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Ambiente Debates ambientales
Basñados de Carrasco (archivo, abril de 2026). · Foto: Alessandro Maradei

Basñados de Carrasco (archivo, abril de 2026).

Foto: Alessandro Maradei

Bañados de Carrasco: arquitectos no ven “oportuno” declarar de interés una propuesta no enmarcada en un “proceso participativo”

La Sociedad de Arquitectos propone analizar una “moratoria a la expansión de suelo urbano”; subraya que “no se trata de comprobar si una nueva expansión de suelo urbano es posible, es ineludible demostrar que es necesaria”.

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La Junta Departamental de Montevideo está abordando el proyecto inmobiliario que impulsa la compañía Bislun en predios linderos a los bañados de Carrasco. Próximamente deberá definir si declara la iniciativa de “interés departamental”. En este contexto, la Sociedad de Arquitectos del Uruguay (SAU) remitió al organismo un informe en el que se “aportan conceptos generales y se citan disposiciones vigentes” para el territorio. Además, sus representantes piden ser recibidos en la Comisión de Planeamiento Urbano, Vivienda, Obras y Servicios.

Una de las primeras puntualizaciones que hace la SAU versa sobre que “la población de nuestro país no aumenta y no existe escenario prospectivo que permita suponer que se vaya a revertir la tendencia demográfica en el corto o en el mediano plazo”. “Antes de considerar la expansión del suelo urbano, se debe priorizar la densificación del suelo urbanizado existente, mediante su utilización más intensiva”, señala. Afirma que, de esta forma, es posible “evitar los impactos negativos que desencadena el crecimiento de los centros poblados sin aumento de población, sumado a la ocupación de suelo productivo”.

En esta línea, subraya que “no se trata de comprobar si una nueva expansión de suelo urbano es posible, es ineludible demostrar que es necesaria”. La SAU considera que “sería oportuno que el Parlamento analice la pertinencia de disponer una moratoria general a la expansión de suelo urbano”. Recordemos que la iniciativa de Bislun, para poder instalarse en predios linderos a los bañados de Carrasco, debe transformar el suelo que actualmente es rural de interfaz a suburbano. Las consecuencias de esta acción fue una de las advertencias que hicieron la academia y los vecinos y vecinas organizados.

Tierra que vale más, pero que no aporta “beneficio directo para la sociedad”

La SAU define como “indispensable” distinguir entre “promoción y construcción en suelo urbano” y “fraccionamiento de suelo rural para nueva urbanización”. Manifiesta que “se trata de emprendimientos productivos y financiero-empresariales sustancialmente diferentes”. “La única y significativa diferencia entre ambas es que la promoción y construcción solamente permiten la obtención de los beneficios empresariales habituales, mientras que el desarrollo y fraccionamiento urbano agrega la renta suplementaria por el aumento del valor del suelo (plusvalía)”, describe. Identifica que esta plusvalía “lleva a multiplicar el valor de suelo por el simple pasaje de rural a urbano (o suburbano)”.

“Si bien la industria de la construcción contribuye efectivamente a la economía nacional y la generación de empleo y actividad, el lucro obtenido por el aumento en el valor del suelo por el cambio de categoría (plusvalía) es una renta parásita, ya que no implica acción ninguna ni beneficio a la economía general, ni fuentes de empleo”, esgrime. Los arquitectos argumentan que “cualquier propuesta alternativa para el suelo rural de interfaz, diferente a lo dispuesto por el ordenamiento territorial vigente, no debe apartarse sustancialmente de las densidades de ocupación establecidas”. “No parece pertinente multiplicar 40 veces la densidad prevista”, remarcan. Asimismo, insisten en que “no puede argumentarse que el cambio en la categoría de suelo, que solamente multiplica su valor de mercado, pueda aportar beneficio directo para la sociedad”.

De esta forma, la SAU recomienda “priorizar la densificación del suelo ya urbanizado, mediante su utilización más intensiva, sin alentar nueva expansión urbana cuya necesidad no se haya demostrado fehacientemente”. Finalmente, resalta que “el encuadre actual de los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes proporciona una eficaz salvaguarda del interés departamental y, en lo local, en la adjudicación de un rol sostenible para los territorios del entorno del bañado de Carrasco”. “No resulta oportuno declarar a priori de interés departamental una propuesta no enmarcada en un proceso participativo de planificación previo”, declara.