El senador frenteamplista Mario Bergara, integrante de la Convocatoria Seregnista-Progresistas, anunció que presentará “en estos días” un proyecto de ley sobre la tenencia de armas. A través de su cuenta de Twitter, el legislador retomó la noticia sobre la denuncia de la Asociación de Maestros de Montevideo respecto a dos hechos de violencia en las últimas horas, uno en la escuela 92 de Lavalleja Sur y otro en la escuela 332 de Puntas de Manga, que estuvieron relacionadas a las armas.

“Asumimos la responsabilidad de actuar ante esa alarma creciente”, dijo el legislador y recordó que días atrás en Texas, Estados Unidos, se produjo una masacre en una escuela de Texas, donde una decena de niños fueron asesinados. En relación a la situación nacional, puntualizó que “la violencia nos estremece a diario”. “Tenemos 600.000 armas registradas y otro tanto ilegales. Somos el quinto país del mundo en armas por habitante”, planteó.

Más de la mitad de las armas en posesión de civiles en el mundo están en América, donde con 120 armas de fuego cada 100 habitantes, Estados Unidos encabeza la lista. Es decir que en ese país hay más armas que ciudadanos, según la última edición del estudio Small Arms Survey de la Universidad de Ginebra, en 2017.

A ese país le siguen en la lista Canadá y Uruguay, con 34,7 armas por cada 100 habitantes. En el ranking mundial, el segundo país es Yemen, con 52,8 armas por cada 100 habitantes.

“En estos días presentaremos un proyecto de ley referido a la tenencia de armas, apoyados en la academia, con vocación de incluir a todos los partidos. Lo hacemos desde el compromiso con el valor superior de todas las vidas humanas y la convivencia en paz”, señaló Bergara.

El 18 de diciembre de 2020, el presidente Luis Lacalle Pou firmó un decreto que deroga la ley de 2016 que había impulsado Tabaré Váquez sobre tenencia de armas. La nueva normativa establece que se consideran de libre importación y comercialización todos los materiales, repuestos y partes, relacionados con las armas de fuego, salvo excepciones, respondiendo en parte a un reclamo de la Asociación Nacional de Cazadores.

Además, la normativa vigente autoriza “la adquisición y tenencia por parte de civiles de pistolas semiautomáticas de cualquier marca, cuyo calibre no exceda los 9 milímetros, limitando la capacidad de sus cargadores a 21 cartuchos, exceptuando de dicha limitación exclusivamente a las utilizadas en las competencias y entrenamientos de tiro práctico”.

También quedó habilitada “la adquisición y tenencia por parte de civiles de revólveres de cualquier marca y calibre, exceptuando los calibres mayores a .45 (11,25 milímetros)”.

Asimismo, el decreto mantuvo la obligación de tener un Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (THATA), expedido por la Jefatura de Policía local, con una vigencia de cinco años. Para solicitarla, el interesado deberá presentar foto carné, cédula de identidad, constancia de domicilio, justificación de ingresos o medios de vida, certificado de antecedentes judiciales y certificado de aptitud psicofísica expedido por un profesional competente. Además, cuando el THATA se tramite por primera vez, hay que tener un certificado de idoneidad en el manejo de las armas y de conocimientos de la legislación vigente, que se obtiene con un curso de dan los ministerios de Defensa y del Interior.