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Opinión Posturas
Foto principal del artículo 'Ediles, juntas y trampas al solitario' · Ilustración: Ramiro Alonso

Ilustración: Ramiro Alonso

Ediles, juntas y trampas al solitario

Cada tanto tiempo ocurre un episodio que les recuerda a los medios de comunicación y luego a la opinión pública que las juntas departamentales están ahí y, por lo general, lo que surge no es muy bueno para la ciudadanía. Veamos algunos que pueden servir para ilustrar la importancia del asunto.

En 1972, un sonado caso de corrupción y malversación de fondos en la Junta Departamental de Montevideo originó un pronunciamiento público de los comandantes en Jefe. Acorde a los tiempos que vivíamos, los comandantes condenaron el hecho y se metieron abiertamente en temas de política, sin recibir represalias. Entre todas las justificaciones que se dieron para el golpe de Estado, también estuvo la Junta Departamental relacionada con la corrupción.

Maldonado en este momento: hay actuaciones judiciales en curso por diversos asuntos que involucran a ediles y a la Junta Departamental fernandina. Un ciudadano denunció que los ediles se votaron en 2015 un sueldo, oculto bajo el nombre Fondo para el Fortalecimiento de los Sectores con Representación en la Junta. El fiscal del caso obtuvo el levantamiento del secreto bancario de la junta y de los ediles de los períodos 2015-2020 y 2020-2025. La presidenta de la junta se negó a entregar documentación alegando secreto bancario y la jueza ordenó que la remitiera con urgencia. La investigación avanza despacio: en agosto se informaba de demoras del Tribunal de Cuentas y de los bancos en responder. Pero el Tribunal de Cuentas venía observando esas partidas desde hacía años por contravenir el artículo 295 de la Constitución. También objetó pautas publicitarias fuera de las competencias de la junta. La defensa política y pública que se ha realizado es que esas partidas no constituyen un salario, sino que responden a otro concepto.

La invitación es a analizar el reciente caso del edil de Montevideo por el Partido Nacional Gonzalo Gómez más allá de algo estrictamente coyuntural y mirarlo como algo sistémico generado por nuestro diseño institucional y por algunos actores políticos que juegan al límite de las reglas y que, cuando pueden, también las traspasan.

Comencemos por el problema de diseño más severo: la Constitución dice una cosa y las juntas departamentales hacen otra. La Constitución establece que los ediles son honorarios. Y acá la primera contradicción: alguien va a tener un trabajo electo por voto popular, pero, además, ese trabajo consiste en legislar para su departamento y en controlar al intendente y al ejecutivo departamental. ¿Nada más y nada menos que todo eso por cero peso? Lo que dice la Constitución no se cumple. Sabemos que hay formas de compensación.

¿Cuánto cobran? ¿Bajo qué nombre? ¿Y por qué depende tanto del departamento y del partido que gana? Cada Junta Departamental encontró la manera de esquivar el mandato constitucional. Hay “gastos o partidas de secretaría”, vales de combustible, reintegros de gastos, viáticos y gastos de representación. A eso se suman exoneraciones, como el pago de la patente de los vehículos y equipamiento pago por la junta: celulares con consumo incluido, computadoras portátiles y tablets. En algunos casos las bancadas reparten por turnos una cuota de pasajes a Montevideo. Varias de estas partidas son, en los hechos, sueldos encubiertos. Sin embargo, no conozco ningún caso en el que se llegue al extremo de Montevideo, con varios posibles secretarios rentados, a los que se suman pases en comisión. En la mayoría de los departamentos la norma es un edil con un secretario rentado y diversas modalidades de compensaciones, por decirlo de alguna manera, para los ediles.

Discutir si los ediles deben cobrar es incómodo, y defender que se les pague un sueldo probablemente sea impopular. Pero es más sano que sostener la ficción del trabajo honorario.

El Tribunal de Cuentas ha observado esta práctica en más de una ocasión. Los dictámenes no son atendidos por los cuerpos legislativos, y las partidas se ejecutan igual en beneficio de los propios ediles. Este esquema tiene al menos dos costos. El primero es el descreimiento: difícilmente la ciudadanía confíe en una actividad política que cobra sin decirlo. El segundo es la asimetría. Por igual función, no se recibe el mismo ingreso en todos los departamentos. Cada junta vota su propio presupuesto dentro del presupuesto departamental y resuelve qué se da y cómo a los ediles de turno de acuerdo con la contingencia política electoral y sobre la base de acuerdos.

La Constitución no valoró adecuadamente el tipo de trabajo y la contraprestación que no se le da a quien se le pide tanto. Conviene recordar que en la academia tenemos bastante consenso en que el carácter no rentado atenta contra la profesionalización. También favorece la alta rotación y la falta de especialización. Pero, además, hay por lo menos dos argumentos a favor de que el cargo sea rentado.

El primero es de igualdad de condiciones. No ejerce la tarea de la misma manera quien vive de rentas y dispone de todo el día para dedicarse a ella que quien trabaja varias horas por día y le destina el tiempo que puede a su tarea como legislador local. El segundo es de coherencia. El edil cumple, a escala departamental, las mismas funciones que un senador o un diputado: legislar y controlar a otro poder. Entonces, ¿qué argumento podemos sostener, en pleno siglo XXI, para que quienes tienen esa responsabilidad a nivel subnacional no reciban una compensación acorde?

El último antecedente serio para habilitar la remuneración de los ediles fue la llamada “minirreforma” plebiscitada y rechazada en agosto de 1994. Además del carácter rentado de los ediles, proponía el voto cruzado, la reducción del número de ediles y el establecimiento de juntas locales. Es decir, muchas cosas de naturaleza dispar y que, lejos de llevar a una discusión pública y clara, terminaron opacando el posible debate.

En 1972, la corrupción en una Junta Departamental terminó siendo insumo del discurso antipolítico de las Fuerzas Armadas, y el golpe de 1973 disolvió las juntas. No es una analogía: entonces hubo un actor militar con agenda propia, y hoy el control corresponde al Tribunal de Cuentas, también puede intervenir la Junta de Transparencia y Ética Pública y, como hemos visto, algunos casos terminan en la Fiscalía. El mecanismo de fondo se repite: controles débiles, opacidad y actores que se salen de las reglas terminan deslegitimando la política y los partidos. Tenemos controles, pero el diseño para ejercerlos es claramente insuficiente. La transparencia previene la deslegitimación, y eso nos beneficia a todos.

Discutir si los ediles deben cobrar es incómodo, y defender que se les pague un sueldo probablemente sea impopular. Pero es más sano que sostener la ficción del trabajo honorario. Una remuneración explícita, pública y pareja permitiría controlar lo que hoy se resuelve en la penumbra. El solitario es el único juego en el que hacer trampa solo perjudica a quien la hace. Con las juntas, en cambio, el costo de la trampa lo pagamos todos.

Ernesto Nieto es politólogo, docente e investigador de la Universidad de la República, cofundador de Ágora Consultores.