El Congreso de Intendentes elevó a la Comisión de Constitución y Legislación del Senado sus diversas opiniones sobre el proyecto del senador colorado Adrián Peña, para transparentar los ingresos de los funcionarios a las comunas, que en principio cuenta con el apoyo general del Frente Amplio (FA).
El Congreso de Intendentes hizo llegar a los senadores un documento con 13 páginas en las que está la opinión del Partido Nacional como también del FA, además de otros dos asesores del organismo, que difieren entre sí. Según planteó en el informe el presidente del organismo, el intendente de Flores, Fernando Echeverría, se adjuntaron esos documentos “en virtud de que el Congreso de Intendentes no tiene una posición unánime”. Sin embargo, puntualizó que “todos los gobiernos departamentales, en el marco de su autonomía departamental, adhieren a los principios de transparencia y a las normas que promueven la buena administración pública”.
En principio, la postura que se elevó a la bancada blanca de los intendentes, realizada por Fermín Farinha, secretario general de la Intendencia de Paysandú, indica que la propuesta “adolece” de los requisitos “exigidos” para habilitar la excepción prevista en el artículo 64 de la Constitución. Ese artículo sostiene que “por dos tercios de votos del total de componentes de cada cámara, podrá establecer normas especiales que por su generalidad o naturaleza sean aplicables a los funcionarios de todos los gobiernos departamentales y de todos los entes autónomos, o de algunos de ellos, según los casos”.
En diálogo con la diaria, indicó que “en su generalidad”, en cuanto a las previsiones que establece el artículo 64, “entendería que no están cumplidas”. No sólo “establece requisitos preceptivos en lo que tiene que ver con el concurso, sino que además incorpora aspectos vinculados a los aspectos escalafonarios y extensión de competencia de algunos órganos que están en la esfera de la administración central”, expresó.
En su escrito, Farinha manifestó que se debe tener en cuenta que los gobiernos departamentales son “personas jurídicas de naturaleza estatal, que ejercen competencias en forma autónoma en el marco que le fija la Constitución y la ley”; es decir, “gozan de autonomía política y jurídica, desarrollando su propio ordenamiento jurídico, ámbito que se encuentra resguardado por la propia carta magna”.
En ese marco, citó al doctor Daniel Hugo Martins a la hora de analizar “en qué aspectos tienen autonomía los gobiernos departamentales”. Allí indicó que las “personas jurídicas públicas de base territorial poseen autonomía en materia administrativa y en materia de personal”.
Sostuvo que, a estos efectos, “no sólo poseen la soberanía para contratar, designar y destituir a sus funcionarios con independencia de los poderes del Estado, sino que, además, tienen autonomía para dictar el estatuto del funcionario, donde fijan las condiciones de ingreso, permanencia en el cargo, el ascenso, descansos semanales, licencias”, entre otras cosas.
En tanto, el asesor del FA, Pedro Apezteguía, recordó en su documento que el FA ha impulsado en “varias oportunidades” iniciativas sobre el ingreso a la función pública por concurso o sorteo en el mismo sentido, que finalmente no prosperaron. En ese marco, planteó que consideran “legítimo” que el Poder Legislativo, con las mayorías exigidas -dos tercios-, “legisle al respecto”.
Agregó que los criterios generales del proyecto son “compartibles” y “fueron acompañados” por los legisladores del FA; asimismo, indicó que “a fin de asegurar” su aplicación en los gobiernos departamentales, “el texto del proyecto debería ser ajustado en su redacción y algunas de sus previsiones”.
En tanto, el asesor letrado de la Intendencia de Rivera, Marcelo Gioscia, cree que este proyecto de ley “contradice” normas constitucionales y legales que “han consagrado, sostenido y sustentan desde siempre la autonomía de los gobiernos departamentales en la materia que pretende regular”.
Por su parte, el asesor letrado del Congreso de Intendentes, Ricardo Gorosito, indicó en su informe que, a su juicio, la norma propuesta “no presenta, en su consideración general, problemas de inconstitucionalidad en lo que dice en relación con las competencias autonómicas de los gobiernos departamentales, ni con relación a la regulación constitucional de la descentralización territorial y política”.
Igualmente, dijo que “merece observación” la redacción del artículo 2 del proyecto, en la medida en que requiere el previo pronunciamiento favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), “ya que, más allá de la oscuridad que exhibe el texto con referencia a cuál es la materia que requiere el pronunciamiento favorable de la ONSC, cualquier interpretación que se le dé concluye en una intervención potenciada de una dependencia del Poder Ejecutivo en el preceptivo procedimiento de concurso de designación de personal presupuestado o contratado por los órganos de los gobiernos departamentales”.
Adrián Peña: “Se podrá mejorar”
Peña dijo a la diaria que van a mejorar la redacción en los casos en los que queden dudas. No obstante, sostuvo que en lo “grueso” del proyecto, en alusión al llamado a concurso y sorteo, “no es inconstitucional”. “Lo demás puede ser manejado y mejorado, sin duda, pero el núcleo del proyecto bajo ningún concepto es inconstitucional”, agregó.
Eduardo Brenta, senador del FA, señaló a la diaria que están dispuestos a acompañar el proyecto. Sostuvo que, “obviamente”, la comisión consultará “en algún momento” a constitucionalistas de primer nivel para tomar en cuenta las principales críticas para así “evitar cualquier solicitud de declaración de inconstitucionalidad”.
“Hay que trabajarlo con la suficiente responsabilidad para no cometer errores de este tipo. Pero si efectivamente existe voluntad de parte de todos los partidos, o si existe por lo menos voluntad de una mayoría de legisladores del Senado, seguramente al inicio del año próximo” se podría aprobar, dijo, y agregó: “Sería un enorme avance en materia de transparencia, sobre todo, al eliminar una práctica que está naturalizada a nivel del interior del país y es esa discrecionalidad de los intendentes de contratar personal y luego intercambiarlo por respaldo político”.