencia reunirá a unas 100 personas, entre los 31 imputados, las víctimas que participan en el proceso y sus abogados, además de los representantes de la fiscalía y el Poder Judicial.
En la audiencia fijada para la mañana del jueves estaba previsto acordar las condiciones para tomar declaración a una de las víctimas, que pidió esa instancia como prueba anticipada.
Tribunal de Apelaciones ratificó dos resoluciones de primera instancia
En las últimas horas se conocieron otros dos fallos del Tribunal de Apelaciones de 1º Turno que dan la razón a la fiscal Viera y su equipo, integrado por Fulvia Favretto y Giuliana Realini.
El Tribunal, integrado por Alberto Reyes, Sergio Torres y Graciela Gatti, ratificó el fallo de primera instancia en cuanto a la aplicación de la Ley 19.580 de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género, que habilita a recabar como prueba anticipada el testimonio de las víctimas.
Tal como se expresó en anteriores sentencias vinculadas al caso, el tribunal rechazó el argumento de parte de las defensas que consideran que el caso no debe enmarcarse en la ley de violencia de género y consideró que “claramente involucra un supuesto de violencia de género”. Además, el cuerpo agregó que “para interpretar e integrar las disposiciones de dicha ley se establece que el interés que debe siempre prevalecer es el de la víctima”.
En otra sentencia emitida en las últimas horas, el tribunal ratificó la imputación de uno de los formalizados, de iniciales ROC, cuya defensa había apelado la tipificación de reiterados delitos de retribución a personas menores de edad para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo en reiteración real con reiterados delitos previstos en el artículo 277 bis del Código Penal. Ese artículo establece penas para quienes, mediante el uso de tecnologías de la información, “establezcan contacto o ejerzan influencia sobre menores de edad para cometer cualquier delito contra su integridad sexual, actos con connotaciones sexuales, obtener material pornográfico u obligarlo a hacer o no hacer algo en contra de su voluntad”.
A todo esto, la Fiscalía continúa avanzando en conversaciones con algunas de las defensas que analizan la posibilidad de alcanzar un juicio abreviado, tal como concretó uno de los imputados, que admitió ser responsable de un delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad para cometer actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, y un delito previsto en el artículo 277 bis del Código Penal.
Ese acuerdo, para el que se consideró el hecho de que el victimario no había tenido contacto con la víctima, implicó una condena a tres meses de prisión domiciliaria total, tres meses de prisión domiciliaria nocturna y un año y medio de libertad vigilada. Al condenado también se le quitó la patria potestad y se le prohibió realizar cualquier tipo de tarea que implique trabajo con adolescentes, tal como dispone el artículo 67 del Código Penal y la ley integral de violencia de género. Además, deberá otorgar una reparación económica a la víctima de 12 salarios, tal como prevé el artículo 80 de la ley de violencia de género.