El jueves 25 de mayo, en Buenos Aires, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos realizó una audiencia para que representantes del Observatorio Luz Ibarburu (OLI) dialogaran con el Estado uruguayo acerca de dos grandes temas, que consideran relacionados entre sí: a) es muy escaso el avance hacia los objetivos de verdad, justicia y memoria en relación con el terrorismo de Estado, ya que los procesos judiciales no avanzan, los recursos destinados a la tarea son muy insuficientes, y no existe nada semejante a un abordaje integral y diligente del asunto por parte del Estado; b) no hay resultados en la investigación de los robos y amenazas al Grupo de Investigación de Antropología Forense, el año pasado, y de las amenazas firmadas por el “Comando Barneix” a comienzos de este año (tras las cuales, según se afirmó en la audiencia, no se adoptó medida alguna para proteger a los amenazados).
El Estado uruguayo, contra su costumbre histórica, no envió representantes y se limitó a responder por escrito. Hubo cuatro explicaciones sucesivas y distintas sobre esa actitud: 1) a la CIDH se le comunicó inicialmente que no era posible asistir, sin indicar motivos; 2) consultado por la diaria, el embajador uruguayo en Argentina, Héctor Lescano, dijo que no asistir había sido “una decisión soberana” y comentó que “es evidente que tenemos algunas visiones distintas respecto de los pasos a dar” en la materia planteada por el OLI; 3) cinco días después, el canciller Rodolfo Nin Novoa, ante una consulta periodística, arguyó que no había existido una convocatoria de la CIDH al Estado uruguayo, sino a los poderes Legislativo y Judicial, y que estos no asistieron porque consideraron que “no tenían nada que aportar”; 4) luego, tras reclamos por parte de la Institución Nacional de Derechos Humanos y de varias organizaciones sociales, el Ministerio de Relaciones Exteriores afirmó en un comunicado que, ante la invitación de la CIDH, “se realizaron las comunicaciones correspondientes a los organismos estatales competentes, solicitando la designación de un representante para participar en la audiencia, así como la elaboración del documento escrito solicitado” (o sea, que la cancillería decidió que dar respuestas le correspondía al Parlamento y a la Justicia, y les trasladó las preguntas –o, en otras palabras, les pasó el fardo–).
De esas cuatro explicaciones, la más sustancial y sincera parece ser, pese a su vaguedad, la de Lescano. Hay, efectivamente, “visiones distintas” sobre la responsabilidad estatal, y la del Poder Ejecutivo jerarquiza el cumplimiento de algunas formalidades. También “cumplió” el gobierno de Julio María Sanguinetti con lo dispuesto por el artículo 4º de la ley de caducidad, cuando le encomendó a fiscales militares averiguar si había datos sobre detenidos desaparecidos.
Las autoridades nacionales hacen todo lo que está a su alcance para que las calificadoras de riesgo evalúen del mejor modo posible la posibilidad de invertir en Uruguay. Es una lástima que no apliquen el mismo celo en cuestiones que también afectan el prestigio de nuestro país. Y su dignidad.