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Foto: Rodrigo Viera Amaral (archivo, julio de 2024)

Foto: Rodrigo Viera Amaral (archivo, julio de 2024)

El impuesto de Primaria: el tributo que financia parte de la educación pública y que periódicamente vuelve al debate

Creado en 1987, el Impuesto de Enseñanza Primaria grava determinados inmuebles y destina íntegramente su recaudación al financiamiento de la educación pública.

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En el último tiempo, el Impuesto de Enseñanza Primaria estuvo presente en la agenda pública. No fue por cambios en su funcionamiento ni por modificaciones legales, sino por casos de contribuyentes notorios que mantenían deudas, como el reciente caso que protagonizó el presidente de la República, Yamandú Orsi.

El impuesto comenzó a aplicarse el 1° de julio de 1987, en el marco de la reforma tributaria dispuesta por el artículo 636 de la Ley de Presupuesto 15.809 y su posterior reglamentación. Desde entonces grava determinados inmuebles urbanos, suburbanos y rurales, aunque la obligación de pago depende del valor imponible de cada propiedad y de las exoneraciones previstas por la normativa.

A diferencia de otros impuestos nacionales, el de Primaria tiene un destino específico. La recaudación no ingresa a Rentas Generales para financiar el conjunto del presupuesto del Estado, sino que la ley dispone que sea depositada en una cuenta tesoro de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). Desde 2018, la responsabilidad de recaudar, fiscalizar y administrar el tributo corresponde a la DGI, que posteriormente transfiere los fondos a la ANEP.

La recaudación varía año a año en función de la evolución del padrón de contribuyentes, las actualizaciones catastrales y el nivel de cumplimiento. De acuerdo al informe de recaudación de DGI a diciembre de 2025, el organismo ingresó por ese concepto un total de 5.406 millones de pesos, equivalentes al 0,8% de la recaudación total del año. No obstante, en los últimos 15 años la ANEP vio incrementados sus ingresos reales por este concepto en el entorno del 54%.

Aunque suele ser identificado como un impuesto “para Primaria”, la legislación vigente establece un alcance más amplio que el originalmente previsto. El objetivo continúa siendo sostener el sistema público de enseñanza, pero parte de los recursos puede destinarse a otros programas educativos definidos por la ley presupuestal.

Según la rendición de cuentas de ANEP correspondiente a 2025, un 68,8% de lo recaudado fue destinado a alimentación, mientras que lo restante fue utilizado para transporte, limpieza, transferencias a comisiones de fomento, y otros gastos como compras de útiles.

La DGI señala que deben abonar los propietarios, usufructuarios, poseedores o promitentes compradores de inmuebles alcanzados por el tributo. No todas las propiedades pagan el impuesto: la normativa prevé mínimos no imponibles y diversas exoneraciones, por lo que la obligación depende del valor catastral de cada inmueble.

El mínimo no imponible surge del valor expuesto en la cédula catastral de la propiedad, que varía en función de lo declarado por cada propietario ante la Dirección General de Catastro. Este año, aquellos inmuebles con valores inferiores a 282.612 pesos estuvieron exentos del pago del impuesto. Este monto suele ser inferior al valor de mercado y se rige por otros criterios como las características del padrón y la superficie construida.

A partir del límite, comienzan a regir una serie de tasas incrementales por franja, similar al IRPF, que van de un 0,15% a 0,30% del valor total de la propiedad. Esta última es aplicada a partir de los 4.945.639 pesos.

Asimismo, están exonerados de este aporte los inmuebles pertenecientes al Estado y gobiernos departamentales, instituciones educativas y culturales sin fines de lucro, templos religiosos, gobiernos extranjeros y organismos internacionales.

Por otra parte, no podrá autorizarse ninguna operación de compraventa de inmuebles en caso de que adeuden algún ejercicio de este impuesto, cuyo control estará a cargo del escribano participante. Asimismo, la Dirección General de Registros no podrá inscribir ningún documento relacionado en caso de no presentarse constancia de estar al día.

Los casos que llegaron a la discusión pública

El impuesto ha cobrado notoriedad en distintas oportunidades debido a situaciones protagonizadas por dirigentes políticos. La más reciente fue la referida a un inmueble perteneciente al presidente de la República, Yamandú Orsi, que debía la totalidad del Impuesto a Primaria del ejercicio 2025, lo que totalizaba un adeudo de 5.600 pesos. Sin embargo, la propiedad presentaba construcciones sin declarar ante Catastro desde al menos 2018, lo que significaría un incremento en el valor del inmueble y, por lo tanto, una mayor deuda de ese impuesto.

A inicios de la administración actual, un informe periodístico señaló que quien fuera la entonces ministra de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Cecilia Cairo, debía desde el año 2010 el Impuesto a Primaria correspondiente al inmueble donde residía en Pajas Blancas. Además, la propiedad presentaba omisiones en la declaración de construcciones realizadas en los últimos años, por lo que ante Catastro seguía figurando como terreno baldío. Tras el debate público que sobrevino, Cairo renunció a su puesto apenas 48 días después de haberlo asumido.

Apenas dos semanas más tarde, el entonces director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Rodrigo Arim, fue [señalado por no haber declarado ante Catastro una construcción] en un padrón de su propiedad, localizado en el balneario Solís, situación que implicó que no tributara el Impuesto de Primaria correspondiente mientras la edificación no figuraba registrada oficialmente.

Ese mismo año también se conocieron deudas correspondientes a inmuebles pertenecientes a sedes partidarias del Partido Nacional y el Partido Colorado, registradas en la información pública disponible de la DGI, como es el caso de la Casa de los Lamas, que a la fecha acumula una deuda de $175.000.

Otros antecedentes

Asimismo, durante la campaña de las elecciones departamentales de 2025, dirigentes del Frente Amplio denunciaron que el entonces candidato nacionalista a la Intendencia de Cerro Largo, Christian Morel, no abonaba el impuesto en dos inmuebles debido a que las construcciones no figuraban incorporadas en los registros catastrales.

Finalmente, en los últimos días se dio un cruce de versiones entre los periodistas Ignacio Álvarez y Eduardo Preve, quienes intercambiaron en redes sociales sobre la situación legal de la casa de veraneo del expresidente Luis Lacalle Pou, ubicada en la costa rochense de La Paloma.

De acuerdo a una información inicial divulgada por Preve, el inmueble señalado acumulaba una deuda del Impuesto a Primaria desde el año 2023, momentos en que Lacalle Pou se encontraba al frente del gobierno. No obstante, de acuerdo a lo consignado por Álvarez, la casa estuvo declarada desde el inicio de su construcción ante Catastro. Además, la titular del inmueble era la exesposa de Lacalle Pou, Lorena Ponce de León, quien asumió la responsabilidad de abonar los tributos correspondientes a dicho inmueble luego de la separación de la pareja en mayo de 2022, por lo que la totalidad de la deuda generada corresponde a Ponce de León.

Por otro lado, en julio de 2021, un informe periodístico del programa Santo y Seña apuntaba a las irregularidades de la vivienda del senador del Partido Comunista Oscar Andrade, quien construyó su vivienda en San Luis, Canelones, sin los permisos correspondientes, por lo que ante el Estado el terreno seguía registrado como baldío y exento del Impuesto a Primaria.

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