Este miércoles, la Comisión de Aplicación de Normas, en el marco de la 114ª Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratará una denuncia realizada en 2009 por empresarios uruguayos que consideran que la Ley de Negociación Colectiva habilita una intervención excesiva del Poder Ejecutivo en la negociación durante los Consejos de Salarios.
Durante el primer día de la Conferencia de la OIT, que fue el lunes 1 de junio, se dio a conocer la “lista corta” del organismo internacional, en la que Uruguay fue incluido junto a otros 22 países que incumplieron acuerdos internacionales. Según los empresarios, la Ley de Negociación Colectiva no está adecuada al Convenio 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva.
El subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, Hugo Barretto, explicó a la diaria desde Suiza, donde se realiza la Conferencia de la OIT, que los empleadores “han pujado y han incidido muy fuertemente para que el caso sobre la queja que habían presentado en 2009 esté nuevamente siendo analizado, examinado en esta comisión tripartita”. El jerarca señaló que los “dos principales impulsores” son la Cámara de Comercio y Servicios y la Cámara de Industrias del Uruguay, a las que se suma la Organización Internacional de Empleadores.
Para Barretto, los empresarios que impulsaron la inclusión “terminan cuestionando un modelo muy exitoso, uno de los más exitosos del mundo, en materia de negociación colectiva, porque la negociación de fijación de salarios mínimos tiene un alcance amplísimo en el Uruguay”.
Señaló que los empresarios no cuestionan que se fijen los salarios mínimos en ese ámbito, pero sí le “imputan” al Estado uruguayo que “el sistema les obliga a negociar y les obliga a acordar condiciones de trabajo”, sin embargo apuntó que “si no hay acuerdo entre trabajadores y empleadores, los Consejos de Salarios no pueden resolver sobre condiciones de trabajo”.
“En 83% de los acuerdos en Consejos de Salarios se pactan no solamente salarios mínimos, sino también condiciones de trabajo. Entonces, en la práctica de los Consejos de Salarios en el Uruguay, esa imputación que se hace a nivel internacional no tiene sustento”, afirmó.
Por otro lado, el subsecretario dijo que en el ámbito donde se analizará el caso uruguayo “se analizan casos verdaderamente graves”. “En algunos países tienen que ver con convenios sobre las peores formas de trabajo infantil, convenios sobre edad mínima para trabajar, convenios sobre abolición del trabajo forzoso. Hay un país que va a tener que dar explicaciones por el uso generalizado -así lo dicen las conclusiones de la comisión de expertos de la OIT- de trabajo forzoso en la cosecha anual de algodón”, apuntó.
“Son casos extremadamente graves, y Uruguay tiene que comparecer en esa comisión por esta denuncia de los empleadores que dicen que el Estado incide en demasía en la negociación colectiva tripartita porque, según ellos, se impone la actualización de las remuneraciones superiores a los mínimos, y se impone la negociación de condiciones de trabajo, cosa que no es así”, aseveró. En ese sentido, considerando la “distancia” entre los casos que mencionó de otros países, “el caso uruguayo por el cual nos llevan al gobierno es absurdo, inaudito”.
Barretto se refirió al impacto internacional que puede tener esta inclusión de Uruguay en la “lista corta”, y dijo que “quien no lee con detenimiento las cosas puede pensar que en el Uruguay se violenta la libertad de empresas o la libertad de negociación”. En ese sentido, destacó el “efecto dañoso” que esto “puede tener para el país”.
“No solamente se trata de un tema mínimo, una miniatura que parece increíble que se tenga que comparecer por esas razones, sino [que] en una mirada más global, esto puede ocasionar un daño a la competitividad del país y de las empresas en general”, cuestionó.
Consultado sobre si este caso puede implicar un impacto en la radicación de inversiones en Uruguay, Barretto consideró que si bien no es algo que pueda afirmar, sí advirtió que, “con todos los esfuerzos que Uruguay y el gobierno hacen para radicar inversiones”, y teniendo en cuenta “las inmensas dificultades” acarreadas por la situación internacional, “el hecho de que Uruguay esté figurando en una lista de los peores casos de violación a los derechos humanos laborales, no le hace ningún favor”.
Barretto explicó que el ámbito donde se analizará el caso es como una audiencia pública en la que el gobierno da explicaciones y los empresarios tienen la oportunidad de “señalar cuáles son sus objeciones, sus observaciones, sus críticas”, así como el grupo de trabajadores. En este caso, el Estado uruguayo va a “defender la legitimidad que tiene el sistema de negociación colectiva en Uruguay”, dijo Barretto y resaltó que “más del 80% de los Consejos de Salarios registran consenso de las partes”.
“Lo que a nosotros nos corresponde es argumentar a favor del apego de la negociación colectiva uruguaya y los beneficios y las ventajas que tiene el sistema, para contraponerlo a lo que es una desmesura de los empleadores de llevar un caso de este tipo a un organismo que está destinado a tratar casos verdaderamente graves”, remarcó.
