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Mohamed Hamdan Dagalo. Foto: Mahmoud Hjaj, Anadolu, AFP (archivo, agosto de 2022)

Mohamed Hamdan Dagalo. Foto: Mahmoud Hjaj, Anadolu, AFP (archivo, agosto de 2022)

El gobierno de Sudán condenó a muerte en ausencia al líder de los rebeldes de las Fuerzas de Apoyo Rápido

La Justicia del país africano considera que Mohamed Hamdan Dagalo es culpable de “genocidio” contra la población no árabe en el contexto de la guerra civil que comenzó en 2023.

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El Tribunal Antiterrorista de Sudán condenó a muerte in absentia al líder del grupo paramilitar Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR), Mohamed Hamdan Dagalo -alias Hemedti-, tras ser encontrado culpable de “genocidio” y de crímenes de lesa humanidad, en el contexto de la guerra interna que hay en el país desde 2023, en el marco de la cual se está viviendo en la zona la mayor crisis humanitaria de la actualidad, con decenas de miles de muertos y millones de desplazados.

El presidente de la corte, Al Maamun al Jawad, declaró durante una audiencia celebrada en el complejo judicial de la ciudad de Port Sudán -situada sobre el Mar Rojo, una zona del noreste del país controlada por el ejército- que dos de los hermanos de Hemedti y otros 13 acusados también recibieron la misma sentencia, que en Sudán se ejecuta en la horca, de acuerdo con lo que informó la agencia Efe.

Port Sudán es actualmente la capital de facto del país, porque Jartum, la capital oficial, fue escenario de combates hasta el año pasado, por lo que las dependencias oficiales fueron trasladadas hacia la ciudad costera.

En este momento, el ejército regular controla la mayor parte del país, de más de 1.8 millones de kilómetros cuadrados, aunque las FAR tienen bajo su mandato una amplia zona en el suroeste, que limita con Sudán del Sur, Chad y la República Centroafricana.

Los condenados por la Justicia sudanesa también fueron encontrados culpables del asesinato del exgobernador del estado occidental de Darfur del Oeste, Jamis Abdalá Akbar, que fue secuestrado y desmembrado en junio de 2023. Esto sucedió poco después de acusar a las FAR de cometer amplias violaciones y un genocidio en esa zona, ahora dominada por el grupo rebelde que está en guerra con el ejército regular sudanés, del que formó parte hasta el inicio de la guerra.

Los sentenciados fueron condenados en virtud de los artículos del Código Penal sudanés relativos a la perpetración de genocidio, crímenes de guerra, de lesa humanidad, violación, saqueo, desplazamiento forzoso e incitación al odio.

Además, debido a que los sentenciados se encuentran en paradero desconocido, el juez ordenó coordinarse con la Interpol para “detenerlos en cualquier país en el que se encuentren, repatriarlos a Sudán y confiscar las propiedades de las FAR”.

En el texto judicial se especificó que los condenados asesinaron “a miles de personas de la etnia africana masalit de forma sistemática, destruyeron sus barrios residenciales en Al Geneina, que es la capital de Darfur del Oeste, violaron a mujeres, saquearon comercios y bancos, enterraron a gente viva, impidieron la evacuación de heridos y desplazaron forzosamente a miles”.

El gobierno de Sudán y otros países -entre ellos, Estados Unidos-, así como comisiones de la ONU, acusaron reiteradamente a las FAR de cometer limpieza étnica contra comunidades no árabes de Sudán, especialmente en Darfur, durante la guerra iniciada el 15 de abril de 2023 contra el Ejército.

Fue en este contexto que el lunes el Consejo de la Unión Europea prohibió la compra, importación o transferencia de oro procedente de Sudán, dentro de un refuerzo de su régimen de sanciones dirigido a recortar las fuentes de financiación de la guerra en el país.

El oro se ha convertido en una fuente clave de ingresos que sostiene el conflicto en Sudán, según el Consejo, que con estas restricciones busca reducir los recursos disponibles para quienes perpetúan la violencia. La decisión prohíbe también la venta, suministro, transferencia o exportación a Sudán de mercurio y cianuro, sustancias químicas ampliamente utilizadas en la minería y la explotación del oro, salvo en casos de bienes destinados a fines humanitarios, emergencias de salud pública o a la respuesta a catástrofes.

Ambas medidas incluyen además la prohibición de prestar servicios relacionados, como asistencia técnica, intermediación o asistencia financiera.