Luego de que Cabildo Abierto (CA) anunciase que juntará firmas para promover una reforma constitucional que contemple alguna ayuda para los miles de deudores irrecuperables, el Partido Nacional (PN) elaboró finalmente un nuevo proyecto de ley al respecto. El líder cabildante, el senador Guido Manini Ríos, había dicho que si “se arribara a la solución legislativa”, entonces “estamos dispuestos a cortar ese proceso de recolección de firmas”. Sin embargo, la iniciativa del PN no incluye aspectos centrales de la propuesta de CA.

Actualmente conviven en el Senado cuatro proyectos que pretenden atender la situación de alrededor de 690.000 personas consideradas como “deudores problemáticos”, según estimaciones de la Asociación de Bancarios del Uruguay (AEBU). El proyecto del PN es el quinto y hubiese ingresado a comisión el martes de no ser por el tratamiento del pedido de juicio político contra la intendenta de Montevideo, Carolina Cosse.

En diálogo con la diaria, la senadora nacionalista Graciela Bianchi dijo que el texto será presentado en comisión por su correligionaria Carmen Asiaín. Aclaró que el proyecto “no es del [Poder] Ejecutivo”, pese a que Asiaín tuvo “contactos” con el gobierno para la redacción del documento.

El proyecto, al que tuvo acceso la diaria, establece, al igual que el de CA, un procedimiento administrativo ante la Unidad de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) como una primera etapa para la reestructuración de la deuda. Sin embargo, no establece que el nuevo acuerdo tenga que reservar un ingreso mínimo al deudor no menor a 70% de sus ingresos mensuales, como sí lo hace la propuesta de CA.

Si no hay acuerdo entre deudor y acreedor a nivel administrativo, el asunto se traslada a “los juzgados con competencia en materia civil”, del mismo modo que en el proyecto de CA. La iniciativa del PN establece que “el juez citará a una única audiencia en la cual tentará la conciliación”; el juez podrá “proponer” mecanismos de reestructuración, tales como “quitas” o “esperas”, considerando “las características de las deudas, la situación del deudor y de los titulares de los créditos”.

En el proyecto del PN, la reestructuración de la deuda por vía judicial “deberá ser aprobada por el deudor y por la mayoría absoluta de acreedores”. “El juez actuará como conciliador entre las partes, pudiendo proponer quitas y esperas y fórmulas de pago. El acuerdo arribado por el deudor y la mayoría de los acreedores que represente las dos terceras partes del pasivo del deudor será obligatorio entre los comparecientes”, subraya la exposición de motivos del proyecto. En cambio, en el proyecto de CA se dispone que en última instancia el juez “impondrá por sentencia una reestructuración judicial forzosa de la deuda”.

Por otra parte, la exposición de motivos del proyecto del PN define como grupo objetivo a los deudores “rezagados” de préstamos al consumo. El objetivo son “los más vulnerables”, esto es, deudores “morosos” con incumplimientos mayores a cuatro años en sus obligaciones, que tengan un único inmueble cuyo valor catastral no supere las 400.000 unidades indexadas y sus ingresos anuales nominales sean menores o iguales a la suma de 140.000 unidades indexadas.

Así, el texto del PN supone una restricción del grupo objetivo en comparación al texto de CA, que fija como límites 1.600.000 y 240.000 unidades indexadas, respectivamente. AEBU había advertido que el proyecto cabildante permitiría que 90% de la población pudiese ampararse en la normativa, lo que “pone en jaque tanto la capacidad del MEF como del Poder Judicial de atender los casos”.

Por otra parte, el proyecto del PN establece que, una vez reestructurada su deuda, el deudor “quedará inhabilitado para contraer nuevos préstamos” hasta que cancele 50% del monto de la deuda reestructurada y consolidada. Tampoco podrá “entablar un nuevo proceso judicial de reestructuración de deudas por el plazo de cinco años desde la cancelación de las deudas reestructuradas y consolidadas”.

Lo que no está

El proyecto de CA, que tiene el rechazo explícito del PN y el Frente Amplio, incluye durante el procedimiento judicial el concepto de “deuda justa”, definido como el monto inicial del préstamo convertido a unidades indexadas, más una tasa efectiva anual de 2% y menos los pagos ya efectuados por el deudor. Según la traducción de AEBU, esto determinaría “una tasa inexistente actualmente en el mercado de créditos”, que podría “incentivar al deudor a no pagar”.

Asimismo, al margen del proceso de reestructuración de deudas, el texto cabildante establece un tope de interés máximo “equivalente a cuatro veces el valor de las tasas a las que se endeuda el Estado”. AEBU estimó que con dicho tope el interés máximo “rondaría el 44%”; y mencionó que en abril 52% de las operaciones “se realizaron con tasas por encima del tope propuesto”. Ni el concepto de “deuda justa” ni el tope de interés máximo están presentes en el proyecto del PN, titulado “oportunidad a deudores responsables para honrar sus deudas”.