El Tribunal de Apelaciones en lo penal de 3° turno confirmó la formalización del proceso contra el exdirector de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) Nicolás Cendoya por tres delitos de abuso innominado de funciones.
También fueron confirmadas las imputaciones del expresidente de la Ursec Gabriel Lombide por un delito de abuso de funciones, del exsecretario general Oscar Mecol por un delito de abuso de funciones en calidad de coautor y de la secretaria Luján Varela por dos delitos de abuso de funciones en calidad de coautora.
El Tribunal, integrado por Pedro Salazar, José María Gómez y Julio Olivera Negrín, revocó la decisión de primera instancia, definida por el juez penal de 31° turno, Fernando Islas, de notificar a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) la formalización contra los abogados Cendoya, Mecol y Varela para que se inicie el proceso previsto en el artículo 140 de la Ley Orgánica de los Tribunales (15.750), que habilita la suspensión en el ejercicio de los abogados procesados.
En la sentencia a la que accedió la diaria, el Tribunal sostiene que “no corresponde equiparar la formalización con el procesamiento”, al que hace referencia la Ley Orgánica de los Tribunales, debido a que la exigencia probatoria para formalizar es más débil que la que se necesitaba en el código penal anterior para procesar a un indagado. “Los estándares son diferentes (el de formalización es menor) y así lo ha consignado la jurisprudencia”, sostuvieron los ministros.
En conversación con la diaria el abogado de Cendoya, Martín Fernández, valoró la sentencia en la medida en que advierte que durante la investigación preliminar se avanzó más allá de lo correspondiente a la etapa previa a la formalización. “La discusión que se está teniendo sobre si los hechos son arbitrarios o no es muy avanzada para el momento procesal en el que estamos. Esa discusión hay que darla en juicio oral” , sostuvo.
En cuanto a la decisión de revocar la notificación a la SCJ para suspender a los abogados, Fernández coincidió con el Tribunal en que “la formalización es distinta al procesamiento”. “El código cambió, no es lo mismo, la formalización es de menor intensidad”, agregó Fernández.
En esa línea, calificó como “muy bajo” el estándar de la formalización y planteó que en el imaginario colectivo se asocia formalización con procesamiento, pero en la formalización “no hay un diligenciamiento de pruebas, ni se escuchan testigos”. “Hay una postura de la Fiscalía, una postura de la defensa y se acepta ir a discutir a juicio”, señaló.
Fernández descartó cualquier posibilidad de avanzar hacia un acuerdo abreviado con la Fiscalía, en la medida en que Cendoya se considera inocente del delito que se le imputa, por lo que ahora la Fiscalía tendrá un año para presentar su acusación.
En marzo, el juez Islas imputó a las exautoridades de la Ursec por el delito de abuso de funciones, previsto en el artículo 162 del Código Penal, que prevé penas de entre tres meses de prisión y tres años de penitenciaría y multas de entre diez y 3.000 unidades reajustables para el funcionario público “que, con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares” que no esté previsto expresamente por la ley.
En junio de 2021, el fiscal de Flagrancia de 5° turno, Diego Pérez, pidió la formalización del proceso por la destrucción de documentación del organismo, irregularidades en el otorgamiento del permiso de transmisión de una radio comunitaria en Salto y en la habilitación de una FM en Palmitas, Soriano.
La denuncia fue presentada por la actual presidenta de la Ursec, Mercedes Aramendía, en junio de 2020, tras conocerse que uno de los asesores de Cendoya había ingresado a las oficinas para triturar documentación, dos meses después de haber renunciado al cargo.