Luego de los hechos de corrupción que tuvieron lugar en la Intendencia de Artigas y dada su trascendencia nacional, se retomó la discusión en el Senado de un proyecto de ley que prevé el cese de subsidios a funcionarios políticos o de particular confianza condenados por delitos de corrupción o contra la administración. La propuesta, que ya contaba con la aprobación de la Cámara de Diputados, fue aprobada este martes por unanimidad en el plenario del Senado.
Dada una serie de modificaciones que no cambian el espíritu de la iniciativa, el proyecto deberá volver a la Cámara de Representantes, donde se espera que su aprobación sea un “mero trámite”, según supo la diaria. El miembro informante, el colorado Pablo Lanz –quien se encargó, luego de los hechos sucedidos en Artigas, de solicitar la “prioridad” del proyecto tras el pedido de su promotor inicial, el diputado Conrado Rodríguez–, detalló que en comisión se estableció la corrección de tomar a la formalización como “instancia para suspender el derecho de subsidio”.
Según explicó, una vez completada la sentencia, si se determina que el funcionario actuó con “dolo o con culpa grave”, no podrá acceder al subsidio. Por otra parte, si ya hubiese cobrado parte, que “el Estado pueda repetir contra él para cobrar aquello que terminó siendo un pago indebido”. En tanto, si la sentencia es absolutoria, el funcionario “puede cobrar con retroactividad el subsidio que le corresponde”, explicó el legislador.
Este subsidio, que está previsto por un año y equivale a 85% de los haberes en función tras dejar el cargo, fue creado en 1991, con el argumento de que los funcionarios que se dediquen exclusivamente a la actividad pública, luego de desvincularse del cargo, “puedan nuevamente involucrarse en el mercado laboral”, comentó Lanz. Sin embargo, más allá de sus años de vigencia, para el senador persiste “un vacío legal”, dado que fue creado para que puedan acceder “aquellos [funcionarios] que realizan la función de buena manera”.
A su vez, el senador recordó el antecedente del artículo 39 de la Ley 9.940, de 1940, que establece “la pérdida de los derechos jubilatorios para aquellos funcionarios públicos que cometen delitos contra la administración pública”, algo que se había obviado en el caso de los subsidios.
¿Qué pasa con Caram?
Como prevé el artículo 77 de la Constitución en su numeral 10, ningún legislador ni intendente que “renuncie a su cargo después de incorporado al mismo, tendrá derecho al cobro de ninguna compensación ni pasividad que pudiera corresponderle en razón del cese de su cargo hasta cumplido el período completo para el que fue elegido”. En este sentido, la posibilidad de acceder a la compensación estará abierta para los implicados en el caso de Artigas –al menos para [Pablo] Caram y Valentina dos Santos– cuando asuman en el próximo período nuevas personas a los respectivos cargos políticos que ocuparon.
En este sentido, teniendo en cuenta que aún no hay una solicitud del subsidio por parte de los exfuncionarios, la entrada en vigencia de este nuevo proyecto los dejaría inhabilitados para poder acceder al beneficio.
En 2017, según informó la diaria, Rodríguez propuso este proyecto a raíz de la renuncia del entonces vicepresidente, Raúl Sendic. Este exjerarca, condenado en 2021 por los delitos de abuso de funciones y peculado, solicitó en 2020 el subsidio, al que posteriormente accedió.