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Política Parlamento
Comisión de Constitución del Senado, el 7 de julio. Foto: Rodrigo Viera Amaral

Comisión de Constitución del Senado, el 7 de julio. Foto: Rodrigo Viera Amaral

Reforma del CPP: el FA buscará introducir en el proyecto los planteos de los colectivos sobre las víctimas

Organizaciones de la sociedad civil cuestionaron en el Parlamento que las víctimas fueron el “único sujeto procesal que no tuvo representación” en el grupo asesor técnico que propuso las modificaciones a la normativa vigente.

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La Comisión de Constitución del Senado continúa el estudio del proyecto de ley de reforma del Código del Proceso Penal (CPP) elaborado por el Poder Ejecutivo. Hace una semana, la comisión recibió a la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual, la Asociación Civil El Paso y la Asociación de Familiares y Víctimas de la Delincuencia (Asfavide), quienes advirtieron que la iniciativa les da la “espalda a las víctimas”.

Las organizaciones presentaron un informe, titulado “El Estado contra las víctimas”, que fue redactado por la abogada Soledad Suárez Navas, asesora de Asfavide, con la colaboración de las abogadas de El Paso, María de la Paz Echetto e Ivanna Messano, y del psicólogo y doctor en Derecho y Ciencias Sociales Ignacio Barlocci. En el documento se analizan los artículos del proyecto que, según entienden, representan “mayores riesgos y retrocesos en derechos de las víctimas”, y también se proponen redacciones alternativas. Asimismo, señalan que las víctimas fueron “el único sujeto procesal que no tuvo representación” en el grupo asesor técnico conformado por Presidencia para diseñar la reforma.

“Al parecer no se consideró relevante la participación de representantes y/o especialistas en víctimas, ya que en su exposición de motivos se afirma que se recogen ‘las miradas institucionales y técnicas’ como si fueran la totalidad, cuando parte de estas han sido excluidas”, se afirma en el informe.

Uno de los cuestionamientos generales a la reforma es que no consagra la querella de parte, algo que se define como “un derecho imprescindible, aún pendiente”. En diálogo con la diaria, la abogada Natalia Fernández, coordinadora de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual, señaló que, en lugar de avanzar hacia “permitirle a la víctima tener autonomía dentro del proceso penal”, el proyecto va “en sentido contrario”. “No solo que no va a tener la víctima esa autonomía, sino que los pocos derechos que este proceso actual le sostiene le van a ser limitados”, afirmó.

La senadora del Partido Nacional Graciela Bianchi adelantó que “el tema de las víctimas va a ser uno de los más discutidos” sobre la reforma del CPP, según consta en la versión taquigráfica de la sesión, a la que accedió la diaria. La senadora del Frente Amplio (FA) Constanza Moreira, en tanto, señaló que “se trata de una reforma grande” y mencionó que hay otras iniciativas presentadas por la Asociación de Abogados Penalistas y el Colegio de Abogados del Uruguay.

En diálogo con la diaria, Moreira sostuvo que, antes de que se vote en comisión la reforma, “se les va a dar una atención especial” a los planteos sobre las víctimas y se tratará de “introducir todas esas modificaciones que están pidiendo”.

Por su parte, la senadora suplente del FA Lilián Abracinskas dijo a la diaria que la bancada oficialista “está trabajando con todos los equipos asesores que tienen experiencia en aspectos jurídicos y en prácticas judiciales para justamente ver cómo incorporar perspectiva de género” al debate. Apuntó que la discusión en torno a la reforma va a ser larga, y añadió que, desde el campo feminista, “no todos coinciden con los planteos”. “No es una visión unívoca del movimiento feminista en términos de justicia”, afirmó.

Las modificaciones cuestionadas

Aunque se destacan algunos cambios positivos para las víctimas, como la ampliación del ámbito su participación, a partir de modificaciones en el artículo 81 del CPP, los colectivos advirtieron del impacto de algunos de los cambios a la Ley 19.580 de Violencia hacia las Mujeres Basada en Género incluidos en el proyecto de la reforma.

Por ejemplo, calificaron el artículo 25 del proyecto como “la consolidación del periplo judicial”, en tanto impide la actuación de los jueces letrados de Primera Instancia en Violencia Basada en Género, Doméstica y Sexual en casos de los que deriven procesos penales, contrario a lo previsto por el artículo 51 de la Ley 19.580. Este cambio “puede dar como resultado más traslados, más audiencias, más exposición”, cuestionó Fernández, y advirtió que “cada vez que se cambia de juez, hay una nueva declaración de la víctima explicando lo que pasó o cómo pasó, y eso implica revivir el daño, eso hace que muchas víctimas desistan de los procesos”. Asimismo, advirtió que cabe la posibilidad de que “haya decisiones contradictorias entre estos jueces”.

Respecto del artículo 80, relativo a la representación de las víctimas en caso de muerte o incapacidad, los colectivos entienden que el “proyecto realiza una doble exclusión por prelación”, ya que establece que “la actuación de una o más personas pertenecientes a una categoría [como padres, cónyuge, hermanos]” excluye a otras de la misma categoría y de las siguientes. Al respecto, Fernández sostuvo que, “en muchos casos, la persona que se presenta primero no es la más cercana a la víctima ni la que mejor puede representarla”, e “incluso puede ser alguien con quien la víctima tenía una relación conflictiva, distante o incluso violenta”.

Por otro lado, el artículo 73 establece que “la defensa de cada imputado podrá ser ejercida por más de un abogado”, sin prever una disposición equivalente para la representación de la víctima.

El artículo 260, en tanto, posiciona a la víctima “en la condición de investigada”, según entienden las organizaciones. Si bien se prevé que “el imputado, su defensor y la víctima podrán solicitar al fiscal todas aquellas diligencias que consideren pertinentes”, se dispone que el imputado y su defensa podrán “solicitar directamente al juez el diligenciamiento de evidencias que requieran la coacción del Estado sin noticia del fiscal, justificando la necesidad de esta reserva”.

Entre otras modificaciones, el proyecto incorpora al artículo 10 del CPP la posibilidad de que “cualquier persona” que se considere afectada por una investigación que no fue formalizada pueda “solicitar al juez que adopte las medidas pertinentes para garantizar el derecho a la duración razonable de la investigación”. Las organizaciones sugirieron que se establezca “a texto expreso que su concepto es el consagrado por el derecho internacional de los derechos humanos, siendo garantía para el imputado y para la víctima, en clave de debida diligencia”.

Echetto, abogada de El Paso, señaló en la comisión que, “al forzar a una víctima a apurar los plazos y establecer un tiempo acotado, cuando tal vez la víctima se encuentra imposibilitada emocionalmente para acceder a una pericia, se podría tomar por parte del imputado como una ventaja para apurar los plazos, y así se puede correr el riesgo de que se archive la causa”.