La decisión gubernamental de setiembre de este año de cesar a la directora nacional de Registro Civil por motivos de “desgaste” con los funcionarios y retrasos en las transferencias económicas (aspecto que ha generado importantes deudas con las intendencias y municipios) requiere una mirada un poco más atenta que la de un mero cambio de nombre de una funcionaria de confianza. Los órganos subnacionales de gobierno desde hace meses habían asumido la realización de matrimonios y otros trámites, pero ahora parecen haber llegado a un punto bastante crítico en relación a una medida novedosa en su momento, pero que viene registrando dificultades de implementación. Es una buena oportunidad para reflexionar a partir de refrescar aquella definición del Poder Ejecutivo actual, desde la que se impulsó una suerte de desconcentración unilateral de un conjunto de servicios, que incluso fue mal tildada como descentralizadora.

La noticia de la funcionaria Adriana Martínez, cesada en el cargo recientemente, requiere una contextualización previa un poco mayor. En la Ley de Presupuesto Nacional aprobada en 2020, en el artículo 534, se encomienda al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) el pasaje gradual de funciones del Registro de Estado Civil, actualmente a cargo de los jueces de paz del interior, y se faculta a la Dirección General del Registro de Estado Civil a suscribir “los convenios que entienda oportunos a los efectos de la prestación de dicho servicio”. Luego de aprobada la norma referida, se establecieron una serie de procesos ratificados en sucesivas instancias y anuncios que culminaron sobre finales de 2021. Durante ese lapso, el ministro Pablo da Silveira celebró la decisión en varias oportunidades, afirmando que se propendía a la descentralización, que había “buena recepción” y que no habría complejidades operativas para los distintos organismos que asumían las nuevas funciones.1 La realidad es que, en los ámbitos de gestión y coordinación, tanto de municipios como de intendencias, el temor se instaló rápidamente, en la medida en que se avizoraba una decisión que, más allá del anuncio, supondría nuevos retos y adaptaciones para las competencias y capacidades de estas instituciones.

En varias de las mencionadas iniciativas hay un denominador común: se define desde el poder central un programa, servicio o prestación, para que luego en la escala subnacional se resuelva cómo gestionar.

Por si fuera poco, cabe recordar y subrayar que las intendencias departamentales y los municipios han sido actores preponderantes en la gestión de las respuestas a los efectos más críticos de la pandemia sanitaria. En tal sentido podrían mencionarse los inmensos esfuerzos para implementar el apoyo a la emergencia alimentaria, los jornales solidarios y otros programas de más reciente creación como el Accesos del Ministerio de Desarrollo Social (Mides). En varias de las mencionadas iniciativas hay un denominador común: se define desde el poder central un programa, servicio o prestación, para que luego en la escala subnacional se resuelva cómo gestionar.

Volviendo al tema del MEC y el proceso de implementación del referido artículo 534, finalmente al inicio del presente 2022 comenzó la implementación de matrimonios y servicios con participación de intendentes departamentales, alcaldes y funcionarios municipales de todos los departamentos (a excepción de Montevideo, Las Piedras y Ciudad de la Costa). Esa habilitación para efectivizar matrimonios, emitir partidas de defunción, nacimiento y reconocimiento no tuvo su correlato en términos de recursos y capacidades. De ese modo, sin una debida coordinación y articulación de los recursos financieros, humanos e institucionales, pero además sin una adecuada valoración de los tiempos de gestión que esto insumía a los organismos en múltiples localidades de Uruguay, se ensayó una respuesta que en la práctica marca enormes distancias entre el anuncio discursivo y la materialización exitosa.

A comienzos de setiembre surge la constatación de que el Registro Civil no había concretado (de acuerdo a lo inicialmente previsto), las transferencias económicas correspondientes por “problemas logísticos”. En total se trata de una deuda económica importante para las arcas de varios departamentos que continúan gestionando enormes avatares e impactos en sus comunidades.

La iniciativa se anunció con mucha pompa desde las autoridades del MEC, señalando que era una acción que promovía la descentralización, pero, lejos de eso, parece que se vuelve a concretar un “pasaje de papa caliente” desde la centralidad al territorio. No hay desconcentración de servicios y mucho menos descentralización de políticas e intervenciones si no se transfiere poder de decisión, capacidad y materialidad a la escala territorial. Es como una trampa al solitario.

Por ahora, quedan interrogantes. ¿La decisión de cesar a la directora Adriana Martínez resuelve el problema? ¿Es suficiente ahora con la designación de la exasesora del ministro Da Silveira en el cargo para revertir las dificultades del experimento? ¿Realmente Martínez es la responsable de las deudas con las intendencias, o hay un problema de concepción original de la medida? Sólo el tiempo y la evolución de los acontecimientos nos podrán ir dando las respuestas.

Por ahora, medidas como la de transferir responsabilidades desde el centro, sin una previsión de insumos y capacidades, más que contribuir, parece propiciar enormes distancias y puede provocar importantes divorcios institucionales. Esos que están bien alejados de lo que requiere un proceso descentralizador que contemple los principios claves de eficacia, eficiencia y equidad en las políticas.

Martín Pardo es politólogo con especialización en desarrollo económico territorial, maestrando en desarrollo local y regional.

https://www.opp.gub.uy/es/noticias/el-ministro-de-educacion-y-cultura-pablo-da-silveira-fue-recibido-por-los-alcaldes-de-los.


  1. Ver, por ejemplo, notas web de El País y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto: https://www.elpais.com.uy/informacion/politica/funcionarios-intendencias-municipios-podran-celebrar-casamientos.html