El senador del Frente Amplio Sebastián Sabini presentó un proyecto de ley con varias modificaciones al Decreto-ley 14.294 y otras disposiciones legales vinculadas a estupefacientes.
El proyecto, al que accedió la diaria, propone la modificación de varios artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), entre ellos, el artículo 74, que incrementó a cuatro años la pena mínima por ingresar drogas a cárceles o los artículos que quitaron la posibilidad de redención de pena o la posibilidad de penas alternativas a la prisión.
Uno de los puntos señalados en la exposición de motivos del proyecto es que el artículo 74 de la LUC modificó directamente el artículo 36 del Decreto-ley 14.294, ignorando que ese artículo había sido tácitamente derogado por el artículo 5 de la Ley 17.016, que le dio una nueva redacción a las circunstancias agravantes de los delitos de narcotráfico.
Para subsanar esa situación el artículo 1 del proyecto plantea para establecer las circunstancias agravantes volver a la referencia anterior a la LUC, planteada en el artículo 60 del Decreto-ley 14.294, que no establecía penas tasadas y dejaba al juez “una razonable ponderación de la gravedad de la conducta”.
Además, plantea como atenuante que el ingreso de cannabis a un establecimiento carcelario fuere “con destino al consumo personal del recluso” y propone que el Instituto de Regulación y Control del Cannabis sea el responsable de reglamentar el acceso de cannabis psicoactivo a la población carcelaria, exclusivamente para su consumo personal, en los términos determinados por la Ley 19.172.
Otra de las modificaciones propuestas en el proyecto es considerar como atenuantes cuando el delito se cometa en “un contexto de microtráfico”, donde “la conducta fuere efectuada con la finalidad ulterior de proveerse el propio consumo” y en los casos en los que es cometido por alguien que “se encuentre a cargo de un hogar monoparental en estado de vulnerabilidad social”.
También plantea que eliminar la prisión preventiva preceptiva para los delitos de narcotráfico reservando esa medida “excepcional” para los casos vinculados al crimen organizado. Además de habilitar el acceso al régimen de libertad a prueba y a las salidas transitorias en el caso de los delitos de narcotráfico que no sean considerados graves.
El último artículo del proyecto propone que la exclusión de la posibilidad de redención pena por trabajo y estudio para los delitos de narcotráfico, dispuesta en el artículo 13 de la Ley 17.897, se mantengan sólo en los casos vinculados a crimen organizado debido a que al tratarse de una medida que “promueve la reinserción social” “solamente puede encontrar fundamento tratándose de delitos particularmente graves”.
Sabini plantea que “en los últimos tiempos se han aprobado leyes que han expandido los tipos penales, captando en la figura penal más conductas y agregando mayores penas y quitando beneficios o posibilidades excarcelatorias o de medidas alternativas por la sola vinculación del delito a la droga”, sin considerar la dimensión ni la peligrosidad de la persona imputada.
En ese sentido, el texto señala que es necesaria “una modificación legislativa, que permita que la comisión de delitos leves en materia de estupefacientes tenga un tratamiento acorde con dicha menor gravedad desde el punto de vista del gravamen punitivo, a efectos de dotar de mayor racionalidad a la dosimetría de las penas para estos delitos”.
Además, sostiene que el incremento de las mujeres privadas de libertad está directamente relacionado con ese incremento de la punitividad en torno a los delitos de narcotráfico. “Este mayor punitivismo, que sobrecarga la función del sistema penal como herramienta de guerra contra las drogas perdiendo por momentos de vista otras herramientas sociocomunitarias posibles, implica la captación penal de más mujeres, al ser los vinculados a las drogas los de mayor incidencia en la población femenina”, expresó el legislador.
En el caso de los hombres, los delitos vinculados al narcotráfico son la segunda causa de prisionización después del delito de hurto.