En octubre del año pasado terminó el proceso para recolectar firmas con el fin de derogar, mediante un referéndum, la Ley 19.553 (que llamaremos “ley de riego”). La cantidad requerida eran unas 650.000 firmas, correspondientes a 25% del padrón electoral. Al no alcanzarse ese número, se vio frustrada la posibilidad de que toda la población decidiera derogar o no la ley mediante democracia directa. Varios meses después de esta iniciativa, quienes impulsaron la recolección de firmas presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, ya que consideran que los decretos que reglamentan esta ley violan la reforma constitucional de 2004.

Entonces, puede surgir la pregunta: ¿por qué seguir adelante con un proceso en contra de esta ley, si la población no apoyó la recolección de firmas? A continuación se presentan algunos argumentos para entender por qué esta lucha está totalmente justificada.

La ley de riego es la obra final del ex ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca Tabaré Aguerre. Las principales modificaciones a la normativa vigente implican la posibilidad de hacer embalses multiprediales y la creación de figuras legales que viabilizan y garantizan ganancias por la inversión y el manejo del agua embalsada, además de brindar beneficios impositivos a los inversores. La justificación oficial de esta ley, obtenida a partir de un programa de asistencia técnica del Banco Mundial, es que Uruguay tendría un potencial enorme para aumentar sus exportaciones si adoptara el riego en plantaciones como el arroz o en los cultivos de secano como la soja, el trigo y el maíz.

Desde el principio de la discusión hubo opiniones contrarias a la ley de riego provenientes de organizaciones sociales y de la academia, con reparos sobre los efectos sociales y ambientales que tendría la norma de llevarse adelante. La respuesta de nuestra clase dirigente ante estos reclamos consistió principalmente en ignorarlos, restarles importancia o descalificar a los interlocutores sin presentar ningún argumento más allá de sus opiniones personales y sin ningún respaldo técnico.

Por el agua y por la vida

El cuidado del agua es un tema recurrente desde hace años en el país, en particular desde que son cada vez más frecuentes los eventos de mal sabor del agua potable en varias localidades, generados por floraciones de microorganismos originadas principalmente por las malas prácticas agropecuarias, en gran medida fomentadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP). Esto se ha vuelto un problema tan relevante, que desde enero de 2018 los usuarios de OSE pagamos una “tasa ambiental” como nuevo gasto fijo, que no es otra cosa que la transferencia del costo extra de potabilización del agua a toda la población en lugar de cobrárselo a quienes generan la contaminación. Según estudios técnicos realizados en nuestro país,1 las acciones e infraestructuras promovidas por la ley de riego favorecerían las condiciones para que los eventos de floraciones sean más severos y más frecuentes, pudiendo incluso “contagiar” otros cuerpos de agua en caso de inundaciones, poniendo en riesgo la calidad del agua y la salud de la población en general.

Además, el proyecto de reglamentación de la ley, así como el de reglamentación del caudal ambiental, generan más ambigüedades que garantías y poseen incluso más errores técnicos que la ley en sí. Para la reglamentación se propuso un proceso participativo para que opinara la sociedad, aunque en forma no vinculante y con un plazo de nueve días. En los hechos, la etapa final de este proceso, que implicaba una devolución sobre los aportes de la sociedad, no se hizo nunca y lleva en la actualidad más de siete meses de atraso, lo que deja claro que el proceso fue una parodia, como diagnosticaron en su momento las organizaciones pro derogación. La realidad es que no existe una reglamentación que pueda solucionar las críticas a la ley de riego. No se puede decretar que las algas no se reproduzcan en los tajamares, ni que los inversores privados actúen solidariamente con el entorno o con sus compradores de agua, ni que los peces naden en las represas. Ni tampoco son los beneficiados por el riego quienes cubrirán costos adicionales al tratamiento del agua potable de todos.

Si bien no se logró la cantidad de firmas necesarias para someter a referéndum la ley de riego, unas 300.000 personas acompañaron la propuesta. En cambio, la casi total ausencia de legisladores ideológicamente contrarios a la propuesta (visto que finalmente la votaron casi todos) implica que al momento de discutirla no existió el punto de vista de una fracción importante de la sociedad. Si a esto le sumamos la mala calidad del producto (ley aprobada y reglamentaciones llenas de ambigüedades y vacíos), y el notable desconocimiento técnico sobre el tema, se hace patente lo débil de nuestra democracia al momento de discutir cualquier postura por fuera del plano económico.

Es inconstitucional

La ley de riego contradice el artículo 47 de la Constitución por los siguientes motivos: - La sociedad debería participar en todas las decisiones referentes al uso y el manejo del agua. En el proceso de aprobación de esta ley no se tuvo en cuenta la opinión de quienes están ideológicamente en contra de esta norma, y el proceso participativo de la reglamentación, además de no ser vinculante, nunca llegó a terminar. En la reglamentación tampoco se establecen mecanismos vinculantes de participación para controlar la actividad de las sociedades y de los operadoras de riego.

  • El uso del agua para consumo humano es prioritario respecto de cualquier otro posible uso del agua. Con la ley de riego no se considera el empeoramiento en la calidad ni se dan garantías sobre la disponibilidad de aguas superficiales abajo de las obras hidráulicas, generándose riesgos en el abastecimiento de agua para consumo humano.

  • Todo el proceso de creación y discusión de la ley de riego se basó exclusivamente en argumentos de índole económica, mientras que los de orden social y ambiental fueron ignorados o desechados sin argumentos con respaldo empírico. Esto contradice la consideración “de interés general” y “solidario para las generaciones futuras” de un recurso natural fundamental como el agua, al tiempo que genera los mecanismos para transformarla en un nuevo commodity y, por tanto, para su mercantilización.

  • La única consideración tenida en cuenta en la ley de riego para intentar garantizar la salud ecosistémica de los cursos y cuerpos de agua afectados por obras hidráulicas es el “caudal ambiental”, pero en Uruguay no existe conocimiento sobre cuáles serían estos caudales. La reglamentación provisoria propuesta para este indicador establece rangos sin sustento científico real, y propone que sean considerados por cuenca mientras que deberían ser considerados, en todo caso, curso por curso. Incluso establece que pueden llegar a cambiarse de ser solicitado en el proyecto. De esta forma, se pretende impulsar embalses a gran escala, sin conocimiento real del posible impacto sobre las aguas superficiales del país.

Debería existir la posibilidad para dar un debate con tiempo sobre este tema. Podemos sobrevivir sin aumentar la rentabilidad del agronegocio, o con unos puntos menos de Producto Interno Bruto, pero no sin agua.